Actas

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

    Nota(s) sobre el origen

      Mostrar nota(s)

        Términos jerárquicos

        Actas

          Términos equivalentes

          Actas

            Términos asociados

            Actas

              1 Descripción archivística resultados para Actas

              1 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID128 · Unidad documental simple · 1777-09-19
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 19 de septiembre de 1777.
              Asistieron Manuel de Pinazo, maestre de campo general y alcalde ordinario; Juan de la Fuente, regidor decano; y Juan de Irrazábal, defensor de menores. Se dejó constancia de la ausencia de Gavino de la Rosa, alguacil mayor, y de Antonio Vargas, defensor de pobres, este último por hallarse al servicio de Su Majestad en la otra banda.

              El alcalde ordinario dio lectura a un escrito presentado por Gabriel José Maqueda, clérigo presbítero de la Santísima Virgen de Luján, por el cual solicitaba certificación formal del exacto cumplimiento de sus obligaciones eclesiásticas y pastorales, con el fin de presentarla en el litigio que sostenía con el cura Cayetano José María de Roó.

              Los capitulares declararon de forma unánime que el presbítero Maqueda había observado una conducta constante, exacta y ejemplar en el cumplimiento de sus funciones, tanto como sacristán y ayudante de cura, como en las propias de un sacerdote. Reconocieron su celo permanente en la administración de los sacramentos, la asistencia a enfermos y moribundos, la formación de la matrícula parroquial, la enseñanza de la doctrina cristiana, la instrucción de niños y feligreses, la exhortación pública y el ejercicio continuo de la caridad cristiana. Asimismo, afirmaron que su conducta había sido recta, ordenada y conforme a su estado clerical, sin que constase falta, nota u observación alguna en su proceder.

              En consecuencia, el Cabildo dejó constancia formal de todo lo expuesto como testimonio público de su conducta, méritos y servicios, para los fines que el interesado estimare convenientes.

              Con lo cual se dio por concluido el acuerdo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján