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Descripción archivística
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID208 · Unidad documental simple · 1787-12-01
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 1 de diciembre de 1787.

En dicha fecha se reunieron Francisco Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, defensor general de menores; y Pablo Hernández, defensor de pobres.

Durante la reunión el alcalde expuso que, tras reconocer las calles de la villa y considerar diversas mensuras realizadas, se advirtió que la disposición irregular de algunas casas, existente desde la fundación de la villa, había reducido la extensión de las calles y dificultaba su alineación uniforme sin causar perjuicio a los vecinos mediante la demolición de sus viviendas.

Considerado lo expuesto, el Cabildo acordó fijar en adelante la anchura de las calles conforme a la situación existente de las edificaciones: once varas donde fuese posible, diez varas donde se requiriese y nueve varas en los casos en que las construcciones impidieran mayor amplitud, estableciendo que ninguna calle pudiera angostarse más en lo sucesivo.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID212 · Unidad documental simple · 1788-01-01
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 1 de enero de 1788.

En dicha fecha se reunieron Francisco Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor y defensor de pobres, con el objeto de proceder a la elección de alcalde ordinario y demás oficios concejiles.

Consideradas las personas propuestas el día anterior para alcalde ordinario —Alonso González, Carlos Thadeo Romero y Thadeo Habrego—, el alcalde votó por Carlos Thadeo Romero, voto al que se adhirieron unánimemente los demás capitulares, quedando elegido para dicho cargo.

Para regidor decano resultó electo Ventura López; para alguacil mayor, Gavino de la Rosa; para regidor y defensor general de menores, Manuel de la Riva; y para regidor y defensor general de pobres, Pedro Antonio Cheves, conforme a la votación realizada por los capitulares.

Asimismo se eligieron alcaldes de la Santa Hermandad: Tomás Bazabe para el partido de Nuestra Señora del Pilar y Cañada de Escobar, y Blas López para el partido de San Antonio de Areco y Cañada de la Cruz.

Concluida la elección, se dispuso depositar la vara de alcalde en poder del regidor decano hasta que las designaciones recibieran la confirmación correspondiente. Se ordenó además remitir testimonio del acta al gobernador intendente para su aprobación.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID206 · Unidad documental simple · 1787-10-05
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 5 de octubre de 1787.

En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, regidor y defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor defensor de pobres.

Durante la reunión se acordó observar estrictamente el secreto y sigilo que deben guardarse en los asuntos tratados por el Cabildo, conforme a lo establecido por el derecho.

Asimismo se trató la aplicación del despacho del virrey que prohibía el ejercicio de la medicina, cirugía, sangría y botica sin título ni examen del Real Protomedicato. Habiéndose suspendido a quienes ejercían dichos oficios en la villa, el Cabildo decidió informar al gobernador intendente sobre la situación y la falta de facultativos, solicitando autorización para permitir provisionalmente el ejercicio de alguno de ellos, sin haber recibido aún respuesta.

Atendiendo a la necesidad de asistencia para los enfermos, se resolvió que interinamente Luis Senrra y Juan García continúen practicando curaciones y sangrías, percibiendo solo la mitad de los derechos correspondientes, debido a la pobreza del lugar. Los demás practicantes quedaron suspendidos conforme a lo dispuesto en el acuerdo del 18 de agosto. También se dispuso que el botiquín previamente suspendido funcione en iguales términos para la atención de los enfermos pobres.

Se ordenó publicar esta resolución para conocimiento del vecindario.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID207 · Unidad documental simple · 1787-10-09
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de octubre de 1787.

En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, regidor y defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor defensor de pobres.

Durante la reunión se trataron diversas medidas relativas al orden urbano de la villa, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Real Ordenanza e Instrucción de Intendentes de 1782. El Cabildo dispuso la composición de las calles y de la plaza, obligando a los vecinos a nivelar y terraplenar los frentes de sus propiedades para facilitar el escurrimiento de las aguas y evitar la formación de pantanos, bajo pena de multa.

Asimismo se ordenó que en el término de un mes se reconstruyan las paredes arruinadas y se retiren los cercos de tuna en los frentes de la plaza, debiendo levantarse paredes de adobe crudo con una altura uniforme de dos varas y media. También se estableció que en el plazo de seis meses se reedifiquen las casas en estado ruinoso y se cercen los solares desocupados, bajo apercibimiento de multa o de venta forzosa en caso de incumplimiento.

Igualmente se dispuso que nadie pueda iniciar nuevas edificaciones en los frentes de las calles sin avisar previamente a la justicia para que se determine la alineación correspondiente. Finalmente, se fijó el precio de molienda en las atahonas en cuatro reales por fanega, encargando al regidor Juan de Irrazábal la vigilancia de su cumplimiento.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 1 de enero de 1791]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID257 · Unidad documental simple · 1791-01-01
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 1 de enero de 1791.
Asistieron Joaquín Cabot, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Manuel de la Riva, alguacil mayor; Gaspar de Contreras, regidor y defensor de menores; y Pablo Hernández, regidor y defensor de pobres.

Durante la sesión se trató la elección de alcalde ordinario y de los demás empleos concejiles correspondientes al año en curso. No habiéndose presentado impedimentos y cumplida la citación reglamentaria, se procedió a la emisión de votos para el cargo de alcalde ordinario. Joaquín Cabot y Gaspar de Contreras votaron por Juan Pablo López; Alonso González, Manuel de la Riva y Pablo Hernández votaron por Miguel Gerónimo Colman.

Seguidamente se efectuaron los nombramientos para los restantes oficios concejiles, proponiéndose y votándose: Bernardo Miranda como alguacil mayor; Gaspar de Contreras como regidor decano; Miguel de Leyba como defensor de menores; Juan Antonio Corro como defensor de pobres; Francisco Viñales y Joaquín Molina como alcaldes de la Hermandad de los partidos.

Los capitulares, de forma unánime y conforme, prestaron su conformidad a todos los nombramientos realizados, dándose por concluida la elección de autoridades municipales. Se resolvió extraer testimonio del acuerdo y remitirlo, mediante el correspondiente oficio, al virrey, a fin de obtener la confirmación superior de los cargos designados

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID202 · Unidad documental simple · 1787-07-16
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 16 de julio de 1787.

En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Martín de Lobo, regidor decano; y Juan de Irrazábal, regidor y defensor de menores. No concurrió José Gerónimo Colman, alguacil mayor, por hallarse ocupado en servicio de la real justicia.

Durante la reunión se presentó Pablo Hernández, capitán de milicias y regidor defensor de pobres electo, solicitando ser recibido en el ejercicio de su cargo. Habiendo prestado previamente juramento de fidelidad ante Martín de Lobo, fue admitido y puesto en posesión de dicho empleo.

No habiendo otros asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID205 · Unidad documental simple · 1787-08-18
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de agosto de 1787.

En dicha fecha se reunieron Francisco Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, regidor y defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor defensor de pobres.

Durante la reunión se dio lectura a un despacho del virrey Juan José de Vértiz, fechado el 16 de noviembre de 1780, por el cual se establecía en Buenos Aires el Tribunal del Real Protomedicato y se nombraba proto-médico a Miguel Gorman, con facultades para examinar y autorizar a quienes ejercieran la medicina, cirugía, farmacia y flebotomía. El Cabildo acordó cumplir lo dispuesto, ordenando su publicación para que quienes ejercieran tales oficios presentasen sus títulos o licencias, bajo penas establecidas para los infractores.

Asimismo se resolvió citar a Gaspar de Contreras, vecino de la villa y dueño de un botiquín, para que acreditase la autorización con que ejercía el oficio de boticario, y en caso de no poseerla, suspenderlo de dicha actividad y dar aviso al proto-médico.

También se trataron cuestiones relativas al abasto del pan, ordenándose a panaderos y panaderas ajustar el tamaño del pan al precio del trigo. Se dispuso además fijar aranceles para el pan y otros productos vendidos por pulperos, estableciendo multas para quienes no respetasen los precios fijados.

Finalmente, y ante la falta de un funcionario encargado de vigilar los abastos de la villa, el Cabildo nombró fiel ejecutor a Juan de Irrazábal para ejercer dicho cargo durante el resto del año.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID250 · Unidad documental simple · 1790-08-02
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 2 de agosto de 1790.
Asistieron Joaquín Cavot y Montaner, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Gaspar de Contreras, defensor general de menores; y Pablo Hernández, defensor de pobres.

Abierta la sesión, el alcalde ordinario expuso que la festividad del Santo Cuerpo de Cristo se había celebrado hasta entonces de forma conjunta con la festividad de Nuestra Señora del Rosario, debido a la inexistencia de un fondo específico que permitiese sufragar los gastos propios de la celebración del Corpus Christi en su fecha correspondiente. Señaló la necesidad de asignar recursos de propios suficientes para que dicha festividad pudiera celebrarse de manera independiente y conforme a su carácter solemne.

Oído el planteo, los capitulares, de manera unánime y conforme, manifestaron que nada era más acorde con la voluntad de este Ilustre Ayuntamiento que celebrar la festividad del Cuerpo de Cristo con el culto y decoro que le son debidos, acordando destinar para ello hasta la suma de ciento veinte pesos de los fondos de propios, por considerarla suficiente para cubrir los gastos de la función.

Asimismo, atendiendo a que la festividad se desarrolla tradicionalmente en época invernal y a las condiciones climáticas adversas propias de la estación, se resolvió que la celebración se realizase el cuarto día de la festividad de la Purísima Concepción.

Se determinó también que el Ayuntamiento designaría a un individuo responsable de la administración de los gastos, quien debería rendir cuenta exacta de los mismos, quedando cualquier sobrante en beneficio de los propios de la villa.

De igual modo, se acordó que la festividad se celebraría solemnemente, con misa cantada, sermón, altares y procesión pública. Se estableció que los excedentes de la celebración, con excepción de lo destinado a la iglesia, quedarían bajo custodia del cura y vicario, y que el resto sería destinado al beneficio del pueblo, conforme a lo tratado y acordado con la autoridad eclesiástica, quedando a favor de la casa del Santísimo.

Con lo cual se dio por concluido el acuerdo, disponiéndose la elevación del correspondiente tratamiento y oficio a Su Excelencia, a fin de que se dignase confirmar esta nueva determinación..

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID254 · Unidad documental simple · 1790-11-22
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 22 de noviembre de 1790.
Asistieron Joaquín Cavot, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Manuel de la Riva, alguacil mayor; y Pablo Hernández, defensor de pobres. No concurrió Gaspar de Contreras por hallarse ausente en Buenos Aires.

Durante la sesión se dio lectura a una carta remitida por Gaspar de Contreras, en su carácter de apoderado del Cabildo, cuyo contenido se estructuraba en dos asuntos principales. En primer término, informó sobre las gestiones realizadas en relación con la festividad del Corpus Christi, señalando que había logrado que se sacara punto fiscal para su tratamiento en vista, quedando pendiente su resolución definitiva a partir de la conformación de la cuenta de propios. En segundo lugar, comunicó la solicitud de pago formulada por el abogado defensor de la jurisdicción, quien manifestó no trabajar por escritos sino por defensa, requiriendo la suma de cien pesos a cuenta de sus honorarios.

El Cabildo resolvió, por unanimidad, no adoptar por el momento nuevas providencias respecto de la festividad del Corpus, hasta tanto se pronunciase el virrey, a quien ya se había elevado la consulta correspondiente. Asimismo, acordó que se abonasen los gastos al abogado defensor por su intervención en la causa, en atención a la necesidad y urgencia del pleito y a los servicios ya prestados, disponiendo que el pago fuese gestionado por Gaspar de Contreras en su carácter de apoderado del Ayuntamiento.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID209 · Unidad documental simple · 1787-12-24
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1787.

En dicha fecha se reunieron Francisco Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, defensor general de menores; y Pablo Hernández, defensor de pobres.

Durante la reunión se dispuso cerrar el punto a todas las causas civiles y ordinarias, conforme a la práctica anual del Cabildo. Seguidamente se realizó visita a la cárcel, informando el alguacil mayor que se hallaban detenidos Andrés Muños, pardo; Pablo Xuares, indio; y José, negro, quienes permanecían presos por vía de reprensión y sin causa formal abierta.

Considerado lo expuesto, el Cabildo resolvió que el tiempo de prisión sufrido era suficiente para su corrección y ordenó la puesta en libertad de los tres detenidos.

No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján