Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 8 de marzo de 1774, en la que se trató la defensa del auto cabildante de 11 de mayo relativo al uso de tierras de estancia para labranza, frente a los recursos elevados por varios vecinos ante el gobernador.
Durante la sesión, el alcalde ordinario expuso la necesidad de informar a la autoridad superior los fundamentos que motivaron dicho auto, dictado con el objeto de limitar prácticas consideradas perjudiciales para el bien público, señalándose que los reclamos presentados respondían a intereses particulares.
Se hizo referencia a las providencias emitidas por el gobernador, fundadas en informes del sargento mayor Manuel de Pinazo, favorables a los vecinos recurrentes, acordándose elevar una representación formal por medio del procurador general, acompañando los memoriales, las providencias y testimonio del bando promulgado, para que el teniente general y auditor de guerra emitieran dictamen.
El Cabildo dejó constancia de que no se había prohibido la agricultura, sino que se había reglamentado la labranza de quienes carecían de tierras suficientes, exigiendo el cercado y saneamiento de los cultivos para evitar daños a las haciendas, en resguardo del equilibrio entre hacendados y labradores.
Finalmente, se acordó remitir al gobernador informe fundado con copia del acuerdo por intermedio del procurador general Juan de Lezica, cerrándose el acto con la firma de los capitulares presentes.
Actas
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AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID67
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Unidad documental simple
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1774-03-08
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján