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Descripción archivística
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AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID339 · Unidad documental simple · 1795-09-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 7 de septiembre de 1795.

Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Esteban de Torres, alguacil mayor.

En la sesión el alcalde ordinario presentó un pliego dirigido por el superior gobierno a este Cabildo. Abierto y leído en alta voz, los capitulares dispusieron hacer comparecer ante sí al capitán de milicias don Silvestre Burgos, quien había sido confirmado en el empleo concejil de defensor general de menores. Una vez presente, se le notificó el despacho superior de su confirmación, el cual oyó y aceptó; seguidamente el alcalde le recibió el juramento acostumbrado para el desempeño de su ministerio, que prestó conforme a derecho, y en consecuencia se le dio posesión de su empleo, tomando el asiento que le correspondía en el Cabildo.

A continuación se leyó otro despacho del excelentísimo señor virrey por el cual se comunicaba que, mientras el alcalde ordinario permaneciese ausente por haber sido llamado por el superior gobierno para atender negocios del real servicio, debía quedar el regidor decano al cargo de la administración de justicia en la Villa. Asimismo, se disponía que dicho regidor no pudiera ausentarse de la jurisdicción bajo ningún pretexto sin previo permiso del superior gobierno.

Enterados de lo dispuesto, los capitulares acordaron cumplirlo en los términos expresados por el referido decreto superior.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID26 · Unidad documental simple · 1772-09-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión en la que se trató el pedido presentado por Tomás Torres, apoderado de los vecinos solicitantes, referido a la inscripción de los testimonios de propiedad en el libro de escrituras y contratos públicos. Asimismo, se trató el pago al Procurador General de la Villa de quinientos pesos, con dinero perteneciente a menores a cargo de Domingo Suárez, destinados a colaborar con la obra del Cabildo y de la cárcel.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID547 · Unidad documental simple · 1806-10-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de octubre de 1806.

En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario y presidente; Francisco Borja Espinosa, regidor; Valentín Olivares, alguacil mayor; Isidro Irrazábal, defensor general de menores; y Francisco González, defensor general de pobres, en la sala capitular, conforme a la costumbre.

Durante la sesión, el regidor decano le hizo entrega al Cabildo de la sumaria secreta instruida contra Antonio Mariño para que se le de curso.

Enterados, los capitulares acordaron de manera unánime remitir el correspondiente oficio al virrey, a fin de que, en atención al mérito de lo actuado, dispusiese las providencias que estimara convenientes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID268 · Unidad documental simple · 1791-11-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de noviembre de 1791.
Asistieron José Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Gaspar de Contreras, regidor decano; Bernardo Miranda, alguacil mayor; Miguel de Leyva, regidor defensor de menores; y Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres.

Reunidos para el tratamiento de asuntos de gobierno y administración de justicia, el alcalde ordinario puso en conocimiento del Cabildo un auto dictado el cinco del corriente, motivado por las quejas del vecindario respecto del precio de las moliendas. Expuso que, si bien inicialmente había ordenado que el trigo se moliese al precio de un real por cuartilla, los dueños de los ingenios o tahonas representaron los graves perjuicios sufridos durante el tiempo de la seca, tanto por quiebras y composturas como por la muerte de numerosas mulas, a lo que se sumaba el elevado costo de la compra de paja y cebada para su mantenimiento. En atención a ello, y considerando que el precio habitual de real y medio por cuartilla no había sido alterado, se había resuelto por auto que continuasen moliendo al precio de real y medio por cuartilla hasta nueva orden.

Enterados los capitulares, y de manera unánime y conforme, resolvieron que, atendiendo a la experiencia reiterada de secas y epidemias que destruyen los animales y a los continuos perjuicios soportados por los dueños de ingenios y tahonas para mantener al público asistido de moliendas sin alteración de precios, resultaba justo y razonable que las moliendas continuasen al precio de real y medio por cuartilla. Determinaron, asimismo, que dicho precio quedase firme y estable para todo tiempo, sin que pudiera ser alterado ni en invierno ni en verano, ni en tiempos de seca o epidemia.

Establecieron además como condición que las harinas debían ser redondas, sin frangollar ni quebrar el trigo. En caso de infracción, se dispuso que, ante queja del vecindario, el infractor, por primera vez, debía restituir otro tanto trigo de igual calidad, en la misma especie o en harina buena, al dueño afectado; y por segunda vez, además de la restitución, se le impondría una multa de cuatro pesos.

Finalmente, acordaron que el alcalde ordinario hiciera saber esta determinación por medio de auto público, a fin de que llegase a noticia de todos y nadie pudiera alegar ignorancia.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 7 de marzo de 1772]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID15 · Unidad documental simple · 1772-03-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión en la que se acordó abonar la misa con tedeum celebrada en honor del príncipe Carlos Clemente, así como un novenario de misas para que, por intercesión de Nuestra Señora de Luján, se mitigue la epidemia que aqueja a la población.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 7 de enero de 1793]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID293 · Unidad documental simple · 1793-01-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de enero de 1793.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; y José Antonio González, alguacil mayor.

Reunidos para tratar los asuntos del Cabildo, el alcalde manifestó que hasta ese día se hallaba cerrado el punto, por lo que no podían seguirse causas civiles ni demandas ejecutivas, y solicitó se resolviera al respecto.

Los capitulares, de común acuerdo, dispusieron dar por abierto el punto, para que pudiesen continuar todas las causas civiles y ejecutivas y oírse los pedimentos y demandas correspondientes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 7 de enero de 1791]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID261 · Unidad documental simple · 1791-01-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de enero de 1791.
Asistieron Miguel Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Gaspar de Contreras, regidor decano; Bernardo Miranda, alguacil mayor; Miguel de Leyva, regidor defensor general de menores; y Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres.

Reunidos para el tratamiento de asuntos de gobierno, administración y justicia, los capitulares abordaron, en primer término, la apertura del punto de las causas y demandas. A propuesta del alcalde ordinario, y de manera unánime, resolvieron abrir formalmente el punto, habilitando el curso y tramitación de todas las causas civiles y demandas ejecutivas que se encontraban suspendidas.

Seguidamente, trataron la constitución de la Junta Municipal encargada del gobierno de los propios y arbitrios de la villa. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo treinta de la Instrucción de Intendentes, acordaron su integración, quedando conformada por Miguel Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Gaspar de Contreras, regidor decano; y Miguel de Leyba, defensor general de menores. Asimismo, se dejó constancia de que no se incluyó al procurador síndico en dicha Junta, por carecer la villa de este oficio desde el fallecimiento de Juan de Lezica.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 7 de enero de 1790]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID241 · Unidad documental simple · 1790-01-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de enero de 1790, reunidos en la sala interina de acuerdos. Asistieron Manuel de Pinazo, Antonio Bargas y Juan de Irrazábal, junto con Alonso González, regidor decano, y Gaspar de Contreras, regidor y defensor de menores.

Reunidos con el objeto de proceder a la recepción de los nuevos funcionarios designados para el ejercicio de sus empleos, los capitulares dispusieron la realización del acto formal de toma de juramento conforme a la práctica institucional.

En consecuencia, Alonso González y Gaspar de Contreras prestaron el juramento de fidelidad en la forma acostumbrada, en manos del regidor decano saliente, Antonio Bargas, quedando formalmente habilitados para el ejercicio de sus cargos.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 7 de abril de 1772]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID18 · Unidad documental simple · 1772-04-07
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión en la que se trató la conformación del ejido de la Villa mediante la adquisición de terrenos con recursos del Cabildo. La propuesta se fundamentó en la utilidad común del ejido municipal y se resolvió que, en caso de que los vecinos se negaran a vender sus propiedades, se recurriría a la intervención del Procurador General.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján