Item ID695 - [Acta capitular del 01 de diciembre de 1811]

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Reference code

AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID695

Title

[Acta capitular del 01 de diciembre de 1811]

Date(s)

  • 1811-12-01 (Creation)

Level of description

Item

Extent and medium

Papel
F. 138 a. a 139 r.
Reprografía en digital

Context area

Name of creator

(1756-1821)

Administrative history

El 4 de marzo de 1755, los vecinos de la parroquia de Luján elevaron al gobernador José de Andonaegui una solicitud para que se concediera el título de Villa al pago. El escrito fue presentado en Buenos Aires por Juan de Lezica y Torrezuri, apoderado de la misma. El 17 de octubre de 1755, el gobernador Andonaegui expidió un auto por el cual aprobaba el pedido de sus vecinos, otorgando el título de “Villa de Nuestra Señora de Luxan” y estableciendo la institución de un cabildo para su gobierno y administración.
El 26 de noviembre de 1755, prestaban juramento y quedaban constituidas las primeras autoridades del Cabildo elegidas por el gobernador Andonaegui: alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor.
La sesión inaugural del Cabildo tuvo lugar el 7 de enero de 1756. En esa misma sesión se resolvió escribir al rey Fernando VI, para pedir la confirmación del título de villa y de la construcción de su futura Casa Cabildo y Cárcel, que se concedió, finalmente, el 30 de mayo de 1759.
En 1756, el Cabildo se compuso de seis miembros: un alcalde ordinario (Tomás de Torres), un alguacil mayor (Salvador Castellanos), un defensor de menores (Francisco Javier de Leiva), un defensor de pobres (Juan Fredes), un mayordomo (José Cheves) y un alférez real y procurador general perpetuo de la villa (Juan Lezica y Torrezuri, aunque su nombramiento fue desaprobado posteriormente por el rey). Los miembros eran electivos anualmente.
El Cabildo operaba dentro del sistema virreinal. Sus nombramientos estaban sujetos a la aprobación del gobernador y capitán general (hasta 1776) y posteriormente del virrey y capitán general. A pesar de su rol institucional, el Cabildo operaba en condiciones precarias en sus inicios, como la falta de una sala capitular y de una cárcel adecuadas, lo que obligaba a celebrar las reuniones en casas de vecinos, quienes también debían pagar de su propio peculio el alquiler de las casas destinadas a la cárcel o para que residiera el alguacil mayor. Esta precariedad llevaba a que la representación se diluyera en el ámbito doméstico, siendo percibido como una reunión de un “grupo de notables”.
Su jurisdicción, enmarcada en la “frontera bonaerense” abarcaba los pagos de Pilar, Cañada de la Cruz y Areco. La extensión exacta de su jurisdicción territorial era difusa y disputada con el Cabildo de Buenos Aires.
La presencia indígena y esa condición de “frontera bonaerense” influyeron en su desarrollo y funciones, demandando la ocupación efectiva del territorio y la participación de los vecinos en milicias para la defensa. Muchos de sus miembros incluidos alcaldes y alguaciles mayores eran vecinos rurales y milicianos.
El Cabildo disponía de dos clases de bienes: los propios y los arbitrios. Los primeros estaban formados por las tierras donadas, bienes cuyos poseedores no justificaban su tenencia, los inmuebles que adquiría y las multas que se aplicaban mientras que los segundos eran impuestos sobre pesos y medidas.
La cárcel albergó tanto a reos comunes como a figuras de alto rango. En sus calabozos se encerraban acusados de delitos menores en condiciones duras y precarias, mientras que prisioneros políticos o militares, entre ellos, los generales ingleses William Beresford y Denis Pack y José María Paz, recibían alojamiento más digno.
Desde 1783 hasta 1787, el Cabildo y sus regidores fueron suspendidos debido al litigio que sostuvo con el Cabildo de Buenos Aires sobre los términos de su jurisdicción.
En 1810, fue el primer cabildo del interior en reconocer la Primera Junta de Gobierno formada en Buenos Aires el 25 de mayo de 1810.
El Cabildo sesionó hasta el 28 de diciembre de 1821, cuando la Junta de Representantes sancionó la ley de supresión de Cabildos.

Archival history

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Donación: Udaondo, Enrique

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Scope and content

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 1.º de diciembre de 1811, con la asistencia de Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Andrés Castillo, regidor defensor general de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor general de pobres.

La sesión tuvo por objeto proceder a la elección de los capitulares que debían desempeñar los empleos concejiles durante el año siguiente. En la votación para alcalde ordinario, Salvador Aguirre votó por Manuel Ramón de Basabe, mientras que Andrés Castillo, Juan Luis Ramírez, Bonifacio Colman y Esteban de Torres lo hicieron por Estanislao José Aguirre, quien resultó electo por mayoría.

Para el cargo de regidor decano, todos los capitulares emitieron su voto en favor de Manuel Ramón de Basabe, quedando elegido por unanimidad.

En la elección de alguacil mayor, los regidores defensores de pobres y de menores votaron por Juan Luis Ramírez, en atención a su antigüedad; el propio Juan Luis Ramírez votó por Francisco Pablo Rodríguez; y tanto Bonifacio Colman como Esteban de Torres lo hicieron también por Juan Luis Ramírez, quien resultó electo por mayoría.

Seguidamente, los señores capitulares acordaron por unanimidad elegir a Francisco Antonio Sosa como regidor defensor general de menores y a Mariano Galeano como regidor defensor general de pobres, quedando así integrada la nómina de oficiales concejiles para el año entrante.

En la misma sesión procedieron a la elección de los alcaldes de la Santa Hermandad de los partidos de la jurisdicción, designando a Agustín Balmaceda para el partido de San Antonio de Areco; a Benedicto Melo para el de la Cañada de la Cruz; a Isidro Figueredo para el Pilar; y a Pascual Rodríguez para el partido de Navarro.

Finalmente, acordaron que se sacase testimonio íntegro de la elección y se elevase, con el correspondiente oficio, a la Superior Junta Ejecutiva de las Provincias Unidas del Río de la Plata, a fin de obtener la confirmación de los nombramientos.

Con lo que se dio por concluido el acuerdo.

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AR-B-CMPEU-ISADG-F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID0695

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AR-B-CMPEU

Rules and/or conventions used

-Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
-Reglas de Catalogación Angloamericanas (2004). (2a. ed. revisión 2002, actualización 2003). Santa Fe de Bogotá: Rojas Eberhard.
-Norma internacional de uso de lenguas de la Organización Internacional de Normalización ISO-639.2
-Norma que especifica la notación estándar utilizada para representar instantes, intervalos e intervalos recurrentes de tiempo de la Organización Internacional de Normalización ISO-8601

Status

Revised

Level of detail

Partial

Dates of creation revision deletion

Descripción creada: 2026/07/16 por Carril, María Jimena

Language(s)

  • Spanish

Script(s)

  • Latin

Sources

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