Villa de Luján

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Nota(s) sobre el alcance

  • La Villa de Nuestra Señora de Luján fue creada el 17 de octubre de 1755 por Auto del Gobernador y Capitán General de la Provincia del Río de la Plata, José Andonaegui, en respuesta a la petición de los vecinos y pobladores del Santuario de Nuestra Señora de Luján.
    Dicho auto consignaba los términos de la jurisdicción asignada -desde el Río de las Conchas hasta el Río Areco, por el norte el Río de la Plata y por el sur todas las campañas que corresponden hasta la frontera con los indios- y su gobierno -Cabildo y Regimiento integrado por un alcalde ordinario, tres regidores y un alguacil mayor y el mayordomo-.
    El rey Fernando VI, por Cédula Real del 30 de mayo de 1759, aprobó y confirmó la erección de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
    El 7 de enero de 1756 los primeros cabildantes tomaron posesión de los cargos y se constituyó el Cabildo de la Villa de Luján.
    El territorio de la Villa de Luján abarcaba las localidades de Exaltación de la Cruz, Pilar, Navarro, Guardia de Luján (hoy Mercedes), San Carlos (hoy Carmen de Areco), San Andrés de Giles y General Rodríguez. Cada población era administrada por un Alcalde de Hermandad que dependía del Cabildo.
    La extensión de la Villa de Luján fue modificándose a medida que los pueblos que la componían se fueron independizando de su autoridad. Este desmembramiento comenzó en 1784 con Exaltación de la Cruz y culminó en 1878 con General Rodríguez.
    Al crearse el Virreinato del Río de la Plata, en 1776, la Villa de Luján pasó a formar parte de la Intendencia de Buenos Aires.
    El 24 de diciembre de 1821, a propuesta del ministro de Gobierno Bernardino Rivadavia, la Sala de Representantes de Buenos Aires dictó una ley por la cual se suprimían los cabildos de su jurisdicción: el de la ciudad de Buenos Aires y el de la Villa de Luján y hasta que la representación creyera oportuno establecer la ley general de Municipalidades y se organizaba la nueva administración de justicia y de la policía.
    La supresión de los ayuntamientos determinó la redistribución de sus funciones - hacienda, guerra, policía y justicia- en el marco de un reordenamiento político. A tal efecto se crearon los ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Guerra. La administración de la justicia se organizó en un régimen mixto: justicia de primera instancia, letrada y rentada, y justicia de paz, legal y gratuita. La primera era desempeñada por cinco jueces, dos en la capital y tres en la campaña y la segunda, a cargo de los jueces de paz, uno en cada parroquia de la ciudad y en los respectivos partidos de campaña.
    La Villa de Luján fue sede del segundo departamento de Justicia Ordinaria rural, que tuvo escasa duración, y también del Juzgado de Paz.
    En 1854 fue sancionada, en Buenos Aires, la primera ley orgánica de municipalidades que establecía la constitución de estas instituciones en las comunas rurales presididas por el juez de paz. La Municipalidad del Partido de la Villa de Luján se instaló el 26 de enero de 1856.
    En la Constitución de Buenos Aires de 1873 se ordenó el territorio provincial en distritos gobernados por municipalidades. El distrito municipal de Luján se conformó con el consejo central, en la cabecera del partido, y 10 concejos parroquiales. También dispuso un nuevo régimen para la administración a cargo de la Corporación Municipal presidida por el Juez de Paz
    La Ley Orgánica de las Municipalidades de 1886 organizó el gobierno de las municipalidades en tres ramas: la deliberativa o Concejo, la ejecutiva o Intendencia y la judicial o Juzgado de Paz.
    El 3 de mayo de 1893, por decreto, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, D. Julio Costas, declaró ciudad al pueblo de Luján.

Nota(s) sobre el origen

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      Villa de Luján

      Términos equivalentes

      Villa de Luján

      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luján

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      • Usado para Villa de Nuestra Señora de Luxan

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        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID518 · Unidad documental simple · 1805-02-04
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 4 de febrero de 1805.

        En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a cuatro días del mes de febrero de mil ochocientos cinco, se reunieron en la sala capitular los señores Bonifacio Colman, regidor decano, en quien se hallaba depositada la vara de justicia por ausencia del alcalde ordinario; Valentín Mariño, alguacil mayor; y Mariano Méndez, defensor general de pobres, con ausencia del defensor general de menores por enfermedad.
        En esta sesión se dio lectura a un oficio del Marqués de Sobremonte, en el que comunicaba haber sido recibido y titulado como virrey, gobernador y capitán general de estas provincias. Enterados de su contenido, los capitulares acordaron reconocerlo como tal y prestarle la debida obediencia y subordinación.

        No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID557 · Unidad documental simple · 1807-02-27
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 27 de febrero de 1807.

        En dicha fecha se reunieron Martín Lobo, alcalde ordinario y presidente; Antonio Casal, regidor decano; y Manuel Colman, regidor defensor general de menores.

        Durante la sesión se dio lectura a un oficio de la Real Audiencia Gobernadora, por el cual se comunicaba que, en virtud de lo resuelto en junta general, se había dispuesto la suspensión del virrey y la asunción del gobierno político y militar de las Provincias del Río de la Plata por parte de dicha Audiencia, con plenitud de facultades.

        Enterados, los capitulares manifestaron su obedecimiento y acatamiento a lo dispuesto por la superioridad, comprometiéndose a su cumplimiento. Asimismo, acordaron hacer saber esta resolución a los alcaldes de la Hermandad de los partidos de la jurisdicción y remitir el correspondiente oficio de respuesta.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID235 · Unidad documental simple · 1789-11-28
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 2 de noviembre de 1789.

        En dicha fecha se reunieron Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Antonio Vargas, regidor decano; Juan de Irrazábal, alguacil mayor; y José Ignacio Rodríguez, defensor general de pobres. No concurrió Victorino Cheves, defensor general de menores, por hallarse enfermo.

        Durante la sesión se dio lectura a una carta acordada de la Real Audiencia por la cual se comunicaba que el nuevo virrey de estas provincias, Nicolás de Arredondo, debía ser recibido con las demostraciones correspondientes. En atención a ello, el Cabildo resolvió nombrar dos diputados para salir a la primera posta a felicitarlo en nombre de la villa.

        Para este encargo fueron designados Antonio Vargas, regidor decano, y José Ignacio Rodríguez, defensor de pobres.

        Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los presentes.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID968 · Unidad documental simple · 1804-10-22
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Representación dirigida al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante la cual solicita autorización para suspender temporalmente la celebración de la festividad de Corpus Christi y destinar los 108 pesos que anualmente insume a la atención de los réditos del préstamo de 2000 pesos contraído para la construcción del Puente Nuevo. Expone que la celebración es costeada por el Cabildo desde 1788 y que, debido a la falta de recursos propios y a las necesidades financieras derivadas de la obra del puente, resulta necesario suspenderla mientras subsista el endeudamiento.

        En la misma representación, el Cabildo solicita nuevamente la concesión de las pulperías de ordenanza como recurso de propios de la Villa, conforme al artículo 138 de la Instrucción de Intendentes. Como antecedente, señala que desde 1788 ha presentado sucesivas solicitudes a los virreyes sin obtener resolución y que, posteriormente, recurrió a la Real Audiencia. Informa que esta, por decreto de 2 de noviembre de 1802, dispuso que el Cabildo continuara la gestión ante el superior gobierno y diera cuenta de sus resultados. Señala que la solicitud fue reiterada ante el virrey Don Joaquín del Pino, sin obtener tampoco resolución. Finalmente, solicita al virrey que atienda la situación económica de la Villa y disponga la concesión de las pulperías de ordenanza para incrementar los recursos destinados a sus propios.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
        AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID955 · Unidad documental simple · 1804-06-03
        Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

        Oficio dirigido al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante el cual acusa recibo de la comunicación de 28 de abril de 1804 sobre su toma de posesión como virrey, gobernador y capitán general de las provincias. Señala que, aunque dicha comunicación fue recibida con veinte días de demora, el Cabildo ya había prestado obediencia a su autoridad el 12 de abril, en respuesta al oficio que el regente le había remitido con motivo de su designación. Reitera su obediencia a las órdenes del virrey y manifiesta sus deseos de acierto y felicidad durante su gobierno.

        Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján