Copia de carta escrita por Carlos Tadeo Romero, Manuel de Larriva, Alonso González y Antonio Perelló, capitulares del Ayuntamiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, fechada el 13 de febrero de 1781, dirigida al Excelentísimo Señor Virrey.
En ella manifiestan que, en cumplimiento de la carta de 3 del corriente y del superior decreto proveído el 29 de enero, relativo a la elección de nuevos capitulares, el Ayuntamiento acordó informar acerca de los puntos comprendidos en dicha disposición. Expresan que no se ha innovado la práctica observada desde la erección de la villa en cuanto a poner en posesión a los electos inmediatamente después de su elección, señalando que no existía providencia superior que lo prohibiera y que igual costumbre se seguía en otras ciudades del Virreinato. Declaran que, en obsequio del decreto recibido, se abstendrán en lo sucesivo de dar posesión a los electos hasta tanto recaiga la confirmación superior, y solicitan se declare que los capitulares no han incurrido en falta.
Asimismo, en lo relativo a la suspensión de los oficios de regidores por ser vendibles, remiten testimonio del decreto de 17 de octubre de 1755 sobre la erección de la villa y su Cabildo, corroborado por real cédula de 30 de mayo de 1759, manifestando que se ha procedido conforme a dichas disposiciones al proveer anualmente tales oficios por elección en sujetos idóneos, atendiendo a la indigencia de los vecinos y al beneficio de la Real Hacienda. Concluyen suplicando se determine lo que fuere del agrado superior.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján