Obligados

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  • Personas que asumían, mediante un compromiso con las autoridades, la obligación de abastecer a una población de determinados productos de consumo, especialmente carne, bajo condiciones de cantidad, precio y regularidad establecidas por la autoridad. En la Villa de Luján, el término refiere principalmente a quienes asumían el abastecimiento de carne para el consumo de la población.

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            [Acta capitular del 05 de marzo de 1774]
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID66 · Pièce · 1774-03-05
            Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de marzo de 1774, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa y del regidor José Braulio de Torres.
            Se procedió a la recepción y juramento de Ventura López como alcalde de la Santa Hermandad.
            Se trató la recepción del mayordomo de la villa Nicolás Lastarria, acordándose requerir su comparecencia y, una vez presente, recibirle el juramento de fidelidad conforme a derecho.
            Seguidamente, Ventura López expuso que la jurisdicción asignada en el partido de Areco no le resultaba conveniente, solicitando se considerase su actuación en el partido del Pilar, acordándose que presentase escrito formal para resolver lo que se estimase justo.
            Finalmente, se trató el abasto de carne, dejándose constancia de la excusación de Micaela Rodríguez, acordándose requerirle nuevamente para que proveyese a partir del martes 8 del corriente, y ratificándose el sistema rotativo de obligados conforme al acuerdo del 10 de febrero del año anterior, estableciéndose los turnos a cargo de Carlos José Bejarano, Juan Tomás Echeverría y Miguel de Peñalba.
            El acuerdo se cerró con la firma de los capitulares y del alcalde de la Santa Hermandad presentes.

            Sans titre