Propios y arbitrios

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Nota(s) sobre el alcance

  • Recursos económicos administrados por los cabildos para atender los gastos de la administración y las necesidades de la comunidad. Los propios estaban constituidos por bienes, rentas y derechos pertenecientes al Cabildo, mientras que los arbitrios correspondían a impuestos, tasas y otros ingresos establecidos para sufragar determinados gastos.

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            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID303 · Unidad documental simple · 1793-06-17
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 17 de junio de 1793.

            Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; Martín Lobo, regidor y defensor general de menores; y Juan Pablo López, regidor y defensor de pobres.

            Reunidos para el tratamiento de los asuntos de gobierno de la villa, el regidor decano y alcalde interino presentó un pliego remitido por la Contaduría de Propios. Abierto y leído en sesión, se informó que la Junta Superior solicitaba a este Cabildo una relación individual de los propios sobrantes y de los fondos existentes invertidos en la obra proyectada de las casas capitulares.

            Asimismo se requería informe sobre las asignaciones establecidas por el Cabildo del año anterior: cuarenta pesos al médico cirujano y dieciséis pesos al portero; así como noticia de los pleitos pendientes y de los beneficios que hubiesen resultado para la villa.

            Enterados de lo expuesto, los capitulares acordaron de común conformidad remitir el correspondiente informe a la Junta Superior conforme a lo solicitado. En cuanto a la asignación de cuarenta pesos al médico, manifestaron que la consideraban innecesaria, por cuanto la asistencia a presos y pobres de solemnidad debía prestarse gratuitamente, conforme a la práctica ordinaria de los facultativos. Respecto de los dieciséis pesos asignados al portero, estimaron que dicha retribución se hallaba justificada en atención al servicio puntual que prestaba.

            Del mismo modo resolvieron que se expidiese certificación a favor de Antonio Pereyra y Mariño, en reconocimiento de los méritos que alegaba haber contraído en servicio de este Cabildo.

            No habiendo otros asuntos que tratar, acordaron cerrar la sesión, mandando que se librase el informe solicitado y se remitiera con el despacho correspondiente a la Junta Superior,

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID601 · Unidad documental simple · 1809-11-17
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 17 de noviembre de 1809

            Reunidos en la sala capitular los señores Antonio Casal, alcalde ordinario y presidente; Manuel Antonio González, alguacil mayor; Andrés Migoya, regidor defensor general de menores; y Feliciano Torres, regidor defensor general de pobres, trataron asuntos concernientes al bien y utilidad de la república.

            En este estado, el alcalde ordinario informó que había dado cuenta al Excmo. señor virrey de la sentencia pronunciada sobre el decomiso de doscientos sesenta y siete cueros orejanos y de marcas no conocidas, destinados al fondo de propios de esta villa conforme a las reales órdenes vigentes. Expuso asimismo que, pese a ello, se había dictado una superior providencia ordenando la entrega de los cueros a los litigantes, sin haberse considerado la sentencia definitiva ya pronunciada y notificada.

            Manifestó también que, para evitar imputaciones de desobediencia a la superioridad, había procedido a la entrega de los cueros, aunque dejando constancia y protesta sobre la omisión de la sentencia en las actuaciones remitidas, lo que habría motivado la resolución favorable a los interesados.

            Enterados los señores capitulares, acordaron conferir poder especial a Francisco Castillote, vecino de Buenos Aires, para que, en representación de este Ilustre Cabildo, practique judicial y extrajudicialmente todas las diligencias necesarias para lograr la ejecución de la sentencia de decomiso y la efectiva aplicación de los cueros al fondo de propios de esta villa. Asimismo, dispusieron remitirle copia testimoniada de este acuerdo para el uso correspondiente.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID94 · Unidad documental simple · 1775-02-02
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 2 de febrero de 1775, con la presencia de Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Cabral, alcalde mayor; y Juan Pablo López Camelo, regidor decano.

            Reunidos para tratar asuntos relativos al bien común y utilidad pública, se dio lectura a una carta remitida por el procurador de la villa, en la que se informó que el Tribunal de Temporalidades había librado la suma de setenta y cinco pesos destinados al beneficio de la escuela pública. En virtud de ello, el Cabildo acordó que dicha cantidad fuese recibida por Pablo de Leyva, quien, en nombre del procurador, debía efectuar la entrega correspondiente, dejando constancia expresa en el recibo del cumplimiento del servicio debido.

            Asimismo, se dejó asentado que correspondía la entrega de veinticinco pesos correspondientes al año anterior de 1774, disponiéndose que dicha suma fuese abonada por el tesorero de propios.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID230 · Unidad documental simple · 1789-04-20
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de abril de 1789.

            En dicha fecha se reunieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Juan de Irrazábal, alguacil mayor; Antonio Vargas, regidor decano; Victorino Cheves, defensor general de menores; y José Ignacio Rodríguez, defensor de pobres.

            Durante la sesión se dispuso abrir el punto, quedando habilitada la continuación de las causas y demandas civiles que hasta ese momento se hallaban suspendidas.

            Asimismo, se trató sobre diversas maderas, utensilios y materiales sobrantes de la construcción del puente de la villa, cuyo destino y paradero se desconocía. Para esclarecerlo fue llamado el vecino Jacinto [Granados], quien presentó una relación de dichos efectos. Esta quedó en poder del alcalde Manuel de Pinazo para que realizase los cargos correspondientes y dispusiera su recuperación, por tratarse de bienes pertenecientes a los propios de la villa.

            Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los presentes.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID576 · Unidad documental simple · 1808-04-20
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de abril de 1808.

            Reunidos los señores capitulares en sala de acuerdos, se dispuso el cierre del punto para las causas civiles, quedando el juzgado habilitado únicamente para la atención de causas criminales.

            Seguidamente, se dio lectura a un oficio del señor intendente en el que acusa recibo de la solicitud elevada por este Cabildo para la asignación de propios de ordenanza a la villa, conforme a la Instrucción de Intendentes, manifestando que accederá a lo solicitado una vez concluidos los informes correspondientes.

            Enterados los capitulares, acordaron archivar dicho oficio para su debida constancia y seguimiento, en atención a la importancia del asunto para el desarrollo de la villa.

            Firman el acta: Manuel de la Riva [alcalde ordinario]; Manuel González [regidor decano]; Juan Luis Ramírez [defensor de menores]; Ramón Duro [defensor de pobres]; Mariano Rocha [alguacil mayor].

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID662 · Unidad documental simple · 1811-02-23
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 23 de febrero de 1811.

            Reunidos en la sala capitular el alcalde ordinario Esteban de Torres, el regidor decano Bonifacio Colman, el regidor defensor general de menores Estanislao José Aguirre y el regidor defensor general de pobres Salvador Aguirre, los capitulares trataron diversos asuntos vinculados a la administración de recursos y al abastecimiento de la villa.

            En primer lugar, analizaron el estado de las gestiones iniciadas ante el Superior Gobierno para obtener la asignación de pulperías prevista en el artículo 138 de la Real Instrucción de Intendentes. Advirtieron que el trámite se encontraba demorado debido a la falta de una relación detallada sobre las pulperías existentes en la jurisdicción. Para subsanar esta situación, resolvieron solicitar a los alcaldes de hermandad de los distintos partidos y al receptor de alcabalas información precisa sobre los establecimientos habilitados, excluyendo las pulperías volantes. Una vez reunidos estos datos, se remitirían al apoderado Francisco Ugarteche, residente en Buenos Aires, para que continuara las gestiones ante las autoridades superiores, manteniéndose además la asignación mensual que el Cabildo le había otorgado mientras durara su comisión.

            Seguidamente, abordaron la problemática del abasto de carne de la villa. Ante la decisión del abastecedor de abandonar el servicio y la falta de interesados en asumirlo pese a las convocatorias realizadas, el Cabildo dispuso que los hacendados de la jurisdicción se turnaran mensualmente para garantizar el suministro de carne a la población. Para asegurar el cumplimiento de esta medida, se facultó al alcalde ordinario a intimar a los hacendados designados y a imponer multas de veinticinco pesos a quienes se negaran a prestar dicho servicio.

            Con estas resoluciones concluyó la sesión.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID335 · Unidad documental simple · 1795-03-24
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 24 de marzo de 1795.

            Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Esteban de Torres, alguacil mayor.

            En la sesión los capitulares trataron en primer término el atraso que se observaba en la instrucción y enseñanza de la juventud de la Villa y su jurisdicción. Considerando que los bandos promulgados por cabildos anteriores para obligar la asistencia de los niños a la escuela no habían producido efecto, se acordó informar a la Real Audiencia del distrito acerca de lo sucedido desde el año de 1792 en relación con el establecimiento de la escuela y la decadencia en que se encontraba, exponiendo la importancia que para el público tenía la educación de los niños a cargo de una persona que desempeñase dicha función con celo y aplicación, así como el perjuicio que la situación actual ocasionaba a los propios del Cabildo.

            Seguidamente se abrieron varios despachos relativos a cuentas de propios de la Villa remitidos por capitulares de años anteriores. A la vista de la Real Cédula de 14 de septiembre de 1788 sobre la observancia de la ordenanza de la institución de intendentes, resolvieron consultar a la Real Audiencia acerca del procedimiento que debía seguirse conforme a dicha disposición. Entretanto, acordaron glosar las cuentas contenidas en los referidos despachos y ordenar el reintegro al fondo de propios de las partidas que se hubiesen efectuado sin arreglo a la planta e instrucción del código de intendentes, por considerarse que ello redundaba en beneficio del Cabildo.

            Finalmente trataron lo relativo al abasto de carnes de la Villa y resolvieron, para asegurar su mayor abundancia, señalar tres o cuatro hacendados de las más inmediatos y obligarlos a proveer el abasto según lo dispusiese el alcalde ordinario en la forma que estimase más conveniente al público.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID541 · Unidad documental simple · 1806-03-24
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de marzo de 1806.

            En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a veinticuatro días del mes de marzo de mil ochocientos seis años, se reunió el Cabildo, justicia y regimiento en su sala de acuerdos, con la asistencia de José Lino Gamboa, alcalde ordinario presidente; Valentín Olivares, alguacil mayor; Isidro Irrazábal, defensor general de menores; y Francisco González, defensor general de pobres.

            En la sesión se dio lectura a un pliego del superior gobierno en el que se ordena observar, en las elecciones anuales, la exclusión de administradores de postas, postillones y personas vinculadas al ramo de correos para los empleos concejiles, conforme a la normativa vigente.

            Asimismo, se leyó un oficio de Domingo Reinoso solicitando informe sobre distintos ramos de propios, arbitrios y bienes de comunidad, según lo dispuesto en la Instrucción de Intendentes. Enterados, los capitulares acordaron evacuar el informe conforme a lo solicitado y pedir el complemento del capítulo 13 de dicha instrucción. [Texto incompleto]

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID600 · Unidad documental simple · 1809-10-26
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de octubre de 1809

            Reunidos en la sala capitular los señores Antonio Casal, alcalde ordinario y presidente; Manuel Antonio González, alguacil mayor; Andrés Migoya, regidor defensor general de menores; y Feliciano Torres, regidor defensor general de pobres, trataron asuntos relativos al bien y utilidad de la república.

            En este estado, el alcalde ordinario hizo presente que se habían embargado trescientos cuarenta cueros vacunos en cumplimiento de los bandos publicados para contener los robos y contrabandos de dicha especie. Expuso asimismo que, hallándose la causa en estado de sentencia definitiva, había pronunciado auto en el que se disponía aplicar al fondo de propios los cueros orejanos y aquellos cuyas marcas no eran conocidas, que ascendían a doscientos sesenta y siete, además de otros nueve no reclamados.

            Enterados los señores capitulares, acordaron que, ejecutada la sentencia, se procediese a la venta de los mencionados cueros y que, deducidos los gastos correspondientes, el producido se incorporase a la caja de propios.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
            AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID778 · Unidad documental simple · 1813-04-28
            Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

            Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján del 28 de mayo de 1813. Informe sobre los propios y arbitrios del Cabildo

            En la villa de Nuestra Señora de Luján, a 28 de mayo de 1813, estando el Cabildo, Justicia y Regimiento en su sala de acuerdos, como lo han de costumbre, a saber: Carlos Belgrano, presidente; José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Nicolás Monsalvo, regidor decano; Patricio Peñalba, alguacil mayor; Miguel Ojeda, regidor defensor general de menores; y Francisco Mariano Martínez, regidor defensor general de pobres, juntos en su sala de acuerdo para tratar asuntos de su inspección.

            En este estado, se recibió un oficio del gobernador intendente, que comunicaba el soberano decreto de 21 de mayo por el cual se solicitaba una razón general de los propios y arbitrios de los Cabildos de las Provincias Unidas, con expresión de sus montos, aplicaciones y destino de los sobrantes. Enterados los señores del Cabildo, acordaron dar el debido cumplimiento e informar que los propios y arbitrios de esta Villa consistían en el paso del río y una cancha, ambos rematados anualmente al mejor postor y pagaderos por mitades semestrales. Asimismo, se informó que los sobrantes, por entonces escasos, se destinaban a la caja de tres llaves, para atender las reparaciones mayores del puente y de las casas capitulares.

            El informe fue remitido al señor gobernador intendente con fecha 15 de junio de 1813.

            Y no habiendo más que tratar, cerraron este acuerdo.

            Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján