Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

Nota(s) sobre el origen

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      Términos jerárquicos

      Villa de Luján

      Términos equivalentes

      Villa de Luján

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      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luxan

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID750 · Unidad documental simple · 1812-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 24 de diciembre de 1812

        En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a 24 de diciembre de 1812, el Cabildo, Justicia y Regimiento, reunido en su sala de acuerdo como lo tiene de costumbre, a saber: Carlos Belgrano, presidente; Estanislao José Aguirre, alcalde ordinario; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; y Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores, dejando constancia de que no concurrió el regidor defensor general de pobres por hallarse enfermo.

        En este estado, el alcalde ordinario hizo presente que era día de visita general de cárcel, manifestando que en ella se encontraban dos reos, Domingo Ledesma y Bartolo Verón. Respecto del primero, se hallaba la causa en vista fiscal, mientras que la del segundo se encontraba en requisitoria para la averiguación del delito cometido. En virtud de ello, el Cabildo determinó que ambos continuasen en prisión hasta la conclusión de sus respectivas causas.

        Concluida la visita, mandaron cerrar el punto de las causas civiles y ejecutivas, dejándolo abierto y expedito únicamente para las causas criminales.

        No habiendo más que tratar, concluyeron sus señorías este acuerdo, que firmaron por ante sí.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID697 · Unidad documental simple · 1811-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 24 de diciembre de 1811, con la asistencia de Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Andrés Castillo, regidor defensor general de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor general de pobres.

        En la sesión, el alcalde ordinario expuso que, conforme a la costumbre observada por el Cabildo, correspondía cerrar el despacho de las causas civiles con motivo de las festividades. Los señores capitulares acordaron por unanimidad disponer el cierre del juzgado para los asuntos civiles, manteniéndose únicamente habilitado para el conocimiento y despacho de las causas criminales.

        Una nota marginal incorporada posteriormente dejó constancia de que, por un olvido al extender el acta, no se había asentado el acuerdo relativo a la visita de cárcel practicada antes del cierre del despacho. En dicha visita se verificó que solo se encontraba un individuo preso, detenido a petición de parte, dándose por cumplida la diligencia y ordenándose dejar la correspondiente constancia en el libro de acuerdos.

        Con lo que se dio por concluido el acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID642 · Unidad documental simple · 1810-12-14
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1810.

        Reunidos en la sala de acuerdos los señores Andrés de Migoya, alcalde ordinario y presidente; Esteban de Torres, regidor decano; Francisco Rocha, alguacil mayor; y Estanislao Aguirre, defensor general de menores, con ausencia del defensor general de pobres, trataron asuntos vinculados a la administración de justicia.

        El alcalde Andrés de Migoya informó que había concluido la comisión encomendada por el Superior Gobierno que había motivado su ausencia de la villa. En consecuencia, el cabildo dispuso la restitución de la vara de justicia que se hallaba depositada en el regidor decano, quedando nuevamente en posesión y ejercicio de su cargo.

        Asimismo, se acordó cerrar el punto judicial para las causas ordinarias y ejecutivas, manteniéndose únicamente la atención de los asuntos criminales, conforme a la costumbre.

        Finalmente, se dejó constancia de la visita de cárcel practicada antes del cierre del punto, en la que se hallaron tres reos con causas criminales aún sin concluir. El cabildo resolvió que permanecieran detenidos en la cárcel pública hasta la terminación de sus procesos.

        Con lo cual concluyeron el acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID563 · Unidad documental simple · 1807-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1807.

        En dicha fecha se reunieron Martín Lobo, alcalde ordinario y presidente; Antonio Casal, regidor decano; Valentín Olivares, alguacil mayor; y Manuel Colman, regidor defensor general de menores..

        Durante la sesión, el alcalde presidente señaló que correspondía, conforme a la práctica del Cabildo, cerrar el punto en lo contencioso civil y proceder a la visita de cárcel, a fin de atender la situación de los presos.

        Enterados, los capitulares acordaron dar por cerrado el despacho de asuntos civiles, manteniendo expedita la jurisdicción criminal, y disponer la visita de los presos. No obstante, el alguacil mayor informó que no había detenidos en la cárcel, teniéndose por cumplida la diligencia.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID511 · Unidad documental simple · 1804-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1804.

        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos el señor Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.

        Durante la sesión se dispuso, conforme a la práctica habitual, el cierre del juzgado para las causas civiles, quedando abierto únicamente para las criminales. Asimismo, se dejó constancia de que no se realizó la visita de cárcel por no haber presos.

        Seguidamente, considerando haberse consumido los dos mil pesos destinados a la obra del puente, se acordó solicitar al coronel Nicolás de la Quintana un nuevo suplemento de mil pesos, bajo las mismas condiciones, y otorgar la correspondiente obligación. También se encomendó al alguacil mayor gestionar personalmente dicho auxilio en la ciudad y, en caso de obtenerlo, aplicar los fondos al pago de deudas pendientes, en particular a favor de Diego Garrido por suministro de madera.

        Finalmente, se dispuso satisfacer las costas causadas conforme a lo ordenado.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID456 · Unidad documental simple · 1802-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1802.

        En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Pascual Aybar, regidor defensor de menores; y Juan Fernández, regidor defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el presidente propuso cerrar el punto conforme a la práctica del Cabildo, señalando que no existían presos ni causas criminales pendientes, por lo que podía omitirse la visita de la cárcel.

        Enterados los capitulares, acordaron unánimemente cerrar el punto para todas las causas civiles y ejecutivas, dejándolo abierto únicamente para las causas criminales.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID434 · Unidad documental simple · 1801-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1801.

        En dicha fecha se reunieron Manuel de la Riva, alcalde ordinario; José Lino Gamboa, regidor decano; Isidro Irrazábal, alguacil mayor; y Juan López Camelo, defensor general de menores. Se deja constancia de la inasistencia de Manuel González, defensor general de pobres, por no hallarse en la villa pese a haber sido citado.

        Durante la sesión, el alcalde ordinario propuso, conforme a la costumbre, proceder al cierre del punto y a la visita de la cárcel con motivo de las fiestas de la Natividad. Enterados los capitulares, acordaron unánimemente dar por cerrado el punto para todas las causas civiles y ejecutivas, quedando únicamente expedito el despacho de las causas criminales.

        Seguidamente se realizó la visita de cárcel, informando el alguacil mayor que no había preso alguno, lo que fue verificado por los capitulares al reconocer las prisiones y calabozos.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID417 · Unidad documental simple · 1800-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1800.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Ventura López, regidor decano; Nicolás Escobar, alguacil mayor; y Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores, dejándose constancia de la inasistencia de Ambrosio González, defensor general de pobres, por hallarse ausente.

        Durante la sesión, se dio lectura a una orden del superior gobierno por la cual se disponía que este Cabildo satisfaga la suma de noventa y cuatro pesos correspondientes a los portes de la correspondencia de oficio. Enterados de su contenido, el alcalde ordinario, el regidor decano y el alguacil mayor acordaron dar cumplimiento a lo mandado y efectuar el pago; en tanto que el defensor general de menores manifestó su oposición, ratificando lo expuesto en el acuerdo celebrado el día quince del corriente.

        Seguidamente, los capitulares practicaron la visita de la cárcel, en la que se halló un solo preso, Mariano Escovedo, detenido por haber robado una niña y haberse fugado de la cárcel. Considerando la falta de letrados en la villa para la prosecución de su causa, acordaron que sea remitido a disposición de la superioridad para su correspondiente sustanciación.

        Asimismo, conforme a la práctica del Cabildo, resolvieron cerrar el punto para todas las causas civiles y ejecutivas, dejando únicamente expedito el despacho de las causas criminales.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID418 · Unidad documental simple · 1800-12-31
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 31 de diciembre de 1800.
        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Ventura López, regidor decano; Nicolás Escobar, alguacil mayor; Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores; y Ambrosio González, defensor general de pobres, con el objeto de tratar la elección del alcalde ordinario y demás empleos concejales para el año siguiente.
        Durante la sesión, antes de proceder a la propuesta de candidatos, se realizó la calificación de votos, resultando todos los asistentes hábiles para intervenir en la elección. Sin embargo, al iniciarse el escrutinio, el alcalde ordinario formuló objeciones contra Estanislao Aguirre, quien a su vez presentó reparos contra aquel, originándose una prolongada discusión entre ambos sin lograrse acuerdo.
        Ante esta situación, el regidor decano dispuso que ambos se retirasen de la sala, y los capitulares restantes acordaron, de común acuerdo, excluirlos de la presente elección, en atención a la discordia existente y a la falta de asesor que resolviese las objeciones planteadas, continuando el procedimiento únicamente con los miembros considerados hábiles.
        En consecuencia, se procedió a proponer candidatos para el empleo de alcalde ordinario del año próximo: el regidor decano propuso a Manuel de la Riva, el alguacil mayor a Manuel de la Riva y el defensor general de pobres a Manuel de la Riva. Concluidas las propuestas, los capitulares resolvieron diferir la elección para el día siguiente, a fin de realizarla conforme a derecho.
        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID396 · Unidad documental simple · 1799-12-24
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1799.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; Bonifacio Colman, alguacil mayor; Juan López Camelo, regidor defensor general de menores; e Isidro Irrazábal, regidor defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el alcalde propuso practicar la visita general de cárcel, conforme a la costumbre anual previa al cierre del punto. En su cumplimiento, hicieron comparecer a los cuatro presos existentes en la prisión y, examinadas sus causas, resolvieron mantener en prisión a Silvestre Melo, procesado por un delito de carácter criminal; a Pablo Cabrera, detenido por orden del vicario eclesiástico por maltrato a su mujer; y a Manuel Rodríguez, preso por falta de respeto al alguacil mayor, a quien se le continuó la detención como medida de corrección. En cuanto a Nicolás Juárez, condenado por provocar una pelea y habiendo cumplido la pena impuesta de un mes de trabajo en la cadena, acordaron ponerlo en libertad.

        Concluida la visita, dispusieron cerrar el punto para todas las causas civiles y ejecutivas, dejándolo expedito únicamente para las causas criminales.

        Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján