Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 16 de marzo de 1810.
Reunidos en la sala capitular los señores Andrés de Migoya, alcalde ordinario y presidente; Esteban Torres, regidor decano; Francisco Rocha, alguacil mayor; Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores; y Manuel Ramón de Bazave, regidor defensor general de pobres; trataron asuntos vinculados a la instrucción pública y educación de la juventud.
Los capitulares consideraron la importancia de mejorar la enseñanza de primeras letras en la villa, advirtiendo que muchos padres no enviaban a sus hijos a la escuela alegando pobreza y dificultad para pagar la mensualidad del maestro. Asimismo, reconocieron que la dotación de cien pesos asignada al preceptor resultaba insuficiente para su sustento y para el adecuado desempeño de sus funciones.
En consecuencia, acordaron aumentar en veinte pesos la asignación anual del maestro de escuela, con la condición de que no exigiese estipendio alguno a los padres de los alumnos, permitiendo así que los niños pobres pudiesen instruirse gratuitamente. Señalaron además la importancia de la educación cristiana y política para el beneficio de la sociedad y del clero.
Dispusiéronse las diligencias necesarias para solicitar la aprobación superior de esta medida y ordenaron que, obtenida ésta, se publique por bando para conocimiento del vecindario.
Igualmente, fueron comisionados el alcalde presidente y el regidor defensor general de pobres para redactar el método y reglamento que debía observar el maestro, estableciendo que antes de las lecciones de lectura se instruyese diariamente a los niños en la doctrina cristiana, conforme a lo dispuesto por la Real Cédula de 7 de agosto de 1807.
Con lo que concluyeron este acuerdo y firmaron por ante sí.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján