Unidad documental simple ID543 - [Acta capitular del 2 de septiembre de 1806]

Área de identidad

Código de referencia

AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID543

Título

[Acta capitular del 2 de septiembre de 1806]

Fecha(s)

  • 1806-09-02 (Creación)

Nivel de descripción

Unidad documental simple

Volumen y soporte

Papel
F. 3 r. a 4 r.
Reprografía en digital

Área de contexto

Nombre del productor

(1756-1821)

Historia administrativa

El 4 de marzo de 1755, los vecinos de la parroquia de Luján elevaron al gobernador José de Andonaegui una solicitud para que se concediera el título de Villa al pago. El escrito fue presentado en Buenos Aires por Juan de Lezica y Torrezuri, apoderado de la misma. El 17 de octubre de 1755, el gobernador Andonaegui expidió un auto por el cual aprobaba el pedido de sus vecinos, otorgando el título de “Villa de Nuestra Señora de Luxan” y estableciendo la institución de un cabildo para su gobierno y administración.
El 26 de noviembre de 1755, prestaban juramento y quedaban constituidas las primeras autoridades del Cabildo elegidas por el gobernador Andonaegui: alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor.
La sesión inaugural del Cabildo tuvo lugar el 7 de enero de 1756. En esa misma sesión se resolvió escribir al rey Fernando VI, para pedir la confirmación del título de villa y de la construcción de su futura Casa Cabildo y Cárcel, que se concedió, finalmente, el 30 de mayo de 1759.
En 1756, el Cabildo se compuso de seis miembros: un alcalde ordinario (Tomás de Torres), un alguacil mayor (Salvador Castellanos), un defensor de menores (Francisco Javier de Leiva), un defensor de pobres (Juan Fredes), un mayordomo (José Cheves) y un alférez real y procurador general perpetuo de la villa (Juan Lezica y Torrezuri, aunque su nombramiento fue desaprobado posteriormente por el rey). Los miembros eran electivos anualmente.
El Cabildo operaba dentro del sistema virreinal. Sus nombramientos estaban sujetos a la aprobación del gobernador y capitán general (hasta 1776) y posteriormente del virrey y capitán general. A pesar de su rol institucional, el Cabildo operaba en condiciones precarias en sus inicios, como la falta de una sala capitular y de una cárcel adecuadas, lo que obligaba a celebrar las reuniones en casas de vecinos, quienes también debían pagar de su propio peculio el alquiler de las casas destinadas a la cárcel o para que residiera el alguacil mayor. Esta precariedad llevaba a que la representación se diluyera en el ámbito doméstico, siendo percibido como una reunión de un “grupo de notables”.
Su jurisdicción, enmarcada en la “frontera bonaerense” abarcaba los pagos de Pilar, Cañada de la Cruz y Areco. La extensión exacta de su jurisdicción territorial era difusa y disputada con el Cabildo de Buenos Aires.
La presencia indígena y esa condición de “frontera bonaerense” influyeron en su desarrollo y funciones, demandando la ocupación efectiva del territorio y la participación de los vecinos en milicias para la defensa. Muchos de sus miembros incluidos alcaldes y alguaciles mayores eran vecinos rurales y milicianos.
El Cabildo disponía de dos clases de bienes: los propios y los arbitrios. Los primeros estaban formados por las tierras donadas, bienes cuyos poseedores no justificaban su tenencia, los inmuebles que adquiría y las multas que se aplicaban mientras que los segundos eran impuestos sobre pesos y medidas.
La cárcel albergó tanto a reos comunes como a figuras de alto rango. En sus calabozos se encerraban acusados de delitos menores en condiciones duras y precarias, mientras que prisioneros políticos o militares, entre ellos, los generales ingleses William Beresford y Denis Pack y José María Paz, recibían alojamiento más digno.
Desde 1783 hasta 1787, el Cabildo y sus regidores fueron suspendidos debido al litigio que sostuvo con el Cabildo de Buenos Aires sobre los términos de su jurisdicción.
En 1810, fue el primer cabildo del interior en reconocer la Primera Junta de Gobierno formada en Buenos Aires el 25 de mayo de 1810.
El Cabildo sesionó hasta el 28 de diciembre de 1821, cuando la Junta de Representantes sancionó la ley de supresión de Cabildos.

Historia archivística

Origen del ingreso o transferencia

Donación: Udaondo, Enrique

Área de contenido y estructura

Alcance y contenido

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 2 de septiembre de 1806.

En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario y presidente; Esteban Borja Espinosa, regidor decano; Valentín Olivares, alguacil mayor; Isidro Irrazábal, regidor defensor general de menores; y Francisco González, defensor general de pobres.

Durante la sesión se dio lectura a un oficio del virrey, fechado en San Nicolás de los Arroyos el 24 de agosto de 1806, en el que se acusa recibo de comunicaciones anteriores, se reconoce la lealtad de la villa en el contexto de la reconquista de Buenos Aires y se imparten disposiciones relativas a la formación de causas e investigaciones sobre diversos individuos sospechados, entre ellos Francisco González, Isidro Naranjo y Antonio Mariño.

En cumplimiento de lo ordenado, y atento a la implicancia del alcalde en una de las materias a investigar, se comisionó al regidor decano para la formación de una información secreta, la cual, una vez concluida, debía ser remitida al superior gobierno.

Asimismo, el alcalde presidente solicitó licencia por el término de un mes para trasladarse a la capital a fin de atender diligencias personales, lo que fue concedido, disponiéndose que depositara la vara de justicia en el regidor decano durante su ausencia.

Con posterioridad al cierre del acuerdo, se trató una denuncia del presbítero Santiago Torres, quien habría proferido expresiones contra autoridades locales vinculándolas con el general inglés. El Cabildo resolvió oficiar a la autoridad eclesiástica para que lo corrija y disponga su alejamiento de la villa.

Valorización, destrucción y programación

Guarda permanente

Acumulaciones

Fondo cerrado sin documentación pendiente de ingreso

Sistema de arreglo

Área de condiciones de acceso y uso

Condiciones de acceso

Para solicitar documentación al Archivo se requiere completar el siguiente formulario: https://forms.gle/u5mTG2mKeg1fPtMLA

Condiciones

Idioma del material

  • español

Escritura del material

  • latín

Notas sobre las lenguas y escrituras

Alfabeto latino

Características físicas y requisitos técnicos

Estado de conservación prevaleciente de la documentación: malo, con faltantes , ajado e intervenciones previas.

Instrumentos de descripción

Descripción en planilla CSV el 26-09-2025
Transcripciones

Área de materiales relacionados

Existencia y localización de originales

Existencia y localización de copias

Unidades de descripción relacionadas

Descripciones relacionadas

Área de notas

Identificador/es alternativo(os)

Puntos de acceso

Puntos de acceso por materia

Puntos de acceso por lugar

Puntos de acceso por autoridad

Tipo de puntos de acceso

Área de control de la descripción

Identificador de la descripción

AR-B-CMPEU-ISADG-F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID0543

Identificador de la institución

AR-B-CMPEU

Reglas y/o convenciones usadas

-Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
-Reglas de Catalogación Angloamericanas (2004). (2a. ed. revisión 2002, actualización 2003). Santa Fe de Bogotá: Rojas Eberhard.
-Norma internacional de uso de lenguas de la Organización Internacional de Normalización ISO-639.2
-Norma que especifica la notación estándar utilizada para representar instantes, intervalos e intervalos recurrentes de tiempo de la Organización Internacional de Normalización ISO-8601

Estado de elaboración

Revisado

Nivel de detalle

Parcial

Fechas de creación revisión eliminación

Descripción creada: 2026/04/22 por Lucheti, Mariana

Idioma(s)

  • español

Escritura(s)

  • latín

Fuentes

Nota del archivista

Faltan las fojas 1 y 2.
Firma: Fran[cis]co Borja Espinosa
Firma: Balentin Olivares

Área de Ingreso