Villa de Luján

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  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

Nota(s) sobre el origen

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      Términos jerárquicos

      Villa de Luján

      Términos equivalentes

      Villa de Luján

      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luján

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      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luxan

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        [Copia del oficio de junio de 1804]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID959 · Unidad documental simple · 1804-06
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Oficio dirigido a la Real Audiencia por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual informa las dificultades surgidas para ejecutar la reparación del puente de la Villa, destruido por la creciente del río. Señala que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Audiencia, el maestro puentista Don Domingo Ábalos realizó las mediciones y sondajes necesarios y presupuestó en 1149 pesos las maderas y tablazón requeridas para la construcción del nuevo puente. Expone que los regidores Don Juan José Lobo y Don Ambrosio González, integrantes de la Junta Municipal y custodios de las llaves de la caja de propios, se han negado a concurrir para disponer de los fondos necesarios, retrasando la adquisición y traslado de los materiales. Solicita que se retiren las llaves a dichos regidores y se entreguen a Don Valentín Mariño y Don Andrés Castillo, quienes se encuentran en la Villa y pueden atender con prontitud las obligaciones de sus cargos, y pide a la Audiencia que determine las medidas correspondientes para resolver la situación y evitar mayores demoras en la reconstrucción del puente.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID893 · Unidad documental simple · 1799-04-01
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido a una autoridad superior en el que el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján comunica haber considerado y aprobado el contenido del oficio recibido el 30 de marzo, integrado por cinco capítulos. Asimismo, informa que, en cumplimiento de lo acordado, remite la nómina de los días festivos de tabla en que debe concurrirse, dejando constancia de que dichos capítulos fueron asentados en el libro de acuerdos del Cabildo.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID859 · Unidad documental simple · 1798-08-01
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido a la superioridad en el que el juez ordinario de la Villa de Luján informa sobre la causa criminal instruida contra Antonio, esclavo de Juan Pablo Méndez por el homicidio de José Vidal, pulpero de la Villa, Expone que, tras el hecho, formó el correspondiente sumario y practicó diversas diligencias para lograr la captura del agresor, quien huyó antes de iniciarse las actuaciones, sin que hasta ese momento se hubiera logrado establecer su paradero.

        Asimismo, comunica que libró requisitorias a las autoridades de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe para procurar su aprehensión y manifiesta su intención de continuar la sustanciación de la causa, incluso en ausencia del reo si correspondiera. Finalmente, pone estos antecedentes en conocimiento de la superioridad para que disponga el procedimiento que estime conveniente.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID911 · Unidad documental simple · 1800-03-01
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido a la Real Audiencia mediante el cual el alcalde ordinario de la Villa de Luján remite preso a Juan de Escobar, acompañado de la sumaria instruida en su contra. Informa que el acusado se encuentra procesado por ladrón, cuatrero, vagabundo y carecer de domicilio fijo, y sostiene que su permanencia en la campaña representa un peligro por su reiterada dedicación al robo, la posibilidad de cometer delitos más graves y el riesgo de fuga.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID849 · Unidad documental simple · 1797-11-01
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido al virrey en respuesta a la comisión conferida para trasladarse al pueblo de Santiago de Baradero y recibir información sobre la situación de los indios de ese territorio, a raíz de la representación formulada por el Fiscal Protector General de Naturales. El documento refiere que la investigación debía abarcar las denuncias sobre el despojo de tierras, los abusos cometidos por pobladores españoles y las condiciones de vida de las familias de los indios, así como un informe complementario del propio comisionado.

        El remitente manifiesta su reconocimiento por la superior autoridad pero expone diversos impedimentos que dificultan el cumplimiento de la comisión, entre ellos su estado de salud, la distancia hasta el pueblo de Baradero y las obligaciones inherentes al ejercicio del único juzgado ordinario de la Villa de Luján.

        Asimismo, señala que el desconocimiento de las condiciones particulares del pueblo y la necesidad de actuar con independencia respecto de los vecinos españoles podían afectar el resultado de la información. En consecuencia, solicita ser relevado de la comisión o, subsidiariamente, que se dispusiera un lugar independiente donde pudiera recibir declaraciones y reunir los antecedentes necesarios para cumplir adecuadamente con el encargo e informar a la superioridad.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID869 · Unidad documental simple · 1798-10-01
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido al oidor y juez general de bienes de difuntos en el que el juez ordinario de la Villa de Luján devuelve el despacho remitido por el superior juzgado relativo a la testamentaria de Don Antonio Fuentes.

        Informa haber cumplido la diligencia ordenada, de hacer saber al albacea de la testamentaria que debía rendir cuenta ante ese juzgado del líquido producto correspondiente a los bienes del difunto, dejando constancia de dicha actuación al pie del oficio que devuelve.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID907 · Unidad documental simple · 1800-02-10
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido al virrey mediante el cual el alcalde ordinario de la Villa de Luján remite la sumaria instruida contra José Santos González, quien confesó haber raptado a Petrona Guevara, natural del Río Segundo, jurisdicción de Córdoba. Informa que el acusado declaró haber permanecido anteriormente dos años preso en Buenos Aires cumpliendo trabajos en la cadena y que existen noticias de que también fue procesado allí por un delito de la misma naturaleza. En atención a esta posible reincidencia, dispone la remisión del reo, asegurado con grillos y bajo custodia, para que la superioridad resuelva lo que corresponda.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID923 · Unidad documental simple · 1800-10-10
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Oficio dirigido a la Real Audiencia Pretorial de Buenos Aires mediante el cual el alcalde ordinario de la Villa de Luján remite las actuaciones originales, compuestas por treinta y siete fojas, relativas a la querella civil y criminal promovida por fray Gregorio Pizarro Grimau contra Pedro Pablo Torres. Informa que considera atentada, usurpada y perturbada la jurisdicción real de su juzgado por las actuaciones del provincial de la Orden de Santo Domingo, fray José Joaquín Pacheco, y de su secretario, fray José Antonio Sañudo, en virtud de la comisión conferida para intervenir en dicho asunto. Solicita a la Real Audiencia que, a la vista de los antecedentes remitidos, adopte la providencia que estime conforme a derecho.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID924 · Unidad documental simple · 1800-10-10
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Oficio dirigido a la Real Audiencia Pretorial de Buenos Aires mediante el cual el alcalde ordinario de la Villa de Luján informa el cumplimiento de la orden de poner en libertad a Pedro Pablo Torres, al no subsistir otra causa de prisión que la derivada de la querella criminal promovida por fray Gregorio Pizarro Grimau, desistida por el religioso. Expone las razones por las que inicialmente mantuvo detenido al acusado mientras aguardaba el dictamen del asesor letrado y comunica que la sumaria instruida justificó su arresto por las injurias y actos de violencia atribuidos a Torres. Asimismo, reseña los hechos que motivaron la querella, entre ellos su intervención en la aprehensión de un presunto ladrón, el ingreso violento a las dependencias del Santuario de Luján y las injurias proferidas contra fray Gregorio Pizarro Grimau, con el propósito de poner en conocimiento de la Audiencia los antecedentes del caso y fundamentar la actuación del juzgado.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID890 · Unidad documental simple · 1798-12-11
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Copia del oficio dirigido al virrey en el que el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján denuncia las irregularidades ocurridas durante las ceremonias religiosas de la festividad de la Inmaculada Concepción, patrona titular de la Villa, celebradas entre los días 7 y 10 de diciembre de 1798. Expone que las vísperas del 7 de diciembre se iniciaron anticipadamente y sin aguardar la llegada del Cabildo, pese a tratarse de una función a la que debía concurrir corporativamente conforme al ceremonial vigente. Señala que, ante esta situación, el ayuntamiento dirigió dos oficios al vicario y al cura párroco requiriendo explicaciones y la satisfacción correspondiente, los cuales se remiten en testimonio junto con la presentación.

        Asimismo, refiere que el cura párroco omitió responder el primer requerimiento y que el vicario contestó en términos que el Cabildo considera impropios de la consideración debida a una corporación real, eludiendo responder sobre los hechos denunciados e incluso anunciando la posibilidad de promover una queja contra el propio ayuntamiento. El oficio detalla las circunstancias que, a juicio del Cabildo, demuestran la intencionalidad del desaire, entre ellas la lluvia caída en la tarde del 7 de diciembre que demoró la reunión de los capitulares, el inicio anticipado de las ceremonias pese a que esa circunstancia era conocida por las autoridades eclesiásticas, y la reiteración de esa conducta durante los tres días siguientes, aun cuando el portero del Cabildo avisaba previamente la hora de concurrencia. También denuncia que el cura párroco alteró las ceremonias tradicionales de recepción y despedida del ayuntamiento, omitiendo las demostraciones de respeto acostumbradas.

        Finalmente, el Cabildo sostiene que tales actos constituyen un agravio público a las prerrogativas, honores y ceremonial que corresponden a la corporación por disposición real, con perjuicio de su autoridad y del orden público. En consecuencia, solicita al virrey que adopte las providencias necesarias para que el cura párroco y el vicario otorguen la satisfacción correspondiente y para impedir que en lo sucesivo se repitan actos que menoscaben la representación y preeminencias del Cabildo de la Villa de Luján.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján