Unitat documental simple ID98 - [Acta capitular del 6 de mayo de 1775]

Àrea d'identificació

Codi de referència

AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID98

Títol

[Acta capitular del 6 de mayo de 1775]

Data(es)

  • 1775-05-06 (Creació)

Nivell de descripció

Unitat documental simple

Volum i suport

Papel
F. 100 a. a 100 r.
Reprografía en digital

Àrea de context

Nom del productor

(1756-1821)

Història administrativa

El 4 de marzo de 1755, los vecinos de la parroquia de Luján elevaron al gobernador José de Andonaegui una solicitud para que se concediera el título de Villa al pago. El escrito fue presentado en Buenos Aires por Juan de Lezica y Torrezuri, apoderado de la misma. El 17 de octubre de 1755, el gobernador Andonaegui expidió un auto por el cual aprobaba el pedido de sus vecinos, otorgando el título de “Villa de Nuestra Señora de Luxan” y estableciendo la institución de un cabildo para su gobierno y administración.
El 26 de noviembre de 1755, prestaban juramento y quedaban constituidas las primeras autoridades del Cabildo elegidas por el gobernador Andonaegui: alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor.
La sesión inaugural del Cabildo tuvo lugar el 7 de enero de 1756. En esa misma sesión se resolvió escribir al rey Fernando VI, para pedir la confirmación del título de villa y de la construcción de su futura Casa Cabildo y Cárcel, que se concedió, finalmente, el 30 de mayo de 1759.
En 1756, el Cabildo se compuso de seis miembros: un alcalde ordinario (Tomás de Torres), un alguacil mayor (Salvador Castellanos), un defensor de menores (Francisco Javier de Leiva), un defensor de pobres (Juan Fredes), un mayordomo (José Cheves) y un alférez real y procurador general perpetuo de la villa (Juan Lezica y Torrezuri, aunque su nombramiento fue desaprobado posteriormente por el rey). Los miembros eran electivos anualmente.
El Cabildo operaba dentro del sistema virreinal. Sus nombramientos estaban sujetos a la aprobación del gobernador y capitán general (hasta 1776) y posteriormente del virrey y capitán general. A pesar de su rol institucional, el Cabildo operaba en condiciones precarias en sus inicios, como la falta de una sala capitular y de una cárcel adecuadas, lo que obligaba a celebrar las reuniones en casas de vecinos, quienes también debían pagar de su propio peculio el alquiler de las casas destinadas a la cárcel o para que residiera el alguacil mayor. Esta precariedad llevaba a que la representación se diluyera en el ámbito doméstico, siendo percibido como una reunión de un “grupo de notables”.
Su jurisdicción, enmarcada en la “frontera bonaerense” abarcaba los pagos de Pilar, Cañada de la Cruz y Areco. La extensión exacta de su jurisdicción territorial era difusa y disputada con el Cabildo de Buenos Aires.
La presencia indígena y esa condición de “frontera bonaerense” influyeron en su desarrollo y funciones, demandando la ocupación efectiva del territorio y la participación de los vecinos en milicias para la defensa. Muchos de sus miembros incluidos alcaldes y alguaciles mayores eran vecinos rurales y milicianos.
El Cabildo disponía de dos clases de bienes: los propios y los arbitrios. Los primeros estaban formados por las tierras donadas, bienes cuyos poseedores no justificaban su tenencia, los inmuebles que adquiría y las multas que se aplicaban mientras que los segundos eran impuestos sobre pesos y medidas.
La cárcel albergó tanto a reos comunes como a figuras de alto rango. En sus calabozos se encerraban acusados de delitos menores en condiciones duras y precarias, mientras que prisioneros políticos o militares, entre ellos, los generales ingleses William Beresford y Denis Pack y José María Paz, recibían alojamiento más digno.
Desde 1783 hasta 1787, el Cabildo y sus regidores fueron suspendidos debido al litigio que sostuvo con el Cabildo de Buenos Aires sobre los términos de su jurisdicción.
En 1810, fue el primer cabildo del interior en reconocer la Primera Junta de Gobierno formada en Buenos Aires el 25 de mayo de 1810.
El Cabildo sesionó hasta el 28 de diciembre de 1821, cuando la Junta de Representantes sancionó la ley de supresión de Cabildos.

Història arxivística

Origen de l'ingrés o de la transferència

Donación: Udaondo, Enrique

Àrea de contingut i estructura

Abast i contingut

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de mayo de 1775. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Irrazábal, regidor; y Miguel Peñalba, regidor. No concurrió el regidor decano, por hallarse ausente, ni el alguacil mayor, por encontrarse arrestado.

En la sesión, los capitulares expusieron que el puente se hallaba sin cadena, lo que permitía el tránsito de carretas sin el pago del derecho correspondiente. En consecuencia, acordaron librar orden de pago al tesorero de la villa, Pedro Pablo de Leyva, por la suma de doce pesos, más tres pesos destinados a la compra de un candado para la cadena del puente.

Asimismo, se trató que Pedro Álvarez había suplido para la compostura de la Real Cárcel mil doscientas tejas y dos atados de cañas, por lo que se resolvió librar al tesorero orden de pago a su favor por la cantidad de veintiún pesos y cinco reales.

Seguidamente, se presentó una cuenta por parte del diputado, respecto de la cual los capitulares señalaron algunos reparos, acordando diferir su resolución para otra sesión, a fin de examinarla con mayor detenimiento.

Valoració, destrucció i programació

Guarda permanente

Ingressos

Fondo cerrado sin documentación pendiente de ingreso

Sistema d'organització

Àrea de condicions d'accés i ús

Condicions d'accés

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Condicions de reproducció

Idioma del material

  • espanyol

Escriptura dels documents

  • llatí

Nota sobre les llengües i escriptures

Alfabeto latino

Característiques físiques i requeriments tècnics

Estado de conservación prevaleciente de la documentación: Buena. Manchas. Migración de tinta. Roturas.

Instruments de descripció

Descripción en planilla CSV el 26-09-2025
Transcripciones.
Museo colonial e histórico de la provincia de Buenos Aires. 1930. Acuerdos del extinguido Cabildo de la Villa de Luján: años 1771 a 1790.

Àrea de documentació relacionada

Existència i localització dels originals

Existència i localització de reproduccions

Unitats de descripció relacionades

Descripcions relacionades

Àrea de notes

Identificador(s) altenatiu

Punts d'accés

Punts d'accés per matèria

Punts d'accés per lloc

Punts d'accés per autoritat

Punts d'accés de gènere

Àrea de control de la descripció

Identificador de la descripció

AR-B-CMPEU-ISADG-F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID0098

Identificador de la institució

AR-B-CMPEU

Regles o convencions

-Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
-Reglas de Catalogación Angloamericanas (2004). (2a. ed. revisión 2002, actualización 2003). Santa Fe de Bogotá: Rojas Eberhard.
-Norma internacional de uso de lenguas de la Organización Internacional de Normalización ISO-639.2
-Norma que especifica la notación estándar utilizada para representar instantes, intervalos e intervalos recurrentes de tiempo de la Organización Internacional de Normalización ISO-8601

Estat d'elaboració

Revisat

Nivell de detall

Parcial

Dates de creació revisió eliminació

Descripción creada: 2026/02/05 por Carril, María Jimena

Idioma(es)

  • espanyol

Escriptura(es)

  • llatí

Fonts

Nota de l'arxiver

Firma: Migel Peñalva
Firma: Juan Ant[oni]o Leguizamón
El documento se relaciona con uno de la Colección Villa de Luján. Se4ID15

Àrea d'ingressos