Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

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      Villa de Luján

      Términos equivalentes

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID92 · Unidad documental simple · 1775-02-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján, celebrada el 13 de febrero de 1775. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Cabral; y Juan Pablo López Camelo, regidor decano.

        En la sesión, reunidos para tratar asuntos del bien común, se procedió a recibir y poner en posesión del cargo de defensor general de menores a Juan Irrazábal, a quien el regidor decano recibió el juramento de rigor, comprometiéndose el nombrado a ejercer fiel y legalmente el empleo conforme a derecho.

        Seguidamente, se recibió y se hizo entrega de la vara de justicia correspondiente al cargo de alcalde de la Santa Hermandad a Felipe Santiago Velasco, quien prestó juramento ante el regidor decano, obligándose a cumplir fiel y legalmente con dicho oficio.

        No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID179 · Unidad documental simple · 1781-02-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de febrero de 1781.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Antonio Pereyra y Mariño, Alonso González y Antonio Perelló, regidores, no habiendo concurrido Manuel de la Riva, alguacil mayor, por hallarse comisionado al reconocimiento de granos por orden superior.

        El alcalde hizo presente un decreto del virrey, fechado el 29 de enero anterior, acompañado de vista fiscal y carta, por el cual se ordenaba que en lo sucesivo no se pusiese en posesión a los electos sin previa confirmación del superior gobierno, y que se informase con qué facultad se proveían por elección los empleos de regidores. Leído el decreto, se dispuso el retiro de Antonio Pereyra y Mariño en obedecimiento a lo mandado, y se procedió a deliberar.

        El Cabildo acordó informar que la facultad de elegir anualmente los oficios concejiles se funda en el auto de erección y creación de la villa, otorgado en 1755 por José de Andonaegui, gobernador y capitán general de la provincia, y confirmado por real cédula en 1763, en el que se dispuso que los primeros oficios fuesen provistos por la superioridad y que en adelante se eligiesen anualmente por el Ayuntamiento conforme a la costumbre. Señaló asimismo los límites jurisdiccionales fijados en el acto de erección y la práctica constante observada desde entonces de elegir y recibir inmediatamente a los electos, sin que en años anteriores se hubiese objetado tal procedimiento.

        Manifestaron que, enterados del superior mandato, lo obedecerán en lo sucesivo, pero suplicaron se declare no haber incurrido en falta los capitulares por haber seguido la práctica observada desde la creación del Cabildo, y se sirva confirmar los oficios cuya aprobación quedó suspendida.

        No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluida la diligencia, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID181 · Unidad documental simple · 1781-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Ayuntamiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de febrero de 1781.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, alguacil mayor; Alonso González, defensor de menores; y Antonio Perelló, defensor de pobres, con el objeto de expedir certificación a favor de Cayetano José María de Roo, cura de almas y vicario foráneo de la villa y su jurisdicción, sobre los puntos expresados en su petición.

        El Cabildo, previo acuerdo unánime, certificó que durante los cuatro años y diez meses de su ministerio ha observado conducta ejemplar, distinguiéndose por su dedicación al servicio espiritual de sus feligreses, la armonía mantenida con las autoridades, su vida recogida y el ejercicio constante de la caridad, tanto en la asistencia a enfermos como en el socorro material y espiritual de los pobres.

        Hizo constar especialmente su proceder durante la peste de 1779, cuando destinó a medicinas para los necesitados la limosna otorgada para un novenario de misas; su intervención caritativa en entierros de limosna, incluso en ocasión de invasiones indígenas; y su celo en la administración diligente de los sacramentos, tanto a sanos como a enfermos, dentro y fuera de la villa, de día y de noche.

        Asimismo destacó su empeño en la enseñanza de la doctrina cristiana y la predicación del Evangelio, la instrucción de niños y adultos, y su actuación prudente y justa en el ejercicio del oficio de vicario, corrigiendo abusos con moderación cristiana.

        Finalmente, lo declaró eclesiástico digno de especial recomendación y acreedor a mayores premios por sus méritos, acordando entregarle el original de la certificación, previa copia en el libro de acuerdos, para los efectos que le convengan.

        No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID422 · Unidad documental simple · 1801-02-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de febrero de 1801.

        En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, regidor decano con la vara de justicia en depósito; Nicolás Escobar, alguacil mayor; y Ambrosio González, defensor general de pobres, con ausencia del alcalde ordinario y del defensor de menores por no haberse aún recibido de sus empleos.

        Durante la sesión comparecieron Juan José Lobo, confirmado para el empleo de defensor general de menores, y Romualdo Guriguri, confirmado como alcalde de la Santa Hermandad del partido de la Capilla del Señor. A ambos se les dio a conocer el auto de su confirmación, tras lo cual prestaron el juramento de estilo.

        En consecuencia, fueron puestos en posesión de sus respectivos empleos, asignándose al defensor de menores el asiento correspondiente en el Cabildo.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID584 · Unidad documental simple · 1809-02-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de febrero de 1809.

        En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a trece días del mes de febrero de mil ochocientos nueve años, reunidos los señores capitulares en su sala de acuerdos, con asistencia del alcalde ordinario presidente Manuel de la Riva, el defensor general de menores Andrés Migoya y Ramón Duro; hallándose ausentes los demás capitulares.

        Comparecieron Feliciano Torres y José Luis Carranza, confirmados respectivamente por el Excmo. señor virrey como defensor general de pobres y alcalde de la hermandad del partido del Pilar. Leídas sus confirmaciones, el alcalde presidente les recibió juramento conforme a derecho, prometiendo desempeñar fielmente sus empleos.

        En consecuencia, Feliciano Torres fue puesto en posesión del cargo de defensor general de pobres, ocupando el asiento correspondiente en el Cabildo; y José Luis Carranza recibió el bastón distintivo de alcalde de la hermandad del partido del Pilar, quedando reconocido en dicho empleo por el Cabildo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID585 · Unidad documental simple · 1809-02-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de febrero de 1809.

        Reunidos los señores capitulares en su sala de acuerdos, con asistencia del alcalde ordinario presidente Manuel de la Riva, el defensor general de menores Andrés Migoya y el defensor general de pobres Feliciano Torres.

        Compareció Antonio Casal, confirmado por el Excmo. señor virrey para el empleo de alcalde ordinario de la villa. El alcalde presidente le recibió el juramento de estilo, prometiendo desempeñar fielmente su cargo.

        En consecuencia, Antonio Casal fue puesto en posesión del empleo de alcalde ordinario, ocupando el asiento superior correspondiente en el Cabildo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID201 · Unidad documental simple · 1787-07-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de julio de 1787.

        En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Antonio Pereyra y Mariño, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; y Juan de Irrazábal, regidor defensor de menores.

        Durante la reunión se presentó un pliego del gobernador intendente que contenía la confirmación de los nombramientos de Martín Lobo como regidor decano y de Pablo Hernández como regidor defensor de pobres.

        Hallándose presente Martín Lobo, prestó juramento ante Antonio Pereyra y Mariño, comprometiéndose a ejercer fielmente su empleo, tras lo cual fue puesto en posesión de su cargo.

        No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID410 · Unidad documental simple · 1800-03-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de marzo de 1800.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Ventura López, regidor decano; y Nicolás Escobar, alguacil mayor, dejándose constancia de la inasistencia de Ambrosio González, regidor defensor general de pobres, por hallarse ausente.

        Durante la sesión, el regidor defensor general de menores, Estanislao Aguirre, presentó un pliego remitido por el superior gobierno, el cual, abierto y leído, contenía una representación elevada por el propio Aguirre contra los individuos de este Cabildo, acompañada de decreto que ordenaba informar al respecto. En atención a ser parte interesada, se dispuso que se retirase de la sala, y los capitulares acordaron extender el correspondiente informe, el cual, una vez concluido, sería remitido cerrado y sellado a la superioridad.

        Seguidamente, el cura párroco Vicente Montes presentó un escrito solicitando certificación de vida y costumbres, acompañado de interrogatorio para ser absuelto por personas principales de la villa. Enterados de ello, los señores acordaron conceder la certificación solicitada y encomendar al alcalde ordinario la recepción de la información testimonial correspondiente.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID465 · Unidad documental simple · 1803-03-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de marzo de 1803.

        En dicha fecha se reunieron José Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Nicolás Escobar, alguacil mayor; y Francisco Borja Espinosa, regidor defensor de menores.

        Durante la sesión mandó el Cabildo comparecer a Manuel Yáñez, quien, estando presente, fue enterado del despacho en que Su Excelencia se sirve confirmarlo por alcalde de la Santa Hermandad del partido de Areco.

        Enterado de su contenido, dijo que lo aceptaba y aceptó, prestando el juramento de usar bien y fielmente de dicho empleo, a su leal saber y entender.

        En cuya virtud, el señor alcalde le dio posesión, entregándole la insignia correspondiente de su empleo.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID307 · Unidad documental simple · 1793-09-13
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de septiembre de 1793.

        Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.

        El regidor decano expuso que, en atención a la presentación hecha a este Cabildo por varios padres de familia solicitando la reposición de Manuel Creu en el ministerio de maestro de primeras letras, dicha petición había sido dirigida al Ayuntamiento bajo el entendimiento de que este era el tribunal competente para resolverla. No obstante, señaló que, habiéndose recibido orden especial de su excelencia respecto de dicha reposición, correspondía remitir el pedimento al señor virrey para que, en vista de él, determinase lo que estimase más conveniente.

        Los capitulares declararon unánimemente su conformidad con el parecer del regidor decano y acordaron que se librase prontamente lo que correspondiese en el particular.

        Seguidamente, el regidor decano dio cuenta de una carta dirigida a este Cabildo por el excelentísimo señor virrey. Abierta y leída en altas e inteligibles voces, en ella ordenaba su excelencia que se procediese a la reposición de Manuel Creu en el ministerio de maestro de escuela.

        Enterados de su contenido, los capitulares manifestaron unánimemente su obediencia al superior mandato y acordaron que se procediese inmediatamente a dicha reposición, lo que se ejecutó en el mismo día de la fecha.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján