Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 8 de septiembre de 1804.
En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.
Durante la sesión se volvió a leer una carta acordada del superior gobierno en la que se disponía que el Cabildo, o en su defecto el procurador síndico, concurra a la información de pobreza promovida en el tribunal superior por don Manuel Fonseca, a quien se le había retirado la escuela que servía interinamente. Considerando la imposibilidad de concurrir personalmente y la falta de poder suficiente del procurador, los capitulares acordaron otorgar poder amplio a don José Ceide, vecino de Buenos Aires, para que represente al Cabildo en este asunto, con facultad de sustituirlo.
Asimismo, dispusieron que los gastos se sufraguen con los propios, y que se remita al apoderado testimonio de este acuerdo junto con el informe sobre los motivos que justificaron la remoción de don Manuel Fonseca del cargo de maestro, a fin de que gestione lo conveniente.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.
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Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de marzo de 1792.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, regidor defensor de pobres.
Durante la sesión, el alcalde dio cuenta de una carta remitida por Gaspar de Contreras, en su carácter de apoderado de este Ilustre Ayuntamiento. Leída en altas e inteligibles voces, su contenido se reducía a dos puntos principales. El primero, informaba sobre las diligencias practicadas en relación con la secuela y conclusión del pleito pendiente acerca de la jurisdicción de la Villa y el nombramiento de los jueces que debían ser prevenidos por el alcalde ordinario y no por otra autoridad. El segundo, trataba sobre la localización de un sujeto apto para desempeñarse como maestro de escuela, quien pretendía ordenarse de clérigo a título de los cien pesos anuales asignados por este Cabildo como subsidio al magisterio.
Considerados ambos asuntos, los capitulares, unánimes y de común acuerdo, resolvieron que, en cuanto al pleito jurisdiccional, el apoderado no perdiera tiempo alguno y realizara las presentaciones y postulaciones necesarias ante el excelentísimo señor virrey, a fin de asegurar que el alcalde ordinario de la Villa, y ningún otro, fuese quien nombrara los jueces correspondientes a su jurisdicción.
Respecto del segundo punto, acordaron asegurar al pretendiente que no le faltarían los cien pesos anuales asignados al magisterio, y que, si el Ilustrísimo Obispo resolviera ordenarlo a título de dicha escuela, se otorgara la escritura de obligación correspondiente, sirviendo esta de fundamento para la colación y expedición del título, cuya copia debería remitirse para tal efecto.
Finalmente, teniendo presente que el poder conferido a Gaspar de Contreras era general para representar al Cabildo ante el excelentísimo señor virrey en cuantos asuntos se ofrecieran, sin necesidad de expedir uno especial para cada caso, se dispuso comunicarle tal circunstancia por carta del alcalde, archivándose asimismo la misiva recibida para los efectos que correspondan.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 21 de agosto de 1804.
En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; y Ambrosio González, defensor general de menores; no concurriendo Andrés Castillo, defensor general de pobres, por hallarse enfermo.
Durante la sesión se presentó un escrito del doctor Manuel José Montiel, en el que solicitaba ser nombrado maestro de los jóvenes de la villa, alegando su condición de natural de ella, su instrucción en letras y sus estudios cursados en la ciudad de Buenos Aires, comprometiéndose a la enseñanza de los niños. Considerados sus antecedentes, conducta y aptitudes, los capitulares resolvieron unánimemente nombrarlo preceptor de los niños de la villa. Asimismo, dispusieron que el alguacil mayor le dé inmediata posesión de la escuela, haciéndole entrega de los útiles correspondientes.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.
Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 22 de diciembre de 1780.
En dicha fecha se reunió el Cabildo con la asistencia de Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Ventura López Camelo, alguacil mayor; Antonio Vargas, regidor decano; y Francisco Aparicio, regidor y defensor general de menores.
El acuerdo tuvo por objeto considerar un escrito presentado por el maestro de niños Gerónimo de Aguirre, en el que exponía no haber podido percibir de la Superior Junta de Temporalidades los setenta y cinco pesos anuales que le correspondían, cuyo pago se hallaba vencido desde el dieciocho de julio, lo que lo colocaba en la necesidad de abandonar su empleo, con perjuicio del público. Enterado el Cabildo, resolvió que, en atención al buen desempeño del maestro y al beneficio común, se le satisfagan anualmente los cien pesos de su asignación con fondos de propios de la Villa, incluyendo lo devengado desde el dieciocho de julio, disponiéndose asimismo dar vista del escrito a Juan de Lezica, síndico procurador general, para que dictamine al respecto, asentándose su respuesta en el libro de acuerdos.
Asimismo se trató la conveniencia de que los individuos del Cabildo concurriesen en adelante a las funciones públicas vestidos de manera adecuada, imponiéndose multa de veinte pesos para obras públicas a quien contraviniese lo dispuesto.
Finalmente, el alcalde dio cuenta de diversos libramientos expedidos para atender gastos de la obra de la Casa Capitular y calabozo; de las limosnas destinadas a medicinas, curación y mortajas de los pobres muertos en el suceso del veintiocho de agosto, por un malón; y de los gastos ocasionados por los presos empleados en trabajos públicos, tales como el puente, la zanja y la composición de bocacalles.
Con lo cual se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de enero de 1802.
En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; Pascual Aybar, regidor defensor de menores; y Juan Gregorio Sosa, regidor defensor general de pobres; con la inasistencia de Patricio Peñalba, alguacil mayor.
Durante la sesión, los capitulares trataron sobre la enseñanza de primeras letras y el desempeño del maestro Andrés Faneca. En este sentido, acordaron establecer una instrucción general para su ejercicio, disponiendo que procure inculcar en los niños principios religiosos, morales y cívicos, junto con la obediencia, el respeto y el amor al bien público, así como aplicar un método adecuado para el adelantamiento de sus discípulos. Asimismo, resolvieron reservarse la facultad de examinar a los alumnos periódicamente para verificar su progreso.
Del mismo modo, determinaron fijar un horario regular de enseñanza, asignar al maestro una retribución anual de cien pesos, autorizar el cobro de dos reales mensuales a quienes pudiesen contribuir, con la obligación de enseñar gratuitamente a los niños pobres, y ordenar que esta disposición se fije en la escuela y se archive en el libro de acuerdos.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de febrero de 1793.
Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde ordinario interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, defensor de pobres.
Reunidos para el tratamiento de los asuntos del gobierno capitular, el alcalde ordinario interino y regidor decano presentó un pliego cerrado.
Abierto y leído, se halló ser orden del Excelentísimo Señor Virrey para poner en posesión del oficio de maestro de escuela a don Mariano Creu. En su vista, acordaron guardar el respeto debido al superior mandato y suplicar al mismo, y en caso necesario representar las razones que hubiere por medio del apoderado constituido para dicho efecto, permitiéndose sacar copia testimonial de este acuerdo para su presentación.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 27 de noviembre de 1804.
En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario, presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.
Durante la sesión, y ante la insuficiencia de caudales para la continuación de la obra del puente, acordaron solicitar un nuevo suplemento de mil pesos a la persona que había adelantado los dos mil anteriores, o bien arbitrar otros medios en caso de no obtenerlo.
Asimismo, se dio cuenta de una carta acordada del superior gobierno en la que se ordenaba informar, con copia de los acuerdos, sobre el nombramiento y separación del maestro de primeras letras Manuel Montiel de Vasconcelos, disponiéndose cumplir con lo mandado.
Seguidamente, se atendieron diversos gastos vinculados a la obra del puente: se ordenó el pago solicitado por el maestro mayor para sus oficiales, se entregaron veinticinco pesos para la manutención de los peones, se abonaron veinticuatro pesos a Manuel Álvarez por fletes de madera, y se recibió la cuenta presentada por Diego Garrido por la provisión de materiales, así como un recibo por la compra de herramientas, quedando todo a cargo del Cabildo.
Finalmente, se acordó abonar el salario correspondiente a Manuel Montiel por su desempeño como escribiente.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.
Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de agosto de 1792.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.
En la sesión compareció Juan Irrazabal, quien presentó un escrito en nombre de veintiseis vecinos de la Villa, firmado por estos, en queja contra el maestro Manuel Mariano Creu. En la presentación manifestaron que no pondrían a sus hijos en la escuela que aquel pretendía volver a ejercer, alegando el escaso aprovechamiento obtenido y el mal trato que, según expresaron, dispensaba a los alumnos.
Visto el recurso, el Cabildo acordó remitirlo a la superioridad correspondiente, con noticia de los presentantes, para que se provea lo que corresponda.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de julio de 1792, continuada el 10 de julio del mismo año.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; Victorino Cheves, regidor defensor general de menores; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.
En el curso de la sesión del día nueve, el alcalde ordinario presentó un escrito relativo a Manuel Mariano Creu, quien había sido separado del empleo de maestro de primeras letras por no hallársele suficiente para la enseñanza de los niños. En dicho escrito se hacía constar que el referido Creu, además de haber promovido queja ante el excelentísimo señor virrey contra este Ayuntamiento por su remoción, vertía expresiones consideradas agraviosas y poco decorosas contra el Ilustre Cabildo y la determinación adoptada.
Visto y considerado su contenido, los capitulares acordaron que se hiciese representación formal a fin de que no se le admitiese al mencionado Creu recurso ni gestión alguna en desacato de lo resuelto por este cuerpo. Asimismo, para sostener los derechos y prerrogativas del Ayuntamiento, se propuso el nombramiento de dos diputados: uno que actuase en la Villa en defensa de sus fueros, y otro que compareciese en la ciudad de Buenos Aires para promover lo necesario en favor de la jurisdicción.
Enterados los señores capitulares, y de común acuerdo, resolvieron nombrar como diputado para la ciudad de Buenos Aires al alcalde Pedro Francisco Torres, y para las diligencias que se ofreciesen en la Villa a José Antonio González, confiriéndoles las facultades necesarias para la defensa de los derechos del Cabildo, con las cláusulas y prerrogativas que fuesen menester.
En ese estado, el regidor decano Manuel de la Riva manifestó que suspendía su voto sobre la materia, por querer reflexionar con libertad antes de pronunciarse definitivamente. Por tal motivo, la resolución del acuerdo quedó diferida para el día diez de julio.
Reunidos nuevamente en dicha fecha los mismos señores capitulares, el regidor decano expresó que siempre había sido de dictamen que no se removiese al referido maestro sin previa prevención y amonestación sobre el modo en que debía conducirse en la escuela. En uso de la libertad que las leyes le conceden para emitir su voto, declaró no convenir en las accionesen contra del mencionado Creu, solicitando que su voto en disidencia quedase asentado en el acuerdo, máxime considerando que habrían de emplearse recursos de propios en las diligencias proyectadas.
A lo cual el alcalde hizo presente que el regidor decano había firmado el acuerdo por el cual se dispuso la remoción del referido maestro, según constaba en las actas del Cabildo.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánCopia del oficio dirigido a la autoridad superior judicial con motivo del recurso interpuesto por Manuel Mariano Creu, procesado en una causa criminal iniciada por querella de doña Felipa Pereyra. El documento informa sobre las actuaciones promovidas por Creu ante la Junta Superior de Real Hacienda y posteriormente ante la Real Audiencia, señalando que, pese a las resoluciones dictadas para que la causa continuara y se resolviera con prontitud, el acusado había eludido la acción de la justicia huyendo y promoviendo nuevos recursos.
El remitente sostiene que las presentaciones efectuadas por Creu carecen de fundamento y expone las disposiciones legales que, a su juicio, autorizaban al juez ordinario a continuar la sustanciación del proceso mientras no existiera una orden expresa en contrario. Asimismo, manifiesta remite testimonio íntegro de las actuaciones para su examen, solicitando que se le permita proseguir con la causa hasta su conclusión.
Finalmente, aclara que la separación de Creu del cargo de maestro de primeras letras no fue una decisión del juzgado, sino una resolución adoptada por el Cabildo en consideración a la conducta del acusado y a la falta de idoneidad para el ejercicio de la enseñanza.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján