Item ID808 - [Acta de la Junta Electoral del 25 de diciembre de 1817]

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Reference code

AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1818-ID808

Title

[Acta de la Junta Electoral del 25 de diciembre de 1817]

Date(s)

  • 1817-12-25 (Creation)

Level of description

Item

Extent and medium

Papel
Fs. 3 r. a 6 r.
Reprografía en digital

Context area

Name of creator

(1756-1821)

Administrative history

El 4 de marzo de 1755, los vecinos de la parroquia de Luján elevaron al gobernador José de Andonaegui una solicitud para que se concediera el título de Villa al pago. El escrito fue presentado en Buenos Aires por Juan de Lezica y Torrezuri, apoderado de la misma. El 17 de octubre de 1755, el gobernador Andonaegui expidió un auto por el cual aprobaba el pedido de sus vecinos, otorgando el título de “Villa de Nuestra Señora de Luxan” y estableciendo la institución de un cabildo para su gobierno y administración.
El 26 de noviembre de 1755, prestaban juramento y quedaban constituidas las primeras autoridades del Cabildo elegidas por el gobernador Andonaegui: alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor.
La sesión inaugural del Cabildo tuvo lugar el 7 de enero de 1756. En esa misma sesión se resolvió escribir al rey Fernando VI, para pedir la confirmación del título de villa y de la construcción de su futura Casa Cabildo y Cárcel, que se concedió, finalmente, el 30 de mayo de 1759.
En 1756, el Cabildo se compuso de seis miembros: un alcalde ordinario (Tomás de Torres), un alguacil mayor (Salvador Castellanos), un defensor de menores (Francisco Javier de Leiva), un defensor de pobres (Juan Fredes), un mayordomo (José Cheves) y un alférez real y procurador general perpetuo de la villa (Juan Lezica y Torrezuri, aunque su nombramiento fue desaprobado posteriormente por el rey). Los miembros eran electivos anualmente.
El Cabildo operaba dentro del sistema virreinal. Sus nombramientos estaban sujetos a la aprobación del gobernador y capitán general (hasta 1776) y posteriormente del virrey y capitán general. A pesar de su rol institucional, el Cabildo operaba en condiciones precarias en sus inicios, como la falta de una sala capitular y de una cárcel adecuadas, lo que obligaba a celebrar las reuniones en casas de vecinos, quienes también debían pagar de su propio peculio el alquiler de las casas destinadas a la cárcel o para que residiera el alguacil mayor. Esta precariedad llevaba a que la representación se diluyera en el ámbito doméstico, siendo percibido como una reunión de un “grupo de notables”.
Su jurisdicción, enmarcada en la “frontera bonaerense” abarcaba los pagos de Pilar, Cañada de la Cruz y Areco. La extensión exacta de su jurisdicción territorial era difusa y disputada con el Cabildo de Buenos Aires.
La presencia indígena y esa condición de “frontera bonaerense” influyeron en su desarrollo y funciones, demandando la ocupación efectiva del territorio y la participación de los vecinos en milicias para la defensa. Muchos de sus miembros incluidos alcaldes y alguaciles mayores eran vecinos rurales y milicianos.
El Cabildo disponía de dos clases de bienes: los propios y los arbitrios. Los primeros estaban formados por las tierras donadas, bienes cuyos poseedores no justificaban su tenencia, los inmuebles que adquiría y las multas que se aplicaban mientras que los segundos eran impuestos sobre pesos y medidas.
La cárcel albergó tanto a reos comunes como a figuras de alto rango. En sus calabozos se encerraban acusados de delitos menores en condiciones duras y precarias, mientras que prisioneros políticos o militares, entre ellos, los generales ingleses William Beresford y Denis Pack y José María Paz, recibían alojamiento más digno.
Desde 1783 hasta 1787, el Cabildo y sus regidores fueron suspendidos debido al litigio que sostuvo con el Cabildo de Buenos Aires sobre los términos de su jurisdicción.
En 1810, fue el primer cabildo del interior en reconocer la Primera Junta de Gobierno formada en Buenos Aires el 25 de mayo de 1810.
El Cabildo sesionó hasta el 28 de diciembre de 1821, cuando la Junta de Representantes sancionó la ley de supresión de Cabildos.

Archival history

Immediate source of acquisition or transfer

Cesión: Armando Serafini

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Scope and content

Acta de la Junta Electoral de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 25 de diciembre de 1817.

Reunidos el presidente y los electores de la Villa y de la Frontera de Luján que componían la Junta Electoral, se dio lectura a dos oficios remitidos por el coronel Francisco Pico, representante del Supremo Director del Estado. En el primero comunicó haber concluido la comisión que le había sido confiada para supervisar los actos electorales, manifestando su satisfacción por la forma en que se habían desarrollado las elecciones y exhortando a los miembros de la Junta a conservar la concordia y el orden público. En el segundo informó sobre las disposiciones adoptadas respecto de varios electores que no concurrieron a las sesiones para las que habían sido citados, notificando la situación de Mariano Beliera e Isidro Casco, intimados a presentarse arrestados ante el gobierno superior, así como las circunstancias relativas a José Narciso Sosa, Luis Burgos y Pascual Rivas. Asimismo, solicitó certificación de las actuaciones vinculadas con la entrega de las citaciones a los electores ausentes.

Enterada de ambos oficios, la Junta Electoral acordó agradecer formalmente al coronel Pico por el desempeño de su comisión y resolvió concurrir personalmente a expresarle su reconocimiento. Del mismo modo, manifestó su deseo de que el gobierno superior tuviera consideración con los electores sancionados, procurando mantener la armonía entre los vecinos. Se dejó constancia de la incorporación a la Junta Electoral de José Narciso Sosa, elector de San Antonio de Areco, conforme a las disposiciones comunicadas por el representante gubernamental.

Finalmente, la corporación certificó que Gerardo Palomeque había declarado haber entregado personalmente los oficios de citación a Mariano Beliera y que Raimundo Casas había informado haber hecho lo propio con Isidro Casco, ordenándose remitir copia certificada del acta al coronel Pico para su elevación al Supremo Director. Concluido el tratamiento de los asuntos, firmaron el acuerdo el presidente, los electores presentes y el secretario de la Junta Electoral.

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AR-B-CMPEU-ISADG-F-CVNSL-Se1-L-1818-ID0808

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AR-B-CMPEU

Rules and/or conventions used

-Directriz para la implementación de la Norma ISAD-G, Versión 2021. Buenos Aires: AGN, 2021.
-Reglas de Catalogación Angloamericanas (2004). (2a. ed. revisión 2002, actualización 2003). Santa Fe de Bogotá: Rojas Eberhard.
-Norma internacional de uso de lenguas de la Organización Internacional de Normalización ISO-639.2
-Norma que especifica la notación estándar utilizada para representar instantes, intervalos e intervalos recurrentes de tiempo de la Organización Internacional de Normalización ISO-8601

Status

Revised

Level of detail

Partial

Dates of creation revision deletion

Descripción creada: 2026/06/01 por Luchetti, Mariana

Language(s)

  • Spanish

Script(s)

  • Latin

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