Villa de Luján

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  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

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      Villa de Luján

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        [Acta capitular del 5 de enero de 1807]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID553 · Unidad documental simple · 1807-01-05
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de enero de 1807.

        En dicha fecha se reunieron Antonio Casal, regidor decano; Valentín Olivares, alguacil mayor; y Manuel Colman, regidor defensor general de menores.

        Durante la sesión se presentó Dionisio Santa Ana, designado como alcalde de la Hermandad del partido de San Lorenzo de Navarro para el año 1807.

        En cumplimiento de lo dispuesto, el regidor decano le recibió el juramento de fidelidad, tras lo cual se le dio posesión del cargo, entregándole la insignia correspondiente para el ejercicio de su jurisdicción.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 5 de enero de 1808]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID568 · Unidad documental simple · 1808-01-05
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de enero de 1808.

        En dicha fecha se reunieron Manuel González, regidor decano; Valentín Olivares, alguacil mayor que cesó; Juan Luis Ramírez, regidor defensor general de menores; y Ramón Duro, regidor defensor de pobres.

        Durante la sesión se dio lectura a un oficio presentado por Nicolás Escobar, en el que solicitaba ser relevado del empleo de alguacil mayor, alegando motivos de edad avanzada, enfermedad, situación económica y obligaciones familiares.

        Enterados, los capitulares consideraron atendibles las razones expuestas y acordaron relevarlo del cargo, nombrando en su reemplazo a Mariano Rocha. Asimismo, dispusieron remitir testimonio de lo actuado al superior gobierno para su confirmación.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 5 de enero de 1808]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID567 · Unidad documental simple · 1808-01-05
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de enero de 1808.

        En dicha fecha se reunió el Cabildo en su sala capitular, conforme a la costumbre.

        Durante la sesión se presentó Juan Luis Ramírez, vecino de la villa, confirmado en el empleo de regidor defensor general de menores por despacho superior. En cumplimiento de lo dispuesto, prestó el juramento correspondiente y fue puesto en posesión de su cargo, asignándosele el asiento respectivo en el Cabildo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID118 · Unidad documental simple · 1776-11-05
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de noviembre de 1776. Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; Pedro Álvarez, regidor decano; Carlos Tadeo Romero, defensor general de menores; y Miguel Rodríguez, defensor de pobres.

        Durante la sesión, el alcalde dio lectura a dos cartas y una cuenta remitidas por Juan de Lezica y Torrizuri, relativas a los gastos ocasionados por la construcción del nuevo puente y la provisión de maderas de ñandubay, cuyo importe ascendía a quinientos un pesos y dos reales, con los ajustes correspondientes por materiales retirados y trabajos realizados en la obra.

        Se dispuso que dicha cuenta y la documentación asociada se incorporasen al libro de productos del puente, junto con los registros de débitos anteriores.

        Enterado el Cabildo, se resolvió aprobar y abonar la cuenta a Juan de Lezica, en su carácter de síndico procurador general de la villa, y agregarla a las restantes obligaciones económicas que constaban a su favor.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID546 · Unidad documental simple · 1806-10-05
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján.

        En la sesión se trató el remate del paso del puente, perteneciente a los propios de la villa. Se expuso que los interesados en arrendar dicho ramo solo aceptarían hacerlo bajo la condición de no quedar obligados a la compostura del puente ni a otras responsabilidades, comprometiéndose únicamente al pago semestral de la suma ofrecida. Asimismo, solicitaban no cobrar derechos a los vecinos por el tránsito de efectos destinados a sus casas, tales como familias, enfermos, difuntos, leña y alimentos.

        Los postores ofrecieron la suma de mil ciento quince pesos en dichas condiciones. Considerada la propuesta, el Cabildo acordó aceptarla, estimando que resultaría más perjudicial dejar sin remate este ramo de propios.

        Se dispuso además que las reparaciones necesarias del puente se realizasen con fondos de propios, quedando su ejecución a cargo del alguacil, quien debía emplear para ello a los presos.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 6 de abril de 1808]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID574 · Unidad documental simple · 1808-04-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de abril de 1808.

        En dicha fecha se reunió el Cabildo en su sala capitular, conforme a la costumbre.

        Durante la sesión se presentó Manuel de la Riva, designado y confirmado como alcalde ordinario para el año en curso por disposición superior. En cumplimiento de lo ordenado, prestó el juramento de fidelidad ante el regidor decano y fue puesto en posesión del cargo, recibiendo la insignia correspondiente y siendo ubicado en su asiento dentro del Cabildo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID288 · Unidad documental simple · 1792-08-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de agosto de 1792.
        Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

        En el curso de la sesión, el alcalde ordinario expuso la necesidad urgente de nombrar un representante en la capital con poder bastante para atender las ocurrencias y negocios del Cabildo, tanto presentes como futuros, dado que no podía concurrir personalmente con la frecuencia requerida sin menoscabo de sus obligaciones y de la administración de justicia, conforme ya se había acordado con anterioridad.

        Considerada la conveniencia de la medida, los capitulares resolvieron otorgar poder amplio, cumplido y bastante, cual de derecho se requiere, a José B[?], vecino y residente en la ciudad de Buenos Aires, para que, representando las personas de los otorgantes como si presentes fuesen, compareciera ante cualesquiera tribunales y juzgados, y especialmente ante el excelentísimo señor virrey, en todas las instancias hasta su conclusión y determinación, en las acciones que a nombre de este Cabildo y con poder suficiente siguiese el procurador.

        Se especificó que dicho poder comprendía, en primer término, la gestión destinada a obtener permiso para concluir la construcción de las casas capitulares, para lo cual se hallaban destinados los sobrantes de propios; y en segundo lugar, la defensa y sostenimiento de los términos de demarcación que fueron señalados al tiempo de la erección de la Villa, debiendo asimismo promover cuanto fuese conducente al mayor favor y derecho de este Ilustre Ayuntamiento.

        Para el cumplimiento de tales fines, se le confirió el más amplio poder general, con todas las cláusulas y requisitos necesarios, facultándolo para sustituirlo en la persona o personas que fuesen de su satisfacción, obligándose los otorgantes a estar y pasar por lo que en virtud de este poder se hiciese y actuase, como si por ellos mismos fuese ejecutado.

        Declararon igualmente que quedaban revocados cualesquiera poderes anteriores otorgados para los mismos fines, sin que en adelante tuviesen valor alguno.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID289 · Unidad documental simple · 1792-08-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de agosto de 1792.
        Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

        En la sesión compareció Juan Irrazabal, quien presentó un escrito en nombre de veintiseis vecinos de la Villa, firmado por estos, en queja contra el maestro Manuel Mariano Creu. En la presentación manifestaron que no pondrían a sus hijos en la escuela que aquel pretendía volver a ejercer, alegando el escaso aprovechamiento obtenido y el mal trato que, según expresaron, dispensaba a los alumnos.

        Visto el recurso, el Cabildo acordó remitirlo a la superioridad correspondiente, con noticia de los presentantes, para que se provea lo que corresponda.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID129 · Unidad documental simple · 1777-12-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de diciembre de 1777.
        Asistieron Juan de la Fuente, regidor decano y alcalde ordinario; Manuel de Pinazo; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; y Juan de Irrazábal, regidor y defensor de menores. Se dejó constancia de la ausencia de Antonio Vargas, regidor y defensor de pobres, por hallarse fuera de la villa.

        El regidor decano y alcalde ordinario dio lectura en alta voz a un escrito presentado por Jerónimo de Aguirre, maestro de primeras letras de esta villa, dirigido a la Muy Ilustre Junta Superior. En dicho memorial, Aguirre manifestó que se le adeudaba un año cumplido de su salario por el ejercicio de su trabajo personal como maestro de escuela de niños en la Villa de Luján, solicitando que la suma correspondiente fuese entregada a Juan de Lezica, administrador de los fondos destinados a su sustento familiar, conforme a la certificación que acompañaba la presentación.

        Oído y entendido el escrito, los capitulares acordaron de manera unánime expedir certificación formal a la Muy Ilustre Junta de Temporalidades, haciendo constar que Jerónimo de Aguirre había sido admitido por acuerdo de este Cabildo, celebrado el diecisiete de octubre de mil setecientos setenta y seis, como maestro de primeras letras para la enseñanza de los niños de la villa; que comenzó a ejercer dicho empleo el día dos del mes y año correspondientes; y que había cumplido y cumplía su función con exactitud, celo y vigilancia, conforme a lo exigido por su cargo. En consecuencia, se ordenó librar la certificación correspondiente para que le sirviese en derecho y para los fines que estimare convenientes.

        Con lo cual se dio por concluido el acuerdo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 6 de Junio de 1775]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID100 · Unidad documental simple · 1775-06-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de junio de 1775. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; Juan Irrazábal, regidor y defensor de menores; y Miguel Peñalba, regidor y defensor de pobres. No concurrió el alguacil mayor Juan Cabral de Melo, por hallarse arrestado.

        En la sesión, los capitulares hicieron presente que en el libro de acuerdos constaba un acuerdo relativo a la distinción de terrenos destinados a labranzas y a la cría de ganados dentro de la jurisdicción de la villa. Señalaron que dicha materia se hallaba más ampliamente desarrollada en los autos seguidos en nombre de este Cabildo por el procurador general de la villa, Juan de Lezica y Torrezuri, y que se encontraba asimismo acreditada en un expediente del señor gobernador y capitán general, con parecer del señor teniente general, inserto en los referidos autos correspondientes al año de 1774.

        En virtud de ello, acordaron que se sacara copia en testimonio verdadero tanto del acuerdo mencionado como del expediente referido, y que se remitiese todo al señor gobernador y capitán general, a fin de que, sin perjuicio de lo actuado, se procediera a establecer una distinción arreglada de los terrenos, se aprobara la misma y se le diera la correspondiente superior providencia, para que todos los vecinos prestasen la obediencia debida en dicho asunto.

        Seguidamente, los capitulares trataron la necesidad de nombrar en el juzgado de la villa un tasador de costas para las actuaciones que se siguiesen ante dicho juzgado. De común acuerdo resolvieron que las costas se regulasen conforme al real arancel dado por la Real Audiencia de Charcas, asignándose a cargo de los litigantes doce reales por cada cuerpo de autos y demás actuaciones que se ofrecieren.

        Asimismo, se trató el estipendio que debía asignarse a quien hubiere de sacar el testimonio destinado a remitirse al señor capitán general y otros que se ofrecieren. Acordaron fijar cuatro reales por foja, disponiéndose que no se percibiera cantidad alguna por las escrituras que se asentasen en el libro de acuerdos.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján