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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID195 · Unidad documental simple · 1782-11-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 12 de noviembre de 1782.

              En dicha fecha se reunieron Antonio Pereyra y Mariño, alcalde interino y regidor decano; Carlos Tadeo Romero, alcalde del año 1781; Manuel Antonio de la Riva, alguacil mayor del mismo año; Alonso González, regidor y defensor de menores; y Antonio Perelló, regidor y defensor de pobres.

              Se acordó asignar al doctor Francisco Bruno de Rivarola, nombrado apoderado y abogado defensor del Cabildo para los asuntos presentes y futuros, un honorario anual de ciento cincuenta pesos, a contarse desde el veintitrés de septiembre del corriente año, fecha en que se le confirió el poder.

              Asimismo, se dispuso comunicar lo acordado al procurador síndico general, Juan Lezica y Torrezuri, para su ejecución, y notificar al apoderado para su conocimiento.

              No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID634 · Unidad documental simple · 1810-11-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 12 de noviembre de 1810

              Reunidos en la sala capitular el alcalde ordinario y presidente, Andrés de Migoya; el regidor decano, Esteban de Torres; y el regidor defensor general de menores, Estanislao Aguirre, trataron asuntos relativos al bien público.

              Durante la sesión, el alcalde presidente presentó un pliego remitido por la Junta Gubernativa dirigido al Cabildo de Luján. Abierto el despacho, se leyó un oficio del superior gobierno acompañado de una representación de la Contaduría de Propios, en la que se requería al Cabildo responder a los reparos formulados sobre las cuentas de propios correspondientes a los años 1808 y 1809. Asimismo, se leyó un decreto fechado en Buenos Aires el 9 de noviembre de 1810, por el cual se ordenaba contestar dichas observaciones dentro del plazo de un mes.

              Enterados de la disposición, los capitulares resolvieron convocar a los integrantes de las juntas municipales responsables de las cuentas cuestionadas, para que compareciesen ante el Cabildo y pudieran informar y responder sobre los reparos efectuados por la Contaduría Mayor.

              En consecuencia, acordaron remitir oficio a Manuel de la Riva, Manuel González y Juan Luis Ramírez, miembros de la municipalidad de 1808, para que compareciesen el día 9 del corriente mes; y del mismo modo citar a los responsables de la cuenta municipal de 1809 para que compareciesen el día 10, a fin de proporcionar las explicaciones necesarias y permitir al Cabildo satisfacer lo requerido por el superior gobierno.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID692 · Unidad documental simple · 1811-11-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 12 de noviembre de 1811, con la asistencia de Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Andrés Castillo, regidor defensor general de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor general de pobres.

              En la sesión se dio lectura a un oficio del Superior Gobierno dirigido al Ayuntamiento, por el que se exhortaba al Cabildo a mantener una perfecta unión de acción y de sentimientos con el comandante de la frontera, a fin de asegurar el mejor cumplimiento de las disposiciones superiores. Asimismo, se recomendaba arbitrar los medios necesarios para suplir la falta de auxilios y recursos que experimentaba la villa.

              Enterados de su contenido, los señores capitulares acordaron acceder a lo solicitado por la superioridad, manifestando que siempre había sido propósito del Ayuntamiento proceder en la mejor inteligencia y concordia con el comandante de la frontera y que continuarían observando la misma conducta en beneficio del servicio público.

              En ejercicio de las facultades conferidas por el Superior Gobierno para remediar la falta de auxilios, resolvieron que todos los vecinos de la villa que no estuviesen incorporados a los cuerpos militares y que no gozaran de exención o privilegio legítimo quedasen obligados a prestar auxilio a la justicia y al resguardo de la población cuando las circunstancias lo requiriesen.

              Para la organización de este servicio acordaron nombrar dos cabos y un sargento, confirmando en este último empleo a Juan Fernando Rodríguez, quien ya desempeñaba ese cargo. Asimismo, comisionaron al alcalde de la Santa Hermandad de la municipalidad para que dispusiera cuanto fuese necesario para la organización del servicio y adoptara las providencias conducentes a su mejor ejecución.

              Con lo que se dio por concluido el acuerdo, que firmaron los señores capitulares por ante mí, de que doy fe.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID736 · Unidad documental simple · 1812-10-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 12 de octubre de 1812, con la asistencia de Juan Luis Ramírez, alcalde ordinario interino; Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores; y Mariano Galeano, regidor defensor general de pobres.

              En la sesión se recibió un pliego del Gobernador Intendente que contenía un oficio del Superior Gobierno y un impreso. En ellos se comunicaba la constitución de un nuevo Gobierno Ejecutivo de las Provincias Unidas, surgido de la resolución adoptada por el Cabildo de Buenos Aires ante los acontecimientos políticos ocurridos en la Capital. Enterados de su contenido y del acta que acompañaba la comunicación, los capitulares reconocieron al Superior Gobierno constituido por el Cabildo de Buenos Aires, integrado por los señores doctor Juan José Paso, Nicolás Peña y Antonio Álvarez Jonte.

              En consecuencia, acordaron circular el acta a los jueces de los partidos de la jurisdicción para su conocimiento y obediencia, encargándoles que la hiciesen publicar por bando. Asimismo, dispusieron su publicación en esta Villa para que sus habitantes conociesen los motivos de la constitución del nuevo Gobierno. El oficio y el acta impresa fueron mandados archivar en el legajo de oficios y órdenes superiores correspondiente al año.

              En el mismo acto se recibió otra comunicación del Gobernador Intendente por la que se informaba que, provisionalmente, las Secretarías de Gobierno, Guerra y Hacienda quedarían a cargo de sus respectivos oficiales mayores. El Cabildo tomó conocimiento de esta disposición para proceder conforme a ella en los asuntos que correspondiesen.

              Con lo que se dio por concluido el acuerdo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID327 · Unidad documental simple · 1794-09-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 12 de septiembre de 1794.

              Asistieron Tadeo Abrego, regidor decano y alcalde ordinario encargado; Francisco Arnaes, alguacil mayor; Ventura López Camelo, regidor defensor de menores; y el capitán de milicias Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres.

              Durante la sesión el regidor decano expuso que la obra de las casas capitulares se hallaba casi concluida, pero detenida por falta de fondos, circunstancia que ocasionaba el deterioro de las maderas y demás materiales ya utilizados en la construcción. En atención a esta situación, el Cabildo resolvió procurar recursos para finalizar la obra y acordó solicitar al vecino Juan Posto Méndez que prestase a los propios del Cabildo el dinero necesario para concluir las casas capitulares, otorgándole los correspondientes resguardos. Asimismo se dispuso que, en caso de que dicho vecino no accediese a efectuar el préstamo, se elevase consulta a la superioridad exponiendo los perjuicios derivados de la paralización de la obra.

              Para gestionar esta diligencia se comisionó al regidor Ventura López Camelo, a fin de que, por su conocimiento de los vecinos de la jurisdicción, propusiera a quienes pudieran contribuir con el referido auxilio económico en condiciones favorables al bien común.

              Finalmente se resolvió convocar a Junta Municipal para los días 13 o 15 del mismo mes, con asistencia de Gaspar de Contreras, con el objeto de examinar el estado de las cuentas, documentos de cargo y data y demás comprobantes relativos a los propios del Cabildo. A tal efecto se nombró como integrantes de dicha Junta a Tadeo Abrego, Ventura López Camelo y Juan Antonio Corro.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID340 · Unidad documental simple · 1795-09-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 12 de septiembre de 1795.

              Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; Silvestre Burgos, regidor defensor general de menores; y Esteban de Torres, alguacil mayor.

              En la sesión los capitulares trataron sobre la revisión y anotación de las cuentas correspondientes a la inversión de los caudales de propios de esta Villa desde el año de 1788 hasta el de 1794, realizada conforme a las órdenes superiores recibidas. Examinadas dichas cuentas, observaron que en ellas se incluían diversas partidas no previstas en el reglamento ni en las disposiciones posteriores que regulaban la administración de dichos fondos.

              En consecuencia, acordaron que se procediese al reintegro de las cantidades que de la revisión resultaban a favor del fondo de propios de la Villa. Para ello, dispusieron que las partidas señaladas al pie de cada cuenta fuesen notificadas a los individuos comprendidos en dichos cargos, ordenándoles que dentro del término perentorio de ocho días, contados desde su notificación, restituyesen las sumas correspondientes, bajo apercibimiento de ejecución y embargo en caso de incumplimiento.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID351 · Unidad documental simple · 1796-09-12
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 12 de septiembre de 1796.

              En dicha fecha se reunieron Felipe Antonio Martínez, alcalde ordinario; Esteban de Torres, regidor decano; Martín Lobo, defensor general de menores; Bernardo Miranda, defensor de pobres; y Andrés Migoya, alguacil mayor.

              Durante la sesión se trató nuevamente el cumplimiento de la orden superior relativa al pago de los salarios adeudados a Manuel Mariano Creu, maestro de primeras letras. Enterados de su contenido, los capitulares manifestaron el debido acatamiento, aunque se produjo diversidad de pareceres respecto de la oportunidad de efectuar el pago, en atención a consultas pendientes ante la superioridad.

              No obstante, por mayoría de votos se resolvió satisfacer al referido maestro los salarios devengados, disponiéndose su pago y ordenándose notificarlo personalmente, con advertencia de que cumpla con exactitud las obligaciones de su ministerio.

              Asimismo, se acordó dar cuenta de lo actuado a la superioridad.

              Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID72 · Unidad documental simple · 1774-04-13
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el día 13 de abril de 1774, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa, del regidor decano José de Cheves y del regidor y defensor general de menores José Braulio de Torres.

              En la sesión, los capitulares acordaron dar curso y prosecución a todas las causas criminales, civiles y ejecutivas, disponiendo que se continuase con la tramitación ordinaria del juzgado, oyendo demandas, proveyendo peticiones y realizando los demás actos judiciales que se presentaren.

              Seguidamente, se pasó a efectuar la visita y reconocimiento de la cárcel, dejándose constancia por parte del alguacil mayor de la existencia de doce presos, de los cuales uno se hallaba con causa ejecutiva y once con causas criminales.

              Con lo actuado, se dio por concluido el acuerdo, firmando los capitulares presentes, actuando por ante sí.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID280 · Unidad documental simple · 1792-04-13
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de abril de 1792.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; Victorino Cheves, regidor defensor general de menores; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

              En el curso de la sesión, el alcalde ordinario manifestó que correspondía en esa fecha abrir el punto. Deliberado el asunto, los capitulares resolvieron, unánimes y de común acuerdo, darlo por abierto, disponiendo que pudieran proseguirse los pleitos civiles y demandas ejecutivas que hasta entonces se hallaban suspensos.

              En la misma conformidad, trataron la recepción de Andrés Josef de Faneca como maestro de primeras letras de la escuela de la Villa. Comparecido ante la sala capitular, el aspirante demostró su pericia escribiendo de su puño varios renglones que se le ordenaron, siendo aprobada la forma de su letra, así como acreditadas su buena vida cristiana y demás cualidades que lo recomendaban para el cargo. En consecuencia, acordaron recibirlo como maestro de primeras letras y entregarle la escuela con los niños que debía educar e instruir.

              Asimismo, para el debido cumplimiento de lo resuelto, dispusieron librar oficio a Manuel de Creu, a fin de que hiciera formal y efectiva entrega al alguacil mayor de todos los útiles pertenecientes a la escuela, junto con la llave correspondiente.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID346 · Unidad documental simple · 1796-04-13
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de abril de 1796.

              En dicha fecha se reunieron Esteban de Torres, alcalde ordinario en ejercicio por ausencia de Felipe Antonio Martínez; Andrés Migoya, alguacil mayor; y Martín Lobo, regidor defensor general de menores.

              Durante la sesión se resolvió suspender temporalmente la continuación de las casas capitulares hasta la primavera, en razón de las lluvias, ordenándose no obstante a Gaspar de Contreras cumplir con la entrega de materiales comprometidos en un determinado plazo, bajo apercibimiento.

              Asimismo, se acordó consultar a las autoridades superiores sobre la presentación de las cuentas de propios, en cumplimiento de la real orden vigente, y sobre la conveniencia de mantener el maestro de escuela en atención a su utilidad y costo.

              Igualmente, se dispuso solicitar el establecimiento de un cabo y dos soldados para la custodia de la cárcel, o en su defecto que dicha función recaiga en el sargento mayor de milicias de la villa.

              Finalmente, el Cabildo ordenó remitir testimonio íntegro de lo acordado al virrey y a la Real Audiencia para su determinación.

              Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján