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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID104 · Unidad documental simple · 1775-12-15
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de diciembre de 1775. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; Juan Irrazábal, regidor y defensor de menores; y Miguel de Peñalba, regidor y defensor de pobres.

              En la sesión se dio lectura a una petición presentada por el Prior Provincial de la Orden de Santo Domingo, en nombre de las demás religiones de la Provincia del Río de la Plata, relativa a un informe elevado por el Cabildo de Buenos Aires a Su Majestad, en el cual se formulaban imputaciones contra la conducta, disciplina y observancia regular de las órdenes religiosas.

              En dicha representación se solicitó que este Cabildo informase a Su Majestad sobre la conducta irreprochable de las religiones en la provincia, su celo evangélico, espíritu de pobreza, obediencia a sus superiores, armonía con las autoridades seculares y los beneficios espirituales que producían, así como sobre la conducta de los religiosos que ejercían su ministerio en esta villa y en las capillas de la jurisdicción.

              Oída la petición, el alcalde ordinario manifestó que era pública y notoria la fama de las órdenes religiosas por su observancia regular, vida en clausura, celo en la predicación, administración de sacramentos, caridad, disciplina interna y armonía institucional, así como la ejemplar conducta de los religiosos que servían en esta villa y su jurisdicción.

              Los regidores, de común acuerdo, declararon que lo expuesto constituía verdad pública y notoria, conformándose plenamente con dicho dictamen. En consecuencia, acordaron elevar informe a Su Majestad, suplicando se dignase dispensar su real protección y amparo a las religiones de esta provincia, en atención a los beneficios espirituales que producían en el bien público.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID81 · Unidad documental simple · 1774-12-15
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján, celebrada el 15 de diciembre de 1774. Asisten Pedro Dionisio Yogues, alcalde ordinario; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; José de Cheves, regidor decano; y los regidores José Braulio de Torres y Francisco Aparicio.

              En la sesión, el Cabildo acuerda que, en atención a los trabajos realizados para la corporación —consistentes en la redacción de informes dirigidos al superior gobierno, cartas y bandos— se libre orden de pago al tesorero de la Villa, Pedro Pablo de Leyva, para que abone a Julián de Leyva la suma de dieciséis pesos por el trabajo efectuado.

              No habiendo otros asuntos que tratar, se da por concluido el acuerdo, firmando los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID28 · Unidad documental simple · 1772-12-15
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión en la que el tesorero Pedro Pablo Leyva manifestó lo producido por el puente entre el 8 de mayo de 1771 y el 8 de mayo de 1772, y acordó presentar la rendición de los gastos realizados en la obra del Cabildo el 17 de diciembre. Asimismo, se trató el pago al procurador general de la Villa, Juan de Lezica y Torrezuri, de la mitad del dinero recaudado por el pontazgo, conforme a lo acordado anteriormente, para compensar los adelantos efectuados por este al Cabildo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID115 · Unidad documental simple · 1776-04-15
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de abril de 1776. Asistieron don Manuel de Pinazo, sargento mayor y alcalde ordinario; don Gavino de la Rosa, alguacil mayor; don Carlos Romero, defensor de menores; y don Miguel Rodríguez, defensor de pobres.

              Reunidos para el tratamiento de asuntos relativos al bien común y a la utilidad del vecindario, los capitulares acordaron, de manera unánime y conforme, dar curso y entender en todas las causas civiles, ejecutivas y de toda naturaleza, oyendo demandas, proveyendo peticiones y practicando los demás actos judiciales que se presentasen ante el juzgado.

              En consecuencia, resolvieron que dichas disposiciones se ejecutasen de forma inmediata, restableciendo el curso ordinario de las actuaciones judiciales y administrativas del cabildo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID635 · Unidad documental simple · 1810-11-14
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 14 de noviembre de 1810

              Reunidos en la sala capitular el alcalde ordinario y presidente, Andrés de Migoya; el regidor decano, Esteban de Torres; y el regidor defensor general de menores, Estanislao Aguirre, trataron asuntos concernientes al bien y utilidad pública.

              Durante la sesión, el alcalde presidente presentó un pliego remitido por la Junta Gubernativa. Abierto y leído el oficio en voz alta, se comunicó la resolución del superior gobierno respecto del cobro del derecho de pontazgo en el puente de Luján. La disposición establecía que todos los carruajes, tropas y cargas que atravesasen el puente debían abonar el derecho correspondiente, aun cuando transportasen efectos del Estado. No obstante, aclaraba que no podía obligarse a dichos transportes a utilizar necesariamente el puente si podían atravesar el río por otros pasos cómodamente accesibles.

              Enterados de la resolución, los capitulares acordaron copiar íntegramente el oficio en el libro de acuerdos capitulares para su conservación y cumplimiento permanente por los alcaldes ordinarios presentes y futuros. Asimismo, ordenaron que no se admitiesen excepciones ni contemplaciones en el cobro del pontazgo y que las autoridades judiciales hicieran cumplir estrictamente el pago conforme a lo dispuesto por el superior gobierno.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 14 de mayo de 1812]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID719 · Unidad documental simple · 1812-05-14
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 14 de mayo de 1812, con la asistencia de Estanislao José Aguirre, alcalde ordinario; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores; y Mariano Galeano, regidor defensor general de pobres. No concurrió el regidor decano por hallarse ausente.

              En la sesión se dio lectura a un oficio del Superior Gobierno por el cual se comunicaba la aprobación del acuerdo celebrado por este Cabildo el 6 de mayo de 1812, mediante el cual se había resuelto conmemorar anualmente el aniversario de la instalación del Gobierno Patrio.

              En consecuencia, los señores capitulares acordaron reglamentar la celebración para los años venideros, disponiendo que los días 24 y 25 de mayo se celebrasen los correspondientes oficios religiosos con asistencia del Cabildo y del vecindario; que el alcalde ordinario anunciase la festividad por bando e intimase a los vecinos a iluminar sus casas durante ambas noches, bajo pena de multa; que los fondos de Propios destinados a esta solemnidad se aplicasen a los gastos de la función religiosa, la iluminación de las Casas Capitulares y, si hubiese sobrante, a fuegos de artificio; que se incorporase esta obligación en la tabla de asistencias del Ayuntamiento; y que la aprobación del Superior Gobierno se agregase a las cuentas de Propios para justificar dichos gastos.

              Con lo que se dio por concluido el acuerdo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 14 de mayo de 1779]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID154 · Unidad documental simple · 1779-05-14
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 14 de mayo de 1779.
              Asistieron Juan de la Fuente, regidor decano; Antonio Perelló, alguacil mayor; y Juan Irrazábal, defensor general de pobres.

              Reunidos en la sala de acuerdos, se dio lectura a la petición presentada por Gerónimo de Aguirre, maestro de niños de la villa, quien solicitó la expedición de testimonio que acreditase la asignación de setenta y cinco pesos por su labor docente, conforme al acuerdo de 15 de junio de 1773 y a la carta del 10 de junio del virrey Juan José de Vértiz. Oída la solicitud, se resolvió expedir el testimonio pedido para su presentación ante la Junta de Temporalidades.

              Asimismo, considerando la falta de bancos y mesa en la escuela y la pobreza del vecindario, se acordó proveerla de los útiles necesarios. Para ello se comisionó a Antonio Pereira y Mariño, quien también quedaría encargado de la inspección del funcionamiento de la escuela y del aprovechamiento de los niños, autorizándose el libramiento correspondiente para el pago, con inventario de los bienes suministrados como pertenecientes al Cabildo.

              Seguidamente, se resolvió requerir a Juan de Lezica la remisión de la cuenta de lo producido por el puente y de lo suplido al Cabildo durante el año 1778, por no constar su rendición. Además, se acordó comunicarle que, ante el retiro de Manuel Uriarte, encargado del cobro del rédito del puente, entregase la llave del mismo al mayordomo de la villa, quien debería rendir cuentas periódicas al apoderado que Lezica designase, a fin de asegurar transparencia en la administración. A esta última determinación no prestó conformidad Antonio Perelló.

              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, actuando por ante sí, por falta de escribano público ni real.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID616 · Unidad documental simple · 1810-03-14
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 14 de marzo de 1810.

              Reunidos en la sala capitular los señores Andrés de Migoya, alcalde ordinario y presidente; Esteban Torres, regidor decano; Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores; Francisco Rocha, alguacil mayor; y Manuel Ramón de Bazave, regidor defensor general de pobres; trataron los asuntos concernientes al bien público.

              En primer lugar resolvieron sobre la cuenta general del caudal de propios correspondiente al año anterior, de la que resultaba haberse redimido dos mil pesos del préstamo de tres mil pesos tomado en 1804, habiéndose abonado asimismo los réditos correspondientes, quedando sólo pendiente la suma de ochenta y ocho pesos y cinco y medio reales por saldo de intereses, además de mil pesos del principal aún adeudado, con rédito anual del seis por ciento.

              Acordaron otorgar escritura con hipoteca de los bienes y rentas del Cabildo a favor de Nicolás de la Quintana, por los mil pesos restantes y los intereses adeudados, conforme a lo pactado anteriormente. Asimismo, dispusieron entregar copia de la escritura al acreedor, cancelar las escrituras previas y remitir las cuentas originales a la Contaduría de Provincia, previniendo se acuse oportunamente recibo.

              Con lo cual concluyeron este acuerdo, que firmaron por ante sí a falta de escribano.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID262 · Unidad documental simple · 1791-03-14
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 14 de marzo de 1791.
              Asistieron José Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Miguel de Leyva, regidor defensor general de menores. No concurrieron Gaspar de Contreras, regidor decano, ni Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres, por hallarse ausentes.

              Reunidos para el tratamiento de asuntos de gobierno, administración y justicia, los capitulares consideraron la grave situación provocada por la intensa sequía que afectaba a la villa y su jurisdicción, la notoria esterilidad de los campos y la consecuente escasez de alimentos aptos para el cumplimiento del ayuno cuaresmal.

              De común acuerdo, resolvieron representar formalmente esta necesidad mediante oficio dirigido al cura y vicario, solicitando su informe y auxilio, a fin de que, con su intervención, se elevara la petición ante el obispo para la concesión de licencia general que permitiera el consumo de carne en toda la villa y su jurisdicción durante los días de semana de la presente Cuaresma, guardando en todo la formalidad del ayuno.

              Asimismo, acordaron implorar el auxilio divino para la obtención de lluvias mediante la realización de un novenario de misas con rogativa a la Santísima Virgen María, en su carácter de Patrona y titular de la villa. Determinaron que dicho novenario se iniciase el lunes veintiuno del corriente, disponiendo la concurrencia obligatoria de vecinos y moradores, y ordenando que durante los nueve días se mantuvieran cerradas todas las haciendas y pulperías mientras durasen la misa y el retiro, bajo pena de multa de cuatro pesos para la ejecución de lo dispuesto. Se resolvió, igualmente, remitir el correspondiente oficio al cura y vicario.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján