Actas

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID206 · Item · 1787-10-05
              Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de octubre de 1787.

              En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, regidor y defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor defensor de pobres.

              Durante la reunión se acordó observar estrictamente el secreto y sigilo que deben guardarse en los asuntos tratados por el Cabildo, conforme a lo establecido por el derecho.

              Asimismo se trató la aplicación del despacho del virrey que prohibía el ejercicio de la medicina, cirugía, sangría y botica sin título ni examen del Real Protomedicato. Habiéndose suspendido a quienes ejercían dichos oficios en la villa, el Cabildo decidió informar al gobernador intendente sobre la situación y la falta de facultativos, solicitando autorización para permitir provisionalmente el ejercicio de alguno de ellos, sin haber recibido aún respuesta.

              Atendiendo a la necesidad de asistencia para los enfermos, se resolvió que interinamente Luis Senrra y Juan García continúen practicando curaciones y sangrías, percibiendo solo la mitad de los derechos correspondientes, debido a la pobreza del lugar. Los demás practicantes quedaron suspendidos conforme a lo dispuesto en el acuerdo del 18 de agosto. También se dispuso que el botiquín previamente suspendido funcione en iguales términos para la atención de los enfermos pobres.

              Se ordenó publicar esta resolución para conocimiento del vecindario.

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID249 · Item · 1790-04-12
              Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 12 de abril de 1790. Asistieron Joaquín Cavot y Montaner, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Manuel de la Riva, alguacil mayor; y Gaspar de Contreras, defensor general de menores.

              Abierta la sesión, el alcalde ordinario expuso que correspondía proceder a la apertura del punto, lo que fue aprobado de común acuerdo, quedando habilitada la tramitación de todas las causas y demandas civiles.

              Seguidamente, ante la falta de constitución formal de la Junta Municipal correspondiente al año en curso y de designación de sus integrantes conforme a la ordenanza, se resolvió su conformación provisoria, nombrándose como presidente a Joaquín Cavot y Montaner, y como vocales a Alonso González y Gaspar de Contreras.

              Asimismo, se resolvió aceptar la renuncia de Antonio Pérez de Marañón al ministerio de maestro de escuela y admitir en su reemplazo a Manuel de Creu como maestro de niños, con un honorario anual de cien pesos, computable desde el quince de febrero. Se estableció, además, el arancel mensual de enseñanza en dos pesos por lectura y tres pesos por escritura por cada jefe de familia, disponiéndose que los niños pobres fueran instruidos gratuitamente, con igual dedicación y aplicación.

              Con el objeto de asegurar el adecuado abastecimiento de alimentos en la villa, se acordó facultar al alcalde ordinario para designar a la persona o personas que estimase convenientes, bajo las condiciones que resultasen más favorables al bien, provecho y utilidad pública.

              Igualmente, se resolvió que las tres llaves de resguardo de los fondos de propios de la villa quedasen en poder del presidente de la Junta y de los dos vocales designados.

              Se dio lectura a un escrito presentado por Pedro Francisco Torres, solicitando certificación de los méritos y servicios prestados por su difunto padre, Tomás de Torres, resolviéndose de común acuerdo acceder a lo solicitado y expedir la certificación correspondiente.

              También se acordó que, en atención a la designación de Gaspar de Contreras como apoderado del Ilustre Ayuntamiento para la prosecución de causas pendientes ante el virrey y el tribunal de Su Majestad, se le asignase un peso diario para su manutención en Buenos Aires, durante todo el tiempo de duración de su comisión.

              Seguidamente, se dio lectura a un escrito presentado por Luis de Senrra, solicitando autorización para continuar como único encargado de la curación de enfermos en la villa y su jurisdicción, con exclusión de otros curanderos. Considerados el escrito y las certificaciones acompañadas que acreditaban su desempeño, y ante la inexistencia de médico profesional habilitado en la jurisdicción, se resolvió autorizarlo para ejercer en forma exclusiva la atención de enfermos dentro y fuera de la villa, bajo las condiciones de atender gratuitamente a los pobres, dar aviso al juzgado cuando debiese salir a la jurisdicción, y prohibiendo el ejercicio de la curandería a otras personas. En consecuencia, se ordenó la expedición de la licencia correspondiente

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID205 · Item · 1787-08-18
              Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de agosto de 1787.

              En dicha fecha se reunieron Francisco Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, regidor y defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor defensor de pobres.

              Durante la reunión se dio lectura a un despacho del virrey Juan José de Vértiz, fechado el 16 de noviembre de 1780, por el cual se establecía en Buenos Aires el Tribunal del Real Protomedicato y se nombraba proto-médico a Miguel Gorman, con facultades para examinar y autorizar a quienes ejercieran la medicina, cirugía, farmacia y flebotomía. El Cabildo acordó cumplir lo dispuesto, ordenando su publicación para que quienes ejercieran tales oficios presentasen sus títulos o licencias, bajo penas establecidas para los infractores.

              Asimismo se resolvió citar a Gaspar de Contreras, vecino de la villa y dueño de un botiquín, para que acreditase la autorización con que ejercía el oficio de boticario, y en caso de no poseerla, suspenderlo de dicha actividad y dar aviso al proto-médico.

              También se trataron cuestiones relativas al abasto del pan, ordenándose a panaderos y panaderas ajustar el tamaño del pan al precio del trigo. Se dispuso además fijar aranceles para el pan y otros productos vendidos por pulperos, estableciendo multas para quienes no respetasen los precios fijados.

              Finalmente, y ante la falta de un funcionario encargado de vigilar los abastos de la villa, el Cabildo nombró fiel ejecutor a Juan de Irrazábal para ejercer dicho cargo durante el resto del año.

              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID189 · Item · 1781-12-03
              Part of Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 3 de diciembre de 1781.

              En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, alguacil mayor; y Antonio Pereyra y Mariño, regidor decano.

              Se trató el memorial presentado por Francisco Solano del Castillo, cirujano aprobado por el Real Protomedicato de Madrid y refrendado por el protomédico de Buenos Aires, Miguel O´Gorman, quien solicitó ser admitido como facultativo en la villa, con asignación de una pensión anual distribuida entre los vecinos, comprometiéndose a asistir también a los pobres y a ejercer conforme a su título. El Cabildo, reconociendo la necesidad de cirujano, acordó remitir el expediente con sus documentos al teniente de rey y gobernador interino para que resuelva sobre la pensión solicitada.

              Asimismo, se dispuso que los vecinos retiren las vacas a las estancias, permitiéndose solo hasta dos por casa, con obligación de atarlas de noche, bajo las penas del auto de buen gobierno y pago de daños, cuya ejecución se encargó al alguacil mayor.

              Con motivo de la festividad de Nuestra Señora de Luján, se acordó celebrar tres corridas de toros tras los días de cuarenta horas, financiadas con contribuciones de pulperos y vecinos, quedando su organización a cargo del alcalde.

              Finalmente, se comisionó al regidor decano y al alguacil mayor para verificar y sellar las pesas y medidas de las pulperías, a fin de evitar perjuicios al público.

              No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

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