Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

Nota(s) sobre el origen

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      Términos jerárquicos

      Villa de Luján

      Términos equivalentes

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID35 · Unidad documental simple · 1773-01-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de enero de 1773 en la sala destinada a acuerdos, con la presencia de Tomás de Torres, regidor decano, y Antonio Vargas, alguacil mayor.

        Reunidos para tratar asuntos relativos al bien común, se procedió a la entrega de la real vara de justicia y a la toma de posesión del cargo de alcalde ordinario electo. Hallándose la real vara de justicia bajo depósito del alguacil mayor Antonio Vargas, el regidor decano Tomás de Torres recibió el juramento de fidelidad de Diego de la Cruz, alcalde ordinario electo, conforme a la forma acostumbrada.

        Prestado el juramento, se le hizo entrega de la real vara de justicia, quedando Diego de la Cruz formalmente recibido y en posesión de su oficio.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID441 · Unidad documental simple · 1802-01-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de enero de 1802.

        En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Pascual de Aybar, defensor de menores; y Juan Fernández, defensor general de pobres.

        Durante la sesión compareció Juan José Muñoz, vecino de la jurisdicción, a quien se le hizo saber su confirmación en el empleo de alcalde de la Santa Hermandad del partido de San Lorenzo de Navarro. Enterado de ello, aceptó el cargo y prestó el juramento correspondiente, comprometiéndose a desempeñarlo con celo y justicia.

        En consecuencia, fue puesto en posesión de su empleo, entregándosele el bastón como insignia de la vara de justicia, quedando formalmente recibido en su oficio.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID765 · Unidad documental simple · 1813-01-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján del 20 de enero de 1813. Posesión de Nicolás Amarilla como alcalde de hermandad

        Estando reunidos en la sala de acuerdos Carlos Belgrano, presidente; José Lino Gamboa, alcalde ordinario; y Patricio Peñalba, alguacil mayor, se presentó Nicolás Amarilla, electo alcalde de hermandad de la frontera de Luján y confirmado por el Superior Gobierno para dicho empleo.

        A efecto de ponerlo en posesión de su cargo, se le recibió el juramento acostumbrado según forma de derecho, por el cual prometió cumplir fiel y legalmente con el empleo de alcalde de hermandad de dicha frontera. Prestado el juramento, quedó puesto en posesión de su empleo.

        Con lo que se cerró el acuerdo, que fue firmado por Carlos Belgrano, José Lino Gamboa, Patricio Peñalba y Nicolás Amarilla.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID226 · Unidad documental simple · 1789-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de febrero de 1789.

        En dicha fecha se reunieron Antonio Vargas, regidor decano; Juan de Irrazábal, alguacil mayor; y José Ignacio Rodríguez, defensor de pobres. No concurrió Victorino Cheves, defensor general de menores.

        Durante la sesión se dispuso recibir y poner en posesión del empleo de alcalde ordinario al maestre de campo Manuel de Pinazo, quien había sido previamente confirmado en dicho cargo por el virrey. Hallándose presente, prestó el juramento correspondiente de ejercer el oficio bien y fielmente, administrando justicia sin distinción de personas, tras lo cual el regidor decano Antonio Vargas le entregó la vara de la Real Justicia y lo colocó en el asiento que le correspondía como alcalde ordinario.

        Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID408 · Unidad documental simple · 1800-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de febrero de 1800.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Nicolás Escobar, alguacil mayor; y Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores, dejándose constancia de la inasistencia de Ambrosio González, defensor general de pobres.

        Durante la sesión, compareció Ventura López, quien había sido convocado para recibirse del empleo de regidor decano, en el que se hallaba confirmado por el superior gobierno. Enterado del decreto correspondiente, manifestó su aceptación del cargo, comprometiéndose a ejercerlo fielmente.

        En consecuencia, prestó el juramento de estilo en manos del alcalde ordinario y fue puesto en posesión del empleo, asignándosele el lugar correspondiente como regidor decano dentro del Cabildo.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID588 · Unidad documental simple · 1809-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de febrero de 1809.

        En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a veinte días del mes de febrero de mil ochocientos nueve años, reunidos en la sala capitular los señores Antonio Casal, alcalde ordinario y presidente; Juan Antonio Corro, regidor decano; Andrés Migoya, defensor general de menores; y Feliciano Torres, defensor general de pobres; con ausencia del alguacil mayor por hallarse en diligencias de su ministerio.

        Los capitulares trataron sobre el abandono en que se encontraban los intereses públicos de la villa y acordaron restablecer la celebración regular de acuerdos en los días prevenidos, señalando que la falta de observancia de esta práctica había perjudicado el buen gobierno, la policía, la agricultura y la cría de ganados. Asimismo, dispusieron que el alcalde presidente propusiera en las sesiones los asuntos que debían tratarse con preferencia y que, en los casos necesarios, se recurriera al superior gobierno para obtener las autorizaciones correspondientes.

        El alcalde presidente informó luego sobre lo ocurrido en la Junta Municipal del día dieciocho del corriente, convocada para reconocer el estado ruinoso de la Casa Capitular y de la cárcel y disponer sus reparos. Expuso que Domingo Maqueda, quien ejercía como escribano, incurrió en reiteradas dificultades al extender el acta por su deficiencia auditiva y que, pese a las órdenes de los vocales para corregir y completar lo acordado, se negó obstinadamente a hacerlo, abandonando la reunión de manera irrespetuosa.

        En vista de ello, los capitulares resolvieron separar y excluir a Domingo Maqueda del ejercicio de escribano, fundándose tanto en su incapacidad y casi total sordera como en los perjuicios que atribuían a su actuación en los años anteriores.

        Igualmente acordaron disponer medidas para el arreglo de caminos y aguadas, así como destinar terrenos para el pastoreo de las bestias del servicio público.

        Durante la sesión se recibió un oficio del Excmo. señor virrey, fechado el dieciocho del corriente, en el que se solicitaba informe sobre la supuesta suspensión de Domingo Maqueda del empleo de escribano. Enterados de ello, los capitulares acordaron remitir el informe correspondiente acompañado de copias de los acuerdos y demás testimonios que justificaban la separación de Maqueda, sosteniendo que dicha medida era necesaria para el mejor desempeño del Cabildo y la administración de justicia.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID587 · Unidad documental simple · 1809-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de febrero de 1809.

        En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a veinte días del mes de febrero de mil ochocientos nueve años, reunidos los señores del Cabildo, Justicia y Regimiento para poner en posesión a Francisco Iglesias del empleo de alcalde de la Santa Hermandad del partido del Pilar, para el cual había sido nombrado por el Cabildo y confirmado por el Excmo. señor virrey.

        El alcalde presidente le recibió juramento conforme a derecho, prometiendo desempeñar fiel y celosamente su cargo. En consecuencia, se le dio posesión del empleo, entregándole la vara como insignia de autoridad.

        Firman el acta: Antonio Casal [alcalde ordinario]; Andrés Migoya [defensor general de menores]; Feliciano Torres [defensor general de pobres]; Francisco Iglesias [alcalde de la Santa Hermandad del partido del Pilar].

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID661 · Unidad documental simple · 1811-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 20 de febrero de 1811.

        Reunidos en la sala de acuerdos Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Estanislao José Aguirre, regidor defensor general de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor general de pobres, con ausencia del alguacil mayor, trataron asuntos relacionados con la provisión de cargos concejiles de la villa.

        Durante la sesión se dio lectura a un oficio remitido por la Excma. Junta Gubernativa de las Provincias, mediante el cual se comunicaba la confirmación de Andrés Castillo en el cargo de regidor defensor general de menores para el año 1811. La disposición superior ordenaba que, una vez prestado el juramento correspondiente, se le pusiera en posesión y ejercicio efectivo de dicho empleo.

        Enterados de la resolución, los capitulares acordaron que el alcalde ordinario le dirigiera un oficio citándolo a comparecer a la mayor brevedad ante la sala capitular, con el objeto de prestar juramento y asumir formalmente las funciones de regidor defensor general de menores.

        Con ello se dio por concluida la sesión.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID488 · Unidad documental simple · 1804-07-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de julio de 1804.

        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos el señor Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el regidor decano presentó un pliego dirigido a este Cabildo, el cual, abierto y leído, contenía una carta acordada con auto del superior gobierno en la que se exhortaba a proseguir con eficacia la obra del puente, conforme a lo ya dispuesto; se indicaba que, en lo relativo a su dirección, se procediese según lo ordenado, pudiendo recurrirse a letrados de la capital en caso necesario; se disponía la remisión de las cuentas correspondientes; y se apercibía a los señores Juan José Lobo y Ambrosio González para que cesasen en sus disputas, bajo prevención de adoptarse medidas en su contra.

        Enterados de su contenido, los capitulares acordaron por unanimidad obedecer y cumplir lo mandado, disponiendo la pronta remisión de las cuentas y la ejecución de los pagos correspondientes con sus respectivos comprobantes.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID75 · Unidad documental simple · 1774-06-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de junio de 1774, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa, del regidor decano José de Cheves y de los regidores José Braulio de Torres y Francisco Aparicio.

        En la sesión, el alcalde ordinario presentó los autos seguidos por el procurador general y vecinos de la Villa sobre la prohibición de sementeras en estancias, acompañados de una providencia del gobernador y capitán general. En ella, la autoridad superior señaló la falta de distinción precisa de terrenos y calificó de apresurada la providencia anterior, ordenando que se delimiten los parajes aptos para sementeras y que, de sembrarse en estancias, se haga bajo cerco, conforme a lo ya acordado.

        A fin de proceder con mayor conocimiento, el Cabildo acordó convocar a uno o dos sujetos de cada pago, tenidos por personas competentes, para que informen sobre la adecuada distinción de terrenos.

        Asimismo, se trató lo relativo al ramo de alcabalas, en razón de hallarse en la Villa Juan Bautista Echevarría realizando la cobranza del real derecho, acordándose escribir al procurador general para que determine lo que estime conveniente.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján