Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 15 de febrero de 1812, con la asistencia de Estanislao José Aguirre, alcalde ordinario; Manuel Ramón Basabe, regidor decano; Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores; y Mariano Galeano, regidor defensor general de pobres. No concurrió el alguacil mayor, por hallarse ausente.
En la sesión, los señores capitulares trataron sobre la necesidad de emprender la composición y arreglo de las plazas y calles de la Villa, las cuales se encontraban en mal estado e intransitables por la existencia de numerosos zanjones ocasionados por las corrientes de agua provenientes de las quintas inmediatas. A fin de remediar estos inconvenientes, acordaron que se cortasen dichas aguas para evitar que continuasen formando torrentes en las calles y plazas, perjudicando el tránsito público.
Para la ejecución de estos trabajos determinaron destinar a los presos y vagabundos, por considerarse una obra de utilidad común.
Asimismo, resolvieron que los cuatro frentes de la plaza principal fuesen cercados con paredes de tres varas de altura, disponiéndose la colocación de veredas de ladrillo bien cocido de dos varas y media de ancho, con puertas del mismo material, convenientemente labradas y separadas entre sí a la distancia de tres varas.
Del mismo modo, determinaron que igual disposición se aplicase a las tres cuadras de la calle comprendidas desde las esquinas correspondientes a las propiedades de don Gaspar Contreras y don José de Leiva hasta la lista señalada.
En cuanto a las quintas concedidas gratuitamente por este Ayuntamiento en los extramuros de la Villa, recordaron que dichas concesiones habían sido otorgadas bajo la condición de que sus beneficiarios cercasen los terrenos, plantasen árboles y cumpliesen las demás obligaciones establecidas. Habiéndose advertido que algunos no habían observado tales condiciones, acordaron intimarlos a su cumplimiento; y, en caso de persistir el incumplimiento, retirarles dichas concesiones y entregarlas a personas que se comprometiesen a cultivarlas y conservarlas conforme a lo dispuesto.
Para la ejecución de estas medidas, encargaron al alcalde ordinario que incorporase los referidos capítulos al bando acostumbrado, junto con los demás puntos tratados en la sesión relativos al arreglo, policía y formación de la población, cuya atención había sido descuidada en perjuicio del bien público, pese a las reiteradas disposiciones que sobre esta materia habían dirigido los monarcas a sus Cabildos.
Con lo que se dio por concluido el acuerdo.