Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de octubre de 1782.
En dicha fecha se reunieron Antonio Pereyra y Mariño, regidor decano, a cuyo cargo se hallaba la vara de la real justicia; Carlos Tadeo Romero, alcalde del año 1781; Manuel Antonio de la Riba, alguacil mayor; Alonso González, regidor y defensor general de menores; y Antonio Perelló, regidor y defensor de pobres. Actuó el Cabildo del año 1781 por no haberse confirmado los electos del presente año.
El regidor decano presentó pliego remitido por el teniente de rey y gobernador interino Diego de Salas, que incluía carta y copia de auto del virrey Vértiz, rubricada por el Marqués de Sobremonte. En él se ordenaba el cumplimiento de la ley 10, título 3°, libro 5° de la Recopilación, disponiendo que ningún cabildo diese posesión a los oficios concejiles sin previa confirmación superior, bajo pena de nulidad y multa. Asimismo, se establecía que las elecciones debían remitirse para su confirmación y que estas disposiciones se comunicasen con anticipación a las elecciones del año siguiente, dejándose razón en los libros capitulares.
Oído lo anterior, acordaron obedecer lo mandado y disponer que la carta y su copia se protocole en el legajo de cédulas y órdenes superiores del Cabildo, para su cumplimiento en lo sucesivo.
No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí, a falta de escribano real ni público.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján