Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

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      Términos jerárquicos

      Villa de Luján

      Términos equivalentes

      Villa de Luján

      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luján

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      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luxan

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        [Acta capitular del 1 de marzo de 1794]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID316 · Unidad documental simple · 1794-03-01
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 1 de marzo de 1794.

        Asistieron Gaspar de Contreras, alcalde interino; Tadeo Abrego, regidor decano; Francisco Arnaes, alguacil mayor; Ventura López, regidor defensor de menores; y Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres.

        Durante la sesión se dio lectura a un pliego remitido por el virrey relativo reclamo presentado por Antonio Morales de la vara de alguacil mayor de la villa. En la providencia superior se ordenaba que dicha vara se pusiese en pública subasta con arreglo a los treinta pregones establecidos por derecho y conforme a lo dispuesto en la Instrucción de Intendentes, debiendo remitirse posteriormente el expediente con las diligencias practicadas para su resolución. El Cabildo acordó obedecer el mandato y facultó al alcalde interino Gaspar de Contreras para realizar las diligencias necesarias de la subasta y elevarlas a la autoridad superior.

        Asimismo, ante la falta de constitución de la junta municipal correspondiente al año en curso por no haberse verificado al alcalde ordinario titular, el Cabildo dispuso su formación conforme a la normativa vigente. Se nombró como presidente a Gaspar de Contreras y como miembros a Tadeo Abrego y Ventura López.

        En la misma sesión Gaspar de Contreras presentó las cuentas de propios correspondientes al año 1793. Examinadas por los cabildantes, se determinó que no contenían error que impidiese su aprobación, por lo que se ordenó remitirlas a la Contaduría de Propios para su reconocimiento y resolución conforme a lo practicado en años anteriores.

        Finalmente, Gaspar de Contreras solicitó que se certificasen los servicios prestados durante su gobierno. El Cabildo dispuso revisar los acuerdos celebrados en dicho período y expedir la certificación correspondiente para los fines que al interesado conviniesen. No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluida la sesión.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID303 · Unidad documental simple · 1793-06-17
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 17 de junio de 1793.

        Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; Martín Lobo, regidor y defensor general de menores; y Juan Pablo López, regidor y defensor de pobres.

        Reunidos para el tratamiento de los asuntos de gobierno de la villa, el regidor decano y alcalde interino presentó un pliego remitido por la Contaduría de Propios. Abierto y leído en sesión, se informó que la Junta Superior solicitaba a este Cabildo una relación individual de los propios sobrantes y de los fondos existentes invertidos en la obra proyectada de las casas capitulares.

        Asimismo se requería informe sobre las asignaciones establecidas por el Cabildo del año anterior: cuarenta pesos al médico cirujano y dieciséis pesos al portero; así como noticia de los pleitos pendientes y de los beneficios que hubiesen resultado para la villa.

        Enterados de lo expuesto, los capitulares acordaron de común conformidad remitir el correspondiente informe a la Junta Superior conforme a lo solicitado. En cuanto a la asignación de cuarenta pesos al médico, manifestaron que la consideraban innecesaria, por cuanto la asistencia a presos y pobres de solemnidad debía prestarse gratuitamente, conforme a la práctica ordinaria de los facultativos. Respecto de los dieciséis pesos asignados al portero, estimaron que dicha retribución se hallaba justificada en atención al servicio puntual que prestaba.

        Del mismo modo resolvieron que se expidiese certificación a favor de Antonio Pereyra y Mariño, en reconocimiento de los méritos que alegaba haber contraído en servicio de este Cabildo.

        No habiendo otros asuntos que tratar, acordaron cerrar la sesión, mandando que se librase el informe solicitado y se remitiera con el despacho correspondiente a la Junta Superior,

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID267 · Unidad documental simple · 1791-10-17
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 17 de octubre de 1791.
        Asistieron José Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Gaspar de Contreras, regidor decano; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Miguel de Leyva, regidor defensor de menores.

        Reunidos para el tratamiento de asuntos de gobierno y administración de justicia, se dio lectura a una carta, poder y escrito presentados por Domingo Maqueda, en nombre del doctor Francisco Javier Lezica, mediante los cuales se solicitaba que este Ilustre Ayuntamiento expidiera una certificación auténtica de todos los servicios y méritos adquiridos por Juan de Lezica y Torrezuri.

        Enterados del contenido de la presentación, los capitulares, de manera unánime y conforme, resolvieron que se expidiera la certificación solicitada. Asimismo, dispusieron que, con citación del procurador, se registrasen las actuaciones en los libros correspondientes, formándose el expediente respectivo y entregándose el original al solicitante para los efectos que estimara convenientes.

        En cumplimiento de lo acordado, se hizo comparecer a Alonso González, procurador de la villa, quien, enterado de la solicitud de certificación, manifestó que no tenía reparo legal alguno que oponer a dicha disposición, por considerarla justa y debida atención a los públicos méritos que, durante su vida, había adquirido Juan de Lezica y Torrezuri para con esta villa.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID305 · Unidad documental simple · 1793-07-31
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 31 de julio de 1793.

        Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; Martín Lobo, regidor defensor de menores; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.

        Reunidos para el tratamiento de los asuntos del Cabildo, el regidor decano expuso la grave necesidad de tomar providencias ante la falta de subordinación que se experimentaba en los alcaldes de la Hermandad, particularmente en los de los partidos de Areco y de la Cañada de la Cruz. Según se manifestó, dichos alcaldes no daban muestras de la debida obediencia a este juzgado, a pesar del juramento que habían prestado al asumir sus oficios, por lo cual resultaba necesario adoptar un remedio inmediato.

        Los capitulares resolvieron autorizar al regidor decano y alcalde interino para que, en nombre del Ayuntamiento, dirigiese oficio a los mencionados alcaldes a fin de que expusiesen los fundamentos que justificasen su proceder y declarasen lo que debían observar en cumplimiento del juramento prestado ante este juzgado. Con la contestación que diesen y con testimonio de la providencia adoptada, el Cabildo acudiría a la superioridad mediante el correspondiente oficio para que resolviese lo que fuese conveniente.

        Seguidamente, el regidor decano y alcalde interino dio cuenta de una presentación de Victorino Cheves, vecino de esta villa, dirigida al señor virrey, en la que solicitaba que se certificasen los méritos y servicios que decía haber contraído en virtud de los distintos empleos que había ejercido en este Ayuntamiento. En atención a que por decreto de su excelencia se mandaba expedir dicha certificación, los capitulares acordaron unánimemente que se le otorgase conforme a lo solicitado y se le devolviese para los fines que estimase convenientes.

        Asimismo se presentó un pedimento de Andrés de Faneca, quien solicitaba que, en atención a haber dejado el ministerio de maestro de primeras letras de esta escuela —cargo que había ejercido durante un año y algunos meses—, se le extendiese certificación de su conducta, proceder y método en el desempeño de dicho ministerio. Los señores capitulares accedieron a la solicitud y ordenaron que se le expidiese el certificado correspondiente, por considerarlo acreedor a la gracia que pedía.

        Del mismo modo se dio cuenta de otra presentación hecha por Pedro Francisco Torres, vecino de esta villa, en la que pedía se le entregase testimonio del acuerdo celebrado el trece de abril del año próximo pasado, en el que se trató sobre la expulsión de Manuel de Creu del ministerio de maestro de escuela de esta villa. Los capitulares resolvieron igualmente que se le entregase el testimonio solicitado.

        Por último, el Cabildo trató el caso de Gerónimo Colman, quien aparecía responsable de la suma de ochenta y ocho pesos y cinco y medio reales, correspondiente a un descubierto manifestado en las cuentas rendidas por este Cabildo en el año de mil setecientos noventa y uno. Dicha cantidad debía cubrirse para dar mayor claridad a las cuentas que debían remitirse a la Contaduría de Propios en cumplimiento de lo dispuesto por la Junta Superior.

        En atención a que Colman había sido requerido repetidas veces tanto por el Cabildo anterior como por el presente, sin que dichas reconvenciones hubiesen producido efecto, los capitulares acordaron unánimemente que se le compeliese al pago mediante auto, otorgándole un plazo de tres días para entregar la cantidad debida. Se dispuso además que, si no lo hiciese dentro de dicho término, se le añadiría una multa de cincuenta pesos aplicada a la obra de las casas capitulares. Y si aun así persistiese en su incumplimiento, se duplicaría el término concedido y, de mantenerse remiso, se procedería al embargo de sus bienes y a la prisión de su persona en el lugar que correspondiese.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        [Acta capitular del 9 de julio de 1793]
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID304 · Unidad documental simple · 1793-07-09
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de julio de 1793.

        Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor y defensor de pobres.

        Reunidos para el tratamiento de los asuntos del Cabildo, el regidor decano y alcalde interino presentó un pliego remitido por la Contaduría de Propios. Abierto y leído en sesión, se halló ser un despacho de la Junta Superior por el cual se ordenaba a este Ayuntamiento remitir con la mayor brevedad las cuentas generales ya vencidas correspondientes a los años de 1789, 1790, 1791 y 1792, así como las relativas a los seis meses transcurridos del presente año.

        Enterados de la disposición, los capitulares acordaron de común conformidad que se proceda de inmediato a preparar dichas cuentas y, una vez concluidas, se remitan a la Contaduría de Propios en cumplimiento del referido despacho.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján