Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

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        1147 Descripción archivística resultados para Villa de Luján

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        AR B-CMPEU C-VL-Se13-ID 100 · Unidad documental simple · 1838-04-22
        Parte de Colección Villa de Luján

        Comunicación de José E. Sánchez, al Alcalde de Barrio en Comisión. El firmante, por ausencia del Médico de Policía [Dr. Muñiz], informa el resultado de la revisión de Isidoro José Contreras quien reviste una contusión en el brazo. El documento posee la leyenda: "¡Viva la Confederación!"

        Sánchez, José E.
        AR B-CMPEU C-VL-Se13-ID 96 · Unidad documental simple · 1795-03-16
        Parte de Colección Villa de Luján

        Nota al Cabildo de la Villa de Luján sobre irregularidades en las cuentas de propios y arbitrios e incumplimientos de la rendición. Dan cuenta además de nuevos plazos para que dicho Cabildo realice el arqueo de sus caudales y presente las cuentas al Tribunal Superior de Propios.

        Ballesteros, Juan José
        AR B-CMPEU C-VL-Se13-ID 99 · Unidad documental simple · 1794-03-01
        Parte de Colección Villa de Luján

        Nota al Cabildo de la Villa de Luján referida a inversiones irregulares de los caudales y errores en la rendición en las cuentas de propios y arbitrios. Ordena respetar la reglamentación para la presentación de las cuentas, se excluya del manejo de dinero a Gaspar de Contreras, se eleve un nuevo estado de cuentas al Tribunal Superior de Propios.

        Ballesteros, Juan José
        AR B-CMPEU C-VL-Se13-ID 90 · Unidad documental simple · 1808-04-26
        Parte de Colección Villa de Luján

        Nota al Cabildo de la Villa de Luján, firmada por Antonio Carrasco referida a varios temas: Gravamen por compra de terreno; rendiciones de cuentas de los años 90, 91, 92, 93, 98 y 99, donde se encuentran errores y falta acuse de recibo y respuesta que impiden su aprobación.

        Carrasco, Antonio
        AR B-CMPEU C-VL-Se12-ID73 · Unidad documental simple · 1820-04-27
        Parte de Colección Villa de Luján

        Nota dirigida al Cabildo de la Villa de Luján acusando recibo del oficio que le dirigió Salvador Aguirre en el que se informa que Estanislao José Aguirre fue electo como alcalde ordinario. Quien firma reconoce a la nueva autoridad.

        Figueroa, Mauricio