Item ID69 - [Acta capitular del 26 de marzo de 1774]

Area Identitas

Kode referensi

AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID69

Judul

[Acta capitular del 26 de marzo de 1774]

Tanggal

  • 1774-03-26 (Penciptaan)

Level Deskripsi

Item

Ukuran dan Media

Papel
F. 70 a. a 72 r.
Reprografía en digital

Area Konteks

Nama Pencipta

(1756-1821)

Sejarah Administratif

El 4 de marzo de 1755, los vecinos de la parroquia de Luján elevaron al gobernador José de Andonaegui una solicitud para que se concediera el título de Villa al pago. El escrito fue presentado en Buenos Aires por Juan de Lezica y Torrezuri, apoderado de la misma. El 17 de octubre de 1755, el gobernador Andonaegui expidió un auto por el cual aprobaba el pedido de sus vecinos, otorgando el título de “Villa de Nuestra Señora de Luxan” y estableciendo la institución de un cabildo para su gobierno y administración.
El 26 de noviembre de 1755, prestaban juramento y quedaban constituidas las primeras autoridades del Cabildo elegidas por el gobernador Andonaegui: alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor.
La sesión inaugural del Cabildo tuvo lugar el 7 de enero de 1756. En esa misma sesión se resolvió escribir al rey Fernando VI, para pedir la confirmación del título de villa y de la construcción de su futura Casa Cabildo y Cárcel, que se concedió, finalmente, el 30 de mayo de 1759.
En 1756, el Cabildo se compuso de seis miembros: un alcalde ordinario (Tomás de Torres), un alguacil mayor (Salvador Castellanos), un defensor de menores (Francisco Javier de Leiva), un defensor de pobres (Juan Fredes), un mayordomo (José Cheves) y un alférez real y procurador general perpetuo de la villa (Juan Lezica y Torrezuri, aunque su nombramiento fue desaprobado posteriormente por el rey). Los miembros eran electivos anualmente.
El Cabildo operaba dentro del sistema virreinal. Sus nombramientos estaban sujetos a la aprobación del gobernador y capitán general (hasta 1776) y posteriormente del virrey y capitán general. A pesar de su rol institucional, el Cabildo operaba en condiciones precarias en sus inicios, como la falta de una sala capitular y de una cárcel adecuadas, lo que obligaba a celebrar las reuniones en casas de vecinos, quienes también debían pagar de su propio peculio el alquiler de las casas destinadas a la cárcel o para que residiera el alguacil mayor. Esta precariedad llevaba a que la representación se diluyera en el ámbito doméstico, siendo percibido como una reunión de un “grupo de notables”.
Su jurisdicción, enmarcada en la “frontera bonaerense” abarcaba los pagos de Pilar, Cañada de la Cruz y Areco. La extensión exacta de su jurisdicción territorial era difusa y disputada con el Cabildo de Buenos Aires.
La presencia indígena y esa condición de “frontera bonaerense” influyeron en su desarrollo y funciones, demandando la ocupación efectiva del territorio y la participación de los vecinos en milicias para la defensa. Muchos de sus miembros incluidos alcaldes y alguaciles mayores eran vecinos rurales y milicianos.
El Cabildo disponía de dos clases de bienes: los propios y los arbitrios. Los primeros estaban formados por las tierras donadas, bienes cuyos poseedores no justificaban su tenencia, los inmuebles que adquiría y las multas que se aplicaban mientras que los segundos eran impuestos sobre pesos y medidas.
La cárcel albergó tanto a reos comunes como a figuras de alto rango. En sus calabozos se encerraban acusados de delitos menores en condiciones duras y precarias, mientras que prisioneros políticos o militares, entre ellos, los generales ingleses William Beresford y Denis Pack y José María Paz, recibían alojamiento más digno.
Desde 1783 hasta 1787, el Cabildo y sus regidores fueron suspendidos debido al litigio que sostuvo con el Cabildo de Buenos Aires sobre los términos de su jurisdicción.
En 1810, fue el primer cabildo del interior en reconocer la Primera Junta de Gobierno formada en Buenos Aires el 25 de mayo de 1810.
El Cabildo sesionó hasta el 28 de diciembre de 1821, cuando la Junta de Representantes sancionó la ley de supresión de Cabildos.

Nilai Sejarah Arsip

Sumber akuisisi atau transfer langsung

Donación: Udaondo, Enrique

Area Isi dan Struktur

Cakupan dan isi

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de marzo de 1774, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa y de los regidores José Braulio de Torres y Francisco Aparicio, y con la ausencia del regidor decano José de Cheves.

El regidor defensor general de menores abrió y leyó una carta de Juan de Lezica y Torrezuri, en la que se informaba sobre la conveniencia de reedificar el puente en un sitio más ventajoso y sobre la necesidad de acopiar materiales. El alcalde ordinario expuso el estado ruinoso del puente existente y el riesgo que representaba para la comunicación y las rentas de la Villa. Tras deliberación, se acordó postergar la construcción hasta contar con recursos suficientes y comunicar esta resolución al procurador general Juan de Lezica.

Se trató un memorial presentado por el alcalde de la Santa Hermandad Ventura López, resolviéndose que debía ejercer su jurisdicción en el partido de Areco, para el cual había sido recibido, ordenándosele abstenerse de ejercer actos jurisdiccionales fuera de dicho territorio y remitir cualquier reclamo al capitán general.

Se analizaron dos memoriales de los dueños de tahonas, acordándose mantener lo dispuesto en el auto publicado el 26 de febrero hasta el 15 de mayo y permitir, desde esa fecha y hasta fines de agosto, la molienda a razón de tres reales.

Se leyó un memorial del maestro de niños Miguel Jerónimo Benítez relativo a la asistencia obligatoria a la escuela pública, acordándose diferir su tratamiento hasta la reapertura del juzgado.

Ante la falta de fiel ejecutor, y correspondiendo por antigüedad al regidor decano José de Cheves, se le nombró para dicho cargo por los meses de abril, mayo y junio.

El alcalde ordinario informó haber abonado tres pesos a dos chasquis enviados a Buenos Aires y al procurador general, acordándose librar el correspondiente pago al tesorero Pedro Pablo de Leyva.

Finalmente, se suspendieron las causas civiles y ejecutivas por cierre de términos y se realizó la visita de cárcel, registrándose catorce presos, de los cuales dos fueron puestos en libertad.

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Karakter fisik dan persyaratan teknis

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Sarana temu balik

Descripción en planilla CSV el 26-09-2025
Transcripciones.
Museo colonial e histórico de la provincia de Buenos Aires. 1930. Acuerdos del extinguido Cabildo de la Villa de Luján: años 1771 a 1790.

Area Materi Arsip Sekutu

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Area Catatan

Kode unik alternatif

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Deskripsi Area Kontrol

Deskripsi Identifier

AR-B-CMPEU-ISADG-F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID0069

Kode unik lembaga

AR-B-CMPEU

Aturan dan/ atau konvensi yang digunakan

-Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
-Reglas de Catalogación Angloamericanas (2004). (2a. ed. revisión 2002, actualización 2003). Santa Fe de Bogotá: Rojas Eberhard.
-Norma internacional de uso de lenguas de la Organización Internacional de Normalización ISO-639.2
-Norma que especifica la notación estándar utilizada para representar instantes, intervalos e intervalos recurrentes de tiempo de la Organización Internacional de Normalización ISO-8601

Status

Revisi

Level tingkat kedetailan

Sebagian

Tanggal penciptaan revisi pemusnahan

Descripción creada: 2026/01/20 por Carril, María Jimena

Bahasa

  • Spanyol

Naskah

  • latín

Sumber

Catatan Arsiparis

Firma: Gavino dela Rossa
Firma: Joseph Braulio de Torres
Firma: Fran[cis]co Aparicio

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