Villa de Luján

Área de elementos

Taxonomía

Código

Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

Nota(s) sobre el origen

    Mostrar nota(s)

      Términos jerárquicos

      Villa de Luján

      Términos equivalentes

      Villa de Luján

      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luján

      • Usado para Villa de Luxan

      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luxan

      Términos asociados

      Villa de Luján

        1147 Descripción archivística resultados para Villa de Luján

        1144 resultados directamente relacionados Excluir términos relacionados
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID373 · Unidad documental simple · 1798-02-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de febrero de 1798.

        En dicha fecha se reunieron José Francisco de Ugarteche, alcalde ordinario; Salvador Romero, alguacil mayor; y Juan de Migoya, regidor defensor general de menores. No asistieron el regidor de cabildo ni el regidor defensor general de pobres.

        Durante la sesión comparecieron, en virtud de citación previa, Tomás Rodríguez, nombrado regidor defensor general de pobres; Tadeo Carrasquedo, designado alcalde de la Hermandad de la Cañada de la Cruz; y Bernardo Miranda, nombrado alcalde de la Hermandad del partido del Pilar.

        A los referidos individuos se les hicieron saber sus nombramientos, tras lo cual prestaron el juramento correspondiente conforme a derecho, siendo acto seguido puestos en posesión de sus respectivos empleos para su ejercicio.

        Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes junto con los individuos posesionados.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID756 · Unidad documental simple · 1813-01-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján del 15 de enero de 1813, con la asistencia de Carlos Belgrano, presidente; José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Nicolás Monsalvo, regidor decano; y Francisco Mariano Martínez, regidor defensor general de pobres.

        En la sesión se presentó Miguel Ojeda, nombrado por el excelentísimo Superior Gobierno para desempeñar el empleo de regidor defensor general de menores. A efectos de ponerlo en posesión de su cargo, se le recibió el juramento acostumbrado, por el cual prometió cumplir con las obligaciones correspondientes a dicho empleo.

        No concurrió a esta reunión el alguacil mayor por hallarse indispuesto, haciendo saber que concurriría durante la tarde de ese mismo día.

        Con lo que se dio por concluido el acto, de que se da fe por ante los capitulares, a falta de escribano público.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID703 · Unidad documental simple · 1812-01-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján del 15 de enero de 1812, con la asistencia de Estanislao José Aguirre, alcalde ordinario; Manuel Ramón Basabe, regidor decano; Francisco Antonio Sosa, regidor defensor general de menores; y Mariano Galeano, regidor defensor general de pobres. No concurrió el alguacil mayor, por hallarse fuera de esta villa atendiendo asuntos propios de su cargo.

        En la sesión se consideró el estado de deterioro en que se encontraban las Casas Capitulares, haciendo presente la necesidad de realizar diversas reparaciones para su conservación y adecuado funcionamiento. Entre los desperfectos señalados se encontraban la falta de un local destinado a la alimentación de los presos; el mal estado de los techos de los calabozos, que amenazaban ruina; la ausencia de cerraduras en las puertas; el deterioro de parte de las prisiones; el cepo inutilizado; el mal estado de los tabiques que dividían la sala capitular, encontrándose uno caído y otro próximo a desplomarse; la falta de muebles necesarios para el uso y decoro de las salas; la necesidad de blanquear varias habitaciones; y la reparación de la pared del frente del edificio, que continuaba por el costado de los terrenos baldíos inmediatos, además de otras obras indispensables.

        Considerando la urgencia de atender dichos perjuicios, los señores capitulares acordaron solicitar al Superior Gobierno, por medio del correspondiente informe, la autorización necesaria para ejecutar las reparaciones con los fondos de Propios de esta Villa, en la medida que estos alcanzasen.

        Para ello, dispusieron sacar copia íntegra del presente acuerdo y remitirla, junto con el informe correspondiente, al señor Gobernador Intendente de la Provincia, a fin de obtener la resolución que correspondiese.

        Con lo que se dio por concluida el acta.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID460 · Unidad documental simple · 1803-01-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de enero de 1803.

        En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los miembros del cuerpo capitular: José Lino Gamboa, alcalde ordinario y presidente; Martín Lobo, regidor decano; Patricio Peñalba, alguacil mayor; Pascual Aybar, regidor defensor de menores; y Juan Fernández, regidor defensor general de pobres.

        Durante la sesión, el alcalde presidente propuso a los capitulares habilitar formalmente el despacho para dar curso a las causas civiles y criminales, debido a que aún no se habían recibido las confirmaciones de las nuevas elecciones anuales. En cumplimiento de lo mandado por el Superior Tribunal de la Real Audiencia, que dispone que ningún oficial sea depuesto de su empleo hasta la confirmación de los nuevos electos, los señores determinaron por unanimidad declarar abierto el punto. De esta manera, el juzgado quedó expedito para actuar en ambas jurisdicciones, asegurando la continuidad institucional y la administración de justicia en la Villa mientras se aguarda el despacho superior.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID243 · Unidad documental simple · 1790-01-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de enero de 1790. Asistieron Alonso González, regidor decano, y Gaspar de Contreras, defensor general de menores.

        Reunidos con el objeto de proceder a la recepción del funcionario designado para el ejercicio del cargo de alguacil mayor, se presentó Manuel de la Riva a fin de ser formalmente recibido en dicho empleo.

        En consecuencia, Manuel de la Riva, puesto en pie y con la vara de justicia en la mano, prestó el juramento correspondiente en la forma de estilo, prometiendo usar bien y fielmente el cargo de alguacil mayor. Acto seguido, fue recibido en dicho empleo y puesto en posesión del cargo, sentándose en el lugar que le correspondía.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID196 · Unidad documental simple · 1783-01-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de enero de 1783.

        En dicha fecha se reunieron Antonio Pereyra y Mariño, regidor decano y alcalde interino; Carlos Tadeo Romero, alcalde del año 1781; Manuel Antonio de la Riva, alguacil mayor; Alonso González, regidor y defensor de menores; y Antonio Perelló, regidor y defensor de pobres.

        El alcalde interino presentó carta del teniente de rey y gobernador interino, por la cual se comunicaba que tenía facultad para confirmar las elecciones de los cabildos de la jurisdicción y que podía procederse a las del presente año, remitiéndolas para su aprobación antes de dar posesión.

        En consecuencia, se inició la elección. Antonio Pereyra y Mariño votó para alcalde ordinario a Francisco Aparicio; los demás capitulares votaron por Antonio Pereyra y Mariño. Asimismo, se eligió a José Braulio de Torres como alguacil mayor; a Alonso González como regidor decano; a Diego Díaz de Mendoza como regidor y defensor general de menores; a Pedro Antonio de Chevez como regidor y defensor general de pobres; y se reeligió a Pedro Guztamante como mayordomo.

        Posteriormente, Alonso González hizo presente la existencia de una providencia superior relativa a elecciones anteriores, cuyo tenor no se tenía a la vista, proponiendo suspender lo actuado hasta consultar al teniente de rey. Acordaron conformarse con este parecer y dejar en suspenso la elección.

        Se dispuso sacar testimonio de este acuerdo, del despacho referido y de la real cédula de erección y confirmación de villa, para remitirlos al superior gobierno y que se determine lo correspondiente.

        No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID110 · Unidad documental simple · 1776-01-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de enero de 1776. Asistieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; y Pedro Álvarez, regidor decano.

        Los capitulares trataron la cuestión de las obvenciones, determinándose que las mismas pertenecen al mayordomo nombrado y a los que en adelante se nombren para dicho oficio. Se hizo constar que la única renta existente era la suma de cuatro pesos mensuales provenientes del producto del puente, a cargo de Julián de Leyva. El Cabildo observó el deficiente cuidado, mantenimiento y reparación del puente, el mal estado del mismo, la falta de candados y palos, y el incumplimiento de las disposiciones del Superior Gobierno.

        Asimismo, se dejó constancia de que Julián de Leyba percibía el producto del puente y realizaba entregas al tesorero sin recibos formales ni rendiciones documentadas, situación reconocida por el propio tesorero, por lo cual el Cabildo resolvió reconocer únicamente las cuentas debidamente acreditadas.

        En consecuencia, se acordó que Julián de Leyva exhibiese los recibos del producto del puente que entregare al tesorero desde la notificación del presente acuerdo, y que el tesorero exigiese el dinero correspondiente desde dicho día, a fin de regularizar la situación contable y administrativa.

        Seguidamente, se procedió a la entrega de la real vara de justicia al capitán Felipe Gelbes, alcalde de la Santa Hermandad. Comparecido en la sala capitular, se le recibió el juramento de fidelidad en manos del regidor decano Pedro Álvarez, comprometiéndose a ejercer fiel y legalmente el cargo, y se le hizo entrega formal de la referida vara de justicia, quedando puesto en posesión del oficio.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID416 · Unidad documental simple · 1800-12-15
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 15 de diciembre de 1800.

        En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Nicolás Escobar, alguacil mayor; y Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores, dejándose constancia de la inasistencia de Ventura López, regidor decano, y de Ambrosio González, defensor general de pobres, por hallarse ausentes.

        Durante la sesión, se dio lectura a un pliego remitido por el superior gobierno, por el cual se ordenaba que la villa satisfaga la suma de noventa y cuatro pesos adeudados por los portes de la correspondencia de oficio, bajo apercibimiento de responsabilidad a los individuos del Cabildo en caso de incumplimiento. Enterados de su contenido, el alcalde y el alguacil mayor manifestaron su obedecimiento a la orden, disponiendo el pago de dicha cantidad, aunque reservaron resolución definitiva hasta la concurrencia del resto del cuerpo capitular.

        Seguidamente, el defensor general de menores expuso antecedentes relativos a una disposición similar dictada en años anteriores, señalando que este Cabildo había considerado improcedente dicha contribución anual, en atención a que los portes de la correspondencia se satisfacen individualmente al momento de su recepción, y que desde entonces se había dejado sin efecto tal pago general, limitándose a abonar únicamente los portes efectivos.

        En atención a lo expuesto, los capitulares acordaron que, previa revisión de la resolución adoptada en el año de mil setecientos noventa y siete sobre la materia, se eleve representación al superior gobierno exponiendo tanto los fundamentos anteriores como los actuales.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján