Villa de Luján

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  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

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      Villa de Luján

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID504 · Unidad documental simple · 1804-11-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de noviembre de 1804.
        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario, presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.
        Durante la sesión el regidor decano dio cuenta de un pliego del superior gobierno, en el que se advertía que la Junta Municipal se había excedido en el nombramiento de asesor en la persona de don José Ugarteche, ordenándose que no se haga tal designación y que cada individuo pueda asesorarse privadamente. Asimismo, se mandaba dar pronto despacho a las cuentas pendientes y exigir a los responsables el pago de los costos ocasionados.
        Seguidamente se abrió otro pliego relativo a la construcción del puente y a la rendición de cuentas, en el que se disponía que la suma de ciento cuarenta y cinco pesos y tres reales, resultante de la tasación practicada, se satisfaga de los propios del Cabildo y se remita oportunamente para su distribución.
        Enterados los capitulares, acordaron unánimes obedecer en todas sus partes lo dispuesto por el superior gobierno.
        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID433 · Unidad documental simple · 1801-11-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de noviembre de 1801.

        En dicha fecha se reunieron Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario; Ignacio Lino Gamboa, regidor decano; Isidro Irrazábal, alguacil mayor; Juan López Camelo, defensor general de menores; y Manuel González, defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el alcalde ordinario presentó los autos seguidos a instancia de Rafael Fuentes contra el regidor decano, acompañados del dictamen emitido por el licenciado Cayetano Pico, designado como asesor. Leído dicho parecer, los capitulares, unánimes y conformes, acordaron adherir a lo dictaminado.

        En consecuencia, resolvieron que el alcalde ordinario, en nombre del Cabildo, remita los autos en consulta a la Real Audiencia de Buenos Aires, debidamente cerrados y sellados, conforme a lo aconsejado por el asesor.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 20 de mayo de 1811]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID677 · Unidad documental simple · 1811-05-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 20 de mayo de 1811, con la asistencia de los señores Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Andrés Castillo, regidor defensor de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor de pobres.

        Se acordó que el día veinticinco del presente mes se cumpliría un año desde la instalación de la Junta Gubernativa de estas Provincias, motivo por el cual se consideró conveniente disponer actos de regocijo público en celebración de dicha fecha.

        En consecuencia, se resolvió que se celebre una función solemne en la iglesia parroquial de la villa, con misa y tedeum, y que durante la noche se iluminen los edificios y plazas, conforme a la costumbre en tales ocasiones, a fin de manifestar el regocijo del vecindario.

        Asimismo, se determinó que se pasase oficio a los alcaldes de hermandad para que en sus respectivos partidos se hicieran algunas demostraciones de regocijo en memoria del aniversario de la Excelentísima Junta.

        Del mismo modo, se dispuso dar aviso a los vecinos para que participen de dichas celebraciones y que se practiquen las demostraciones de alegría correspondientes, debiendo comunicarse oportunamente a este Cabildo lo que se ejecutare en cumplimiento de lo acordado.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 20 de mayo de 1809]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID594 · Unidad documental simple · 1809-05-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de mayo de 1809.

        En la Villa de Luján, a veinte días del mes de mayo de mil ochocientos nueve años, se reunieron en sala capitular los señores don Antonio Casal, alcalde ordinario y presidente; don Juan Antonio Corro, regidor decano; don Manuel Antonio González, alguacil mayor; don Andrés Migoya, regidor defensor general de menores; y don Feliciano Torres, regidor defensor general de pobres, para tratar los asuntos concernientes al bien público.

        En este estado, el señor alcalde ordinario expuso que, hallándose enfermo y necesitando trasladarse por algunos días a la Capital para atender a su restablecimiento, correspondía depositar la vara de la Real Justicia en el regidor decano a quien perteneciese por antigüedad, a fin de que no se suspendiese la administración de justicia durante su ausencia.

        Enterados los señores capitulares, acordaron acceder a lo solicitado y depositaron la vara y autoridad de alcalde ordinario en el señor regidor correspondiente.

        No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 20 de mayo de 1774]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID74 · Unidad documental simple · 1774-05-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el día 20 de mayo de 1774, en la sala destinada a los acuerdos, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa, del regidor decano José de Cheves y del regidor Franciscoo Aparicio.

        En la sesión, el diputado de las obras públicas Pedro Franco de Torres presentó las cuentas de la composición del puente de la villa. Examinadas por los capitulares, se acordó librar al tesorero Pedro Pablo de Leyva el pago del saldo adeudado y archivar el libro de cuentas firmado por el diputado. Asimismo, se resolvió que no se realizasen nuevas reparaciones en el puente sin previo acuerdo del Cabildo.

        Seguidamente, Nicolás de Arias presentó un memorial solicitando estipendio por los trabajos que realizaba para el ayuntamiento. Tratada la petición, se acordó asignarle un salario de seis pesos por el término de un año, obligándose a ejecutar los trabajos que el Cabildo le encomendase.

        No habiendo otros asuntos, se dio por concluido el acuerdo, firmando los capitulares presentes, actuando por ante sí.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID712 · Unidad documental simple · 1812-03-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 1 de abril de 1812, con la asistencia de Estanislao José Aguirre, alcalde ordinario; Juan Luis Ramírez, alguacil mayor; Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores; y Mariano Galeano, regidor defensor general de pobres.

        En la sesión, los señores capitulares trataron el contenido del oficio del señor Gobernador Intendente de la Provincia de Buenos Aires, recibido por intermedio del alférez de Dragones don José Latorre, por el cual se comunicaba que el señor Manuel Ramón Basabe, regidor decano de este Cabildo, debía ser conducido a la ciudad de Buenos Aires y puesto a disposición del Superior Gobierno.

        Considerando que la ausencia del referido regidor decano, quien integraba la Junta Municipal de este Ayuntamiento, podía dejar incompleto el cuerpo capitular y dificultar la administración de los intereses de esta Municipalidad, acordaron nombrar a uno de los individuos oficiales de este Consejo para que desempeñase sus funciones durante el tiempo que permaneciese ausente.

        Realizada la elección, y habiendo recaído por igualdad de votos en el señor Juan Luis Ramírez, alguacil mayor, resolvieron que se le entregasen los libros de Propios de esta Villa, a fin de que tomase conocimiento del caudal existente y de las obligaciones correspondientes, poniéndose a su disposición el estado que debía obrar en el libro de Juntas Municipales. Asimismo, determinaron que se efectuase el recuento del caudal que quedaba bajo su custodia, dejando constancia de ello en el acuerdo correspondiente.

        Finalmente, acordaron que el presente acuerdo fuese agregado en original al Libro Capitular correspondiente al año en curso, para los efectos que conviniesen.

        Con lo que se dio por concluido el acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID278 · Unidad documental simple · 1792-03-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de marzo de 1792.
        Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, regidor defensor de pobres.

        Durante la sesión, el alcalde dio cuenta de una carta remitida por Gaspar de Contreras, en su carácter de apoderado de este Ilustre Ayuntamiento. Leída en altas e inteligibles voces, su contenido se reducía a dos puntos principales. El primero, informaba sobre las diligencias practicadas en relación con la secuela y conclusión del pleito pendiente acerca de la jurisdicción de la Villa y el nombramiento de los jueces que debían ser prevenidos por el alcalde ordinario y no por otra autoridad. El segundo, trataba sobre la localización de un sujeto apto para desempeñarse como maestro de escuela, quien pretendía ordenarse de clérigo a título de los cien pesos anuales asignados por este Cabildo como subsidio al magisterio.

        Considerados ambos asuntos, los capitulares, unánimes y de común acuerdo, resolvieron que, en cuanto al pleito jurisdiccional, el apoderado no perdiera tiempo alguno y realizara las presentaciones y postulaciones necesarias ante el excelentísimo señor virrey, a fin de asegurar que el alcalde ordinario de la Villa, y ningún otro, fuese quien nombrara los jueces correspondientes a su jurisdicción.

        Respecto del segundo punto, acordaron asegurar al pretendiente que no le faltarían los cien pesos anuales asignados al magisterio, y que, si el Ilustrísimo Obispo resolviera ordenarlo a título de dicha escuela, se otorgara la escritura de obligación correspondiente, sirviendo esta de fundamento para la colación y expedición del título, cuya copia debería remitirse para tal efecto.

        Finalmente, teniendo presente que el poder conferido a Gaspar de Contreras era general para representar al Cabildo ante el excelentísimo señor virrey en cuantos asuntos se ofrecieran, sin necesidad de expedir uno especial para cada caso, se dispuso comunicarle tal circunstancia por carta del alcalde, archivándose asimismo la misiva recibida para los efectos que correspondan.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID75 · Unidad documental simple · 1774-06-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de junio de 1774, con la presencia del alcalde ordinario Pedro Dionisio Yogues, del alguacil mayor Gavino de la Rosa, del regidor decano José de Cheves y de los regidores José Braulio de Torres y Francisco Aparicio.

        En la sesión, el alcalde ordinario presentó los autos seguidos por el procurador general y vecinos de la Villa sobre la prohibición de sementeras en estancias, acompañados de una providencia del gobernador y capitán general. En ella, la autoridad superior señaló la falta de distinción precisa de terrenos y calificó de apresurada la providencia anterior, ordenando que se delimiten los parajes aptos para sementeras y que, de sembrarse en estancias, se haga bajo cerco, conforme a lo ya acordado.

        A fin de proceder con mayor conocimiento, el Cabildo acordó convocar a uno o dos sujetos de cada pago, tenidos por personas competentes, para que informen sobre la adecuada distinción de terrenos.

        Asimismo, se trató lo relativo al ramo de alcabalas, en razón de hallarse en la Villa Juan Bautista Echevarría realizando la cobranza del real derecho, acordándose escribir al procurador general para que determine lo que estime conveniente.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID488 · Unidad documental simple · 1804-07-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de julio de 1804.

        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos el señor Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el regidor decano presentó un pliego dirigido a este Cabildo, el cual, abierto y leído, contenía una carta acordada con auto del superior gobierno en la que se exhortaba a proseguir con eficacia la obra del puente, conforme a lo ya dispuesto; se indicaba que, en lo relativo a su dirección, se procediese según lo ordenado, pudiendo recurrirse a letrados de la capital en caso necesario; se disponía la remisión de las cuentas correspondientes; y se apercibía a los señores Juan José Lobo y Ambrosio González para que cesasen en sus disputas, bajo prevención de adoptarse medidas en su contra.

        Enterados de su contenido, los capitulares acordaron por unanimidad obedecer y cumplir lo mandado, disponiendo la pronta remisión de las cuentas y la ejecución de los pagos correspondientes con sus respectivos comprobantes.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID661 · Unidad documental simple · 1811-02-20
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 20 de febrero de 1811.

        Reunidos en la sala de acuerdos Esteban de Torres, alcalde ordinario; Bonifacio Colman, regidor decano; Estanislao José Aguirre, regidor defensor general de menores; y Salvador Aguirre, regidor defensor general de pobres, con ausencia del alguacil mayor, trataron asuntos relacionados con la provisión de cargos concejiles de la villa.

        Durante la sesión se dio lectura a un oficio remitido por la Excma. Junta Gubernativa de las Provincias, mediante el cual se comunicaba la confirmación de Andrés Castillo en el cargo de regidor defensor general de menores para el año 1811. La disposición superior ordenaba que, una vez prestado el juramento correspondiente, se le pusiera en posesión y ejercicio efectivo de dicho empleo.

        Enterados de la resolución, los capitulares acordaron que el alcalde ordinario le dirigiera un oficio citándolo a comparecer a la mayor brevedad ante la sala capitular, con el objeto de prestar juramento y asumir formalmente las funciones de regidor defensor general de menores.

        Con ello se dio por concluida la sesión.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján