Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

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      Villa de Luján

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID113 · Unidad documental simple · 1776-03-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de marzo de 1776. Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; Pedro Álvarez, regidor decano; Carlos Romero, defensor de menores; y Miguel Rodríguez, defensor de pobres.

        En la sesión se dio cuenta de la presentación de la cuenta general de gastos realizada por Juan de Lezica, síndico procurador general de la villa, correspondiente a los desembolsos efectuados desde la fundación de la población. Examinada la documentación, el Cabildo la aprobó en forma unánime y ordenó su archivo y protocolización.

        Asimismo, el alcalde ordinario informó sobre dos asuntos tratados con el síndico procurador en Buenos Aires: la necesidad de trasladar el puente por los daños frecuentes causados por las crecientes del río, y la propuesta de construir una sala capitular, financiada con los productos del puente, como forma de compensación de los gastos realizados por Lezica en beneficio de la villa.

        La propuesta incluía la administración del puente por persona designada por Juan de Lezica hasta la cancelación de las sumas adeudadas y de los costos de construcción del nuevo puente y de la sala capitular, reservándose una asignación anual para el Cabildo destinada al maestro de escuela y a gastos públicos indispensables.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID485 · Unidad documental simple · 1804-06-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 3 de julio de 1804.

        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos el señor Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario, presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el regidor decano y el defensor general de menores propusieron tacha contra Andrés Castillo para que no tuviese voto en el Cabildo, a lo que el alcalde presidente y el alguacil mayor se opusieron, considerando que su oficio de carpintero no le impedía el ejercicio de su cargo.

        Seguidamente se trató el nombramiento de asesor letrado para el Cabildo y la Junta Municipal. No habiendo acuerdo entre los capitulares, el alcalde presidente hizo uso de su voto decisivo y nombró para dicho empleo a José Cayetano Pico. En igual forma, y ante la falta de unanimidad, designó a José Somellera para el reconocimiento de las cuentas que debían elevarse al superior gobierno.

        Asimismo, se acordó convocar mediante carteles públicos a personas interesadas en encargarse de la asistencia y manutención de los trabajadores del nuevo puente, debiendo el adjudicatario otorgar la correspondiente obligación y rendir cuentas documentadas.

        Finalmente, se dispuso que se saque testimonio del acuerdo y se remita a la superioridad con el correspondiente informe.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID483 · Unidad documental simple · 1804-06-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de junio de 1804.

        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos el señor Manuel de la Riva, alcalde ordinario; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.

        Durante la sesión se presentó un título de receptor de alcabalas para toda la jurisdicción, expedido por el excelentísimo señor virrey Rafael de Sobremonte. Visto el documento, fue obedecido y se dispuso su copia íntegra en el libro capitular, reconociéndose a Antonio Pereyra y Mariño en dicho empleo. Asimismo, se acordó comunicar esta disposición a los alcaldes de la Santa Hermandad mediante los correspondientes oficios, devolviéndose el título original a su portador.

        Seguidamente se dio lectura a un escrito de don Gaspar Contreras, rematador del puente, en el que solicitaba la suspensión del plazo de su contrato, por no haber podido percibir los derechos durante los primeros seis meses, y que se le concediese el goce por un tiempo equivalente una vez concluida la obra. Considerada la petición, los capitulares la estimaron justa y resolvieron diferir su resolución hasta la finalización del nuevo puente, a fin de garantizar el cumplimiento íntegro del remate.

        Finalmente, se acordó reservar los demás asuntos para el Cabildo del mes siguiente.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID684 · Unidad documental simple · 1811-07-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 30 de julio de 1811, con la asistencia de Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Andrés Castillo, regidor defensor de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor de pobres.

        En la sesión, el alcalde ordinario manifestó su preocupación por los excesos cometidos por algunos alcaldes de hermandad de la jurisdicción, quienes habrían intervenido en asuntos ajenos a sus atribuciones, propios de la administración ordinaria de justicia, ocasionando desorden en la tramitación de causas y diligencias dentro de los distintos partidos.

        Asimismo, señaló que se advertía una disminución en la intervención de los vecinos en asuntos judiciales ordinarios y en la formalización de escrituras, contratos y otras actuaciones civiles, circunstancia que consideró significativa dada la amplitud territorial de la jurisdicción de la villa.

        Ante esta situación, el Cabildo acordó dirigir oficios a los alcaldes de hermandad para recordarles que debían limitar su actuación a los asuntos comprendidos dentro de sus facultades, absteniéndose de intervenir en materias ajenas a su competencia, bajo apercibimiento de las responsabilidades correspondientes.

        Del mismo modo, se resolvió que dichos funcionarios remitiesen al Cabildo, antes del 15 de agosto siguiente, los expedientes formados durante su ejercicio, así como las escrituras, ventas, compras y demás contratos en que hubiesen intervenido, a fin de proceder a su examen y ordenamiento.

        Por último, se dejó constancia de la existencia de determinados efectos embargados, consistentes en cueros y sebo, cuya disposición quedaría sujeta a lo que resolviese la autoridad superior, aplicándose su producido conforme a las normas vigentes.

        Con lo que se concluyó este acuerdo, que firmaron por ante mí, de que doy fe.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID203 · Unidad documental simple · 1787-07-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de julio de 1787.

        En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Martín de Lobo, regidor decano; y Juan de Irrazábal, regidor.

        Durante la reunión se presentó una petición del predicador fray Domingo del Rosario Melo, religioso de la orden de Santo Domingo, quien manifestó hallarse próximo a regresar a la ciudad de Buenos Aires por disposición de sus superiores. Solicitó al Cabildo certificación sobre su conducta durante el tiempo que permaneció en la villa, debido a rumores y calumnias que, según expresó, podían perjudicar su reputación.

        El alcalde expuso que era público y notorio el cumplimiento diligente del religioso en las funciones de su ministerio, especialmente en el confesionario y el púlpito, así como su asistencia a enfermos y moribundos durante la peste que afectó a la villa el año anterior, servicio que incluso le ocasionó enfermedad. Señaló también su colaboración con el vicario del lugar y su participación en ejercicios espirituales durante la Cuaresma, destacando la paz, buen ejemplo y religiosidad con que se había conducido.

        Considerado lo expuesto, los capitulares manifestaron de común acuerdo que lo declarado por el alcalde era cierto y notorio, y resolvieron certificar favorablemente sobre la conducta del religioso, solicitando además a sus superiores que le dispensen su protección.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID654 · Unidad documental simple · 1811-01-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 30 de enero de 1811.

        El Cabildo recibió a don Francisco Rodríguez, quien había sido nombrado comisionado para el Partido de Areco con facultades para auxiliar en el control de la campaña, particularmente en la persecución de vagos, ladrones y otros delincuentes, así como en la vigilancia de las matanzas de ganado y otros abusos que perjudicaban el orden público.

        Reunidos los capitulares, se procedió a recibirle el juramento de práctica, mediante el cual se comprometió a desempeñar su cargo con fidelidad, legalidad, integridad y desinterés. Cumplida esta formalidad, fue puesto en posesión de su empleo y se le expidió el despacho correspondiente para el ejercicio de sus funciones.

        Con ello quedó formalizada su incorporación como juez comisionado del Partido de Areco, concluyéndose la sesión.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID538 · Unidad documental simple · 1806-01-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de enero de 1806.

        En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a treinta días del mes de enero de mil ochocientos seis años, se reunió el Cabildo, justicia y regimiento en su sala de acuerdos, con la asistencia de José Lino Gamboa, alcalde ordinario presidente; Valentín Olivares, alguacil mayor; y Francisco González, defensor general de pobres.

        Compareció Isidro Irrazábal, confirmado por el superior gobierno como defensor general de menores. Prestó el juramento de estilo ante el alcalde presidente y fue puesto en posesión del cargo, ocupando el asiento correspondiente y quedando reconocido en el ejercicio de su empleo.

        No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID786 · Unidad documental simple · 1813-12-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján del 30 de diciembre de 1813. Requerimiento de reintegro por reparos de la cuenta de propios y arbitrios de 1812.

        En la villa de Nuestra Señora de Luján, a 30 de diciembre de 1813, estando el Cabildo, Justicia y Regimiento junto en su sala de acuerdos, según lo han de costumbre, a saber: José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Nicolás Monsalbe, regidor decano; Miguel Ojeda, regidor defensor general de menores; Patricio Peñalba, alguacil mayor; y Francisco Mariano Martínez, regidor defensor general de pobres.

        En este estado, se recibió un pliego del Tribunal de Cuentas, por el que se remitía testimonio del auto dictado el 16 de diciembre sobre los reparos resultantes de la glosa y fenecimiento de la cuenta de propios y arbitrios de esta Villa correspondiente al año 1812, solicitando la contestación y certificación de los reintegros efectuados.

        Enterados los señores del Cabildo, acordaron hacer comparecer a José Estanislao Aguirre para que exhibiese la cantidad que, según los reparos de dicha cuenta, debía reintegrar por la administración de los propios y arbitrios del Cabildo correspondiente al año 1812, presentada por él.

        Y no habiendo más que tratar, cerraron este acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID457 · Unidad documental simple · 1802-12-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de diciembre de 1802.

        En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario y presidente; Martín Lobo, regidor decano; Pascual Aybar, regidor defensor de menores; Juan Fernández, regidor defensor general de pobres; y Patricio Peñalba, alguacil mayor.

        Durante la sesión, el presidente propuso proceder conforme al estilo anual a la proposición de sujetos para el empleo de alcalde ordinario del año siguiente. Enterados los capitulares, acordaron que se propusiesen personas de reconocida idoneidad y buena conducta.

        En consecuencia, quedaron propuestos para dicho empleo José Gerónimo Colman, Juan López y Pedro Nolasco Montenegro, con conformidad unánime de los presentes.

        Finalmente, acordaron suspender el acuerdo para continuar la votación el día primero de enero próximo.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID30 · Unidad documental simple · 1772-12-30
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de diciembre de 1772, en la que se trató la calificación de los votos del ayuntamiento como instancia previa a la elección del alcalde ordinario de la Villa. Se dejó constancia de la ausencia del regidor Juan Antonio Hernández, quien se hallaba fuera de la Villa por orden del capitán general, y se consideraron los posibles impedimentos legales para la intervención de los miembros del ayuntamiento en el proceso electoral, mencionándose la participación del alcalde ordinario en funciones en cuentas del Real Erario. Analizados los antecedentes, se declaró hábiles para votar a los restantes integrantes. Asimismo, se registró la propuesta de Pedro José Ponce, Bernardo Gálvez y Diego de Ponce como candidatos al cargo de alcalde ordinario. El acta dejó constancia de que el acuerdo se cerró sin escribano público, actuando un regidor como fedatario circunstancial, y fue firmada por los miembros presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján