Testamento de Manuel González.
El Defensor General de Menores solicita al Juez de Primera Instancia en lo Civil de Buenos Aires, Marcelo Gamboa, que le ordene al Juez de Paz de la Villa de Luján la ejecución de los inventarios de la testamentaría de Manuel González, quien falleció en la Villa de Luján dejando bienes e hijos.
Testamento de Beatriz Moreira, viuda de Miguel Molina, a favor de Francisca Moreira.
Moreira, BeatrizInventario y tasación de bienes del fallecido Francisco Ramos. Cuenta de division y partición de los bienes que fincaron por fallecimiento de Francisco Ramos.
El documento posee, en la primera página, la leyenda: "¡Viva la Federación!" y folios con el sello de 1836, con la leyenda: "Mueran los Unitarios, ¡Vivan los Federales!"
Testamento de Teresa Casal.
El documento posee sello de 1851, con la leyenda: "Mueran los Salvages Unitarios, ¡Vivan los Federales!"
Testamento de Victorino Cheves. El Defensor General de Menores solicita al Juez de Primera Instancia en lo Civil de Buenos Aires, Marcelo Gamboa, que le ordene al Juez de Paz de la Villa de Luján la ejecución de los inventarios y tasación de los bienes de la testamentaría de Victorino Cheves, vecino de la Villa de Luján dejando bienes y nietos. El documento posee la leyenda: "¡Viva la Federación!".
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánTestimonio de la compra de la propiedad de la calle Las Heras realizada por Juan Antonio Ameghino a Nicolás Roldán. Firmado por el Juez de Paz Juan de la Cruz Casas.
Casas, Juan de la CruzTítulo de la venta de un terreno de Claudio P. Colmenero a José Ávila tramitado en el Juzgado de Paz de la Guardia de Luján. Firmado por el Juez de Paz: Joaquín Abreu. El documento contiene la leyenda: "¡Viva la Confederación Argentina!"
Abreu, JoaquínCopia en libro de actas del título de Pedro Pablo Torres
Bernardo Gregorio de Las Heras, receptor general de penas de cámara del superior gobierno, hace saber que, ante la falta de remisión de fondos por parte del Cabildo de la Villa de Luján y la necesidad de asegurar la recaudación de multas y condenaciones, y en uso de las facultades conferidas por su título, nombra a Pedro Pablo Torres como receptor particular, en calidad de teniente y comisionado en dicha villa y su jurisdicción.
Se le concede facultad para recaudar todas las penas de cámara, gastos de justicia y demás ramos, con arreglo a la instrucción adjunta, y con los privilegios y prerrogativas del oficio. Deberá otorgar fianza de doscientos pesos ante el alcalde ordinario y prestar el juramento de estilo para tomar posesión del cargo.
Se ordena a las justicias de la villa que lo reconozcan como tal y le guarden los fueros correspondientes.
Dado en Buenos Aires, a veintiséis de febrero de mil ochocientos cinco.
Bernardo Gregorio de Las Heras
Ante mí: Marcelino Calleja Sanz
Copia de carta escrita por Carlos Tadeo Romero, Manuel de Larriva, Alonso González y Antonio Perelló, capitulares del Ayuntamiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, fechada el 13 de febrero de 1781, dirigida al Excelentísimo Señor Virrey.
En ella manifiestan que, en cumplimiento de la carta de 3 del corriente y del superior decreto proveído el 29 de enero, relativo a la elección de nuevos capitulares, el Ayuntamiento acordó informar acerca de los puntos comprendidos en dicha disposición. Expresan que no se ha innovado la práctica observada desde la erección de la villa en cuanto a poner en posesión a los electos inmediatamente después de su elección, señalando que no existía providencia superior que lo prohibiera y que igual costumbre se seguía en otras ciudades del Virreinato. Declaran que, en obsequio del decreto recibido, se abstendrán en lo sucesivo de dar posesión a los electos hasta tanto recaiga la confirmación superior, y solicitan se declare que los capitulares no han incurrido en falta.
Asimismo, en lo relativo a la suspensión de los oficios de regidores por ser vendibles, remiten testimonio del decreto de 17 de octubre de 1755 sobre la erección de la villa y su Cabildo, corroborado por real cédula de 30 de mayo de 1759, manifestando que se ha procedido conforme a dichas disposiciones al proveer anualmente tales oficios por elección en sujetos idóneos, atendiendo a la indigencia de los vecinos y al beneficio de la Real Hacienda. Concluyen suplicando se determine lo que fuere del agrado superior.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján