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              [Acta capitular del 7 de marzo de 1772]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID15 · Unidad documental simple · 1772-03-07
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión en la que se acordó abonar la misa con tedeum celebrada en honor del príncipe Carlos Clemente, así como un novenario de misas para que, por intercesión de Nuestra Señora de Luján, se mitigue la epidemia que aqueja a la población.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 7 de enero de 1793]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID293 · Unidad documental simple · 1793-01-07
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de enero de 1793.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; y José Antonio González, alguacil mayor.

              Reunidos para tratar los asuntos del Cabildo, el alcalde manifestó que hasta ese día se hallaba cerrado el punto, por lo que no podían seguirse causas civiles ni demandas ejecutivas, y solicitó se resolviera al respecto.

              Los capitulares, de común acuerdo, dispusieron dar por abierto el punto, para que pudiesen continuar todas las causas civiles y ejecutivas y oírse los pedimentos y demandas correspondientes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 7 de enero de 1791]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID261 · Unidad documental simple · 1791-01-07
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de enero de 1791.
              Asistieron Miguel Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Gaspar de Contreras, regidor decano; Bernardo Miranda, alguacil mayor; Miguel de Leyva, regidor defensor general de menores; y Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres.

              Reunidos para el tratamiento de asuntos de gobierno, administración y justicia, los capitulares abordaron, en primer término, la apertura del punto de las causas y demandas. A propuesta del alcalde ordinario, y de manera unánime, resolvieron abrir formalmente el punto, habilitando el curso y tramitación de todas las causas civiles y demandas ejecutivas que se encontraban suspendidas.

              Seguidamente, trataron la constitución de la Junta Municipal encargada del gobierno de los propios y arbitrios de la villa. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo treinta de la Instrucción de Intendentes, acordaron su integración, quedando conformada por Miguel Gerónimo Colman, alcalde ordinario; Gaspar de Contreras, regidor decano; y Miguel de Leyba, defensor general de menores. Asimismo, se dejó constancia de que no se incluyó al procurador síndico en dicha Junta, por carecer la villa de este oficio desde el fallecimiento de Juan de Lezica.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 7 de enero de 1790]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID241 · Unidad documental simple · 1790-01-07
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 7 de enero de 1790, reunidos en la sala interina de acuerdos. Asistieron Manuel de Pinazo, Antonio Bargas y Juan de Irrazábal, junto con Alonso González, regidor decano, y Gaspar de Contreras, regidor y defensor de menores.

              Reunidos con el objeto de proceder a la recepción de los nuevos funcionarios designados para el ejercicio de sus empleos, los capitulares dispusieron la realización del acto formal de toma de juramento conforme a la práctica institucional.

              En consecuencia, Alonso González y Gaspar de Contreras prestaron el juramento de fidelidad en la forma acostumbrada, en manos del regidor decano saliente, Antonio Bargas, quedando formalmente habilitados para el ejercicio de sus cargos.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 7 de abril de 1772]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID18 · Unidad documental simple · 1772-04-07
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión en la que se trató la conformación del ejido de la Villa mediante la adquisición de terrenos con recursos del Cabildo. La propuesta se fundamentó en la utilidad común del ejido municipal y se resolvió que, en caso de que los vecinos se negaran a vender sus propiedades, se recurriría a la intervención del Procurador General.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 6 de mayo de 1775]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID98 · Unidad documental simple · 1775-05-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de mayo de 1775. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Irrazábal, regidor; y Miguel Peñalba, regidor. No concurrió el regidor decano, por hallarse ausente, ni el alguacil mayor, por encontrarse arrestado.

              En la sesión, los capitulares expusieron que el puente se hallaba sin cadena, lo que permitía el tránsito de carretas sin el pago del derecho correspondiente. En consecuencia, acordaron librar orden de pago al tesorero de la villa, Pedro Pablo de Leyva, por la suma de doce pesos, más tres pesos destinados a la compra de un candado para la cadena del puente.

              Asimismo, se trató que Pedro Álvarez había suplido para la compostura de la Real Cárcel mil doscientas tejas y dos atados de cañas, por lo que se resolvió librar al tesorero orden de pago a su favor por la cantidad de veintiún pesos y cinco reales.

              Seguidamente, se presentó una cuenta por parte del diputado, respecto de la cual los capitulares señalaron algunos reparos, acordando diferir su resolución para otra sesión, a fin de examinarla con mayor detenimiento.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Acta capitular del 6 de Junio de 1775]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID100 · Unidad documental simple · 1775-06-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de junio de 1775. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; Juan Irrazábal, regidor y defensor de menores; y Miguel Peñalba, regidor y defensor de pobres. No concurrió el alguacil mayor Juan Cabral de Melo, por hallarse arrestado.

              En la sesión, los capitulares hicieron presente que en el libro de acuerdos constaba un acuerdo relativo a la distinción de terrenos destinados a labranzas y a la cría de ganados dentro de la jurisdicción de la villa. Señalaron que dicha materia se hallaba más ampliamente desarrollada en los autos seguidos en nombre de este Cabildo por el procurador general de la villa, Juan de Lezica y Torrezuri, y que se encontraba asimismo acreditada en un expediente del señor gobernador y capitán general, con parecer del señor teniente general, inserto en los referidos autos correspondientes al año de 1774.

              En virtud de ello, acordaron que se sacara copia en testimonio verdadero tanto del acuerdo mencionado como del expediente referido, y que se remitiese todo al señor gobernador y capitán general, a fin de que, sin perjuicio de lo actuado, se procediera a establecer una distinción arreglada de los terrenos, se aprobara la misma y se le diera la correspondiente superior providencia, para que todos los vecinos prestasen la obediencia debida en dicho asunto.

              Seguidamente, los capitulares trataron la necesidad de nombrar en el juzgado de la villa un tasador de costas para las actuaciones que se siguiesen ante dicho juzgado. De común acuerdo resolvieron que las costas se regulasen conforme al real arancel dado por la Real Audiencia de Charcas, asignándose a cargo de los litigantes doce reales por cada cuerpo de autos y demás actuaciones que se ofrecieren.

              Asimismo, se trató el estipendio que debía asignarse a quien hubiere de sacar el testimonio destinado a remitirse al señor capitán general y otros que se ofrecieren. Acordaron fijar cuatro reales por foja, disponiéndose que no se percibiera cantidad alguna por las escrituras que se asentasen en el libro de acuerdos.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID129 · Unidad documental simple · 1777-12-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de diciembre de 1777.
              Asistieron Juan de la Fuente, regidor decano y alcalde ordinario; Manuel de Pinazo; Gavino de la Rosa, alguacil mayor; y Juan de Irrazábal, regidor y defensor de menores. Se dejó constancia de la ausencia de Antonio Vargas, regidor y defensor de pobres, por hallarse fuera de la villa.

              El regidor decano y alcalde ordinario dio lectura en alta voz a un escrito presentado por Jerónimo de Aguirre, maestro de primeras letras de esta villa, dirigido a la Muy Ilustre Junta Superior. En dicho memorial, Aguirre manifestó que se le adeudaba un año cumplido de su salario por el ejercicio de su trabajo personal como maestro de escuela de niños en la Villa de Luján, solicitando que la suma correspondiente fuese entregada a Juan de Lezica, administrador de los fondos destinados a su sustento familiar, conforme a la certificación que acompañaba la presentación.

              Oído y entendido el escrito, los capitulares acordaron de manera unánime expedir certificación formal a la Muy Ilustre Junta de Temporalidades, haciendo constar que Jerónimo de Aguirre había sido admitido por acuerdo de este Cabildo, celebrado el diecisiete de octubre de mil setecientos setenta y seis, como maestro de primeras letras para la enseñanza de los niños de la villa; que comenzó a ejercer dicho empleo el día dos del mes y año correspondientes; y que había cumplido y cumplía su función con exactitud, celo y vigilancia, conforme a lo exigido por su cargo. En consecuencia, se ordenó librar la certificación correspondiente para que le sirviese en derecho y para los fines que estimare convenientes.

              Con lo cual se dio por concluido el acuerdo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID288 · Unidad documental simple · 1792-08-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 6 de agosto de 1792.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

              En el curso de la sesión, el alcalde ordinario expuso la necesidad urgente de nombrar un representante en la capital con poder bastante para atender las ocurrencias y negocios del Cabildo, tanto presentes como futuros, dado que no podía concurrir personalmente con la frecuencia requerida sin menoscabo de sus obligaciones y de la administración de justicia, conforme ya se había acordado con anterioridad.

              Considerada la conveniencia de la medida, los capitulares resolvieron otorgar poder amplio, cumplido y bastante, cual de derecho se requiere, a José B[?], vecino y residente en la ciudad de Buenos Aires, para que, representando las personas de los otorgantes como si presentes fuesen, compareciera ante cualesquiera tribunales y juzgados, y especialmente ante el excelentísimo señor virrey, en todas las instancias hasta su conclusión y determinación, en las acciones que a nombre de este Cabildo y con poder suficiente siguiese el procurador.

              Se especificó que dicho poder comprendía, en primer término, la gestión destinada a obtener permiso para concluir la construcción de las casas capitulares, para lo cual se hallaban destinados los sobrantes de propios; y en segundo lugar, la defensa y sostenimiento de los términos de demarcación que fueron señalados al tiempo de la erección de la Villa, debiendo asimismo promover cuanto fuese conducente al mayor favor y derecho de este Ilustre Ayuntamiento.

              Para el cumplimiento de tales fines, se le confirió el más amplio poder general, con todas las cláusulas y requisitos necesarios, facultándolo para sustituirlo en la persona o personas que fuesen de su satisfacción, obligándose los otorgantes a estar y pasar por lo que en virtud de este poder se hiciese y actuase, como si por ellos mismos fuese ejecutado.

              Declararon igualmente que quedaban revocados cualesquiera poderes anteriores otorgados para los mismos fines, sin que en adelante tuviesen valor alguno.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján