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Descripción archivística
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID350 · Unidad documental simple · 1796-09-01
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 1 de septiembre de 1796.

En dicha fecha se reunieron Felipe Antonio Martínez, sargento mayor de milicias y alcalde ordinario; Esteban de Torres, regidor decano; y Andrés Migoya, alguacil mayor.
Durante la sesión se dio lectura a un pliego remitido por el virrey, relativo a la solicitud presentada por Manuel Mariano Creu, maestro de primeras letras de la villa, en la que reclamaba el pago de los salarios que le eran adeudados.

Enterados de su contenido, los capitulares acordaron cumplir lo mandado por la superioridad, disponiendo el pago de los salarios vencidos al referido maestro y el abono puntual en adelante de su remuneración. Asimismo, se resolvió hacerle saber que deberá desempeñar su oficio con el debido celo y exactitud, evitando dar lugar a quejas.

Finalmente, se dispuso comunicar a la superioridad el cumplimiento de lo ordenado.

Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 04 de mayo de 1797]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID366 · Unidad documental simple · 1797-05-04
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 4 de mayo de 1797.

En dicha fecha se reunieron José Francisco de Ugarteche, alcalde ordinario; José Gerónimo Colman, regidor; Ramón Piñero, regidor defensor general de pobres; y Nicolás Escobar, alguacil mayor. No asistió Ventura López, regidor defensor general de menores, por hallarse enfermo.

Durante la sesión el alcalde hizo presente una sumaria información relativa a la salida de la villa de Manuel Mariano Creu, maestro de primeras letras, y la consiguiente necesidad de proveer dicho empleo.

Enterados de ello, los capitulares acordaron nombrar como maestro de primeras letras a Andrés Faneca, por considerarlo sujeto idóneo, bajo la condición de que presente ante el Cabildo la certificación de examen expedida por la Curia Eclesiástica de Buenos Aires, acreditando su aptitud en lectura, escritura, cálculo y doctrina cristiana, y que reúna las cualidades exigidas por las disposiciones reales.

Asimismo, dispusieron librar el correspondiente oficio para el cumplimiento de lo acordado.

Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 11 de mayo de 1792]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID282 · Unidad documental simple · 1792-05-11
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 11 de mayo de 1792.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; y José Antonio González, alguacil mayor.

En el curso de la sesión se dio lectura a un escrito presentado ante el excelentísimo señor virrey por Manuel Mariano Creu, en el que solicitaba ser repuesto en el ejercicio del magisterio de la escuela de la Villa, del cual había sido removido por su mala versación. Por decreto de fecha treinta de abril, Su Excelencia ordenaba que este Ayuntamiento informase sobre el particular, disponiendo que, si fuese cierto lo expuesto por el recurrente, se le mantuviese en el uso y ejercicio del empleo sin novedad hasta nueva determinación.

En obedecimiento de dicha providencia, el Cabildo acordó informar que no era cierto todo lo alegado por el referido Creu, y que los motivos que llevaron a su separación eran suficientes y constaban en el sumario formado al efecto. Señalaron que solo mediante su remoción y la designación de un nuevo maestro se había logrado remediar los graves perjuicios que se ocasionaban, ya que numerosos padres de familia habían dejado de enviar a sus hijos a la escuela, quedando la mayor parte sin instrucción.

Asimismo, hicieron constar que el maestro nombrado en su lugar había desempeñado su cargo con acierto, motivando que los padres de familia volviesen a enviar a sus hijos, según se expresaba en el informe que se acompañaba.

Finalmente, acordaron remitir a la Superioridad, junto con el informe correspondiente, el sumario original, para que, visto y examinado, se determinase lo que fuese del superior agrado.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID249 · Unidad documental simple · 1790-04-12
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 12 de abril de 1790. Asistieron Joaquín Cavot y Montaner, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Manuel de la Riva, alguacil mayor; y Gaspar de Contreras, defensor general de menores.

Abierta la sesión, el alcalde ordinario expuso que correspondía proceder a la apertura del punto, lo que fue aprobado de común acuerdo, quedando habilitada la tramitación de todas las causas y demandas civiles.

Seguidamente, ante la falta de constitución formal de la Junta Municipal correspondiente al año en curso y de designación de sus integrantes conforme a la ordenanza, se resolvió su conformación provisoria, nombrándose como presidente a Joaquín Cavot y Montaner, y como vocales a Alonso González y Gaspar de Contreras.

Asimismo, se resolvió aceptar la renuncia de Antonio Pérez de Marañón al ministerio de maestro de escuela y admitir en su reemplazo a Manuel de Creu como maestro de niños, con un honorario anual de cien pesos, computable desde el quince de febrero. Se estableció, además, el arancel mensual de enseñanza en dos pesos por lectura y tres pesos por escritura por cada jefe de familia, disponiéndose que los niños pobres fueran instruidos gratuitamente, con igual dedicación y aplicación.

Con el objeto de asegurar el adecuado abastecimiento de alimentos en la villa, se acordó facultar al alcalde ordinario para designar a la persona o personas que estimase convenientes, bajo las condiciones que resultasen más favorables al bien, provecho y utilidad pública.

Igualmente, se resolvió que las tres llaves de resguardo de los fondos de propios de la villa quedasen en poder del presidente de la Junta y de los dos vocales designados.

Se dio lectura a un escrito presentado por Pedro Francisco Torres, solicitando certificación de los méritos y servicios prestados por su difunto padre, Tomás de Torres, resolviéndose de común acuerdo acceder a lo solicitado y expedir la certificación correspondiente.

También se acordó que, en atención a la designación de Gaspar de Contreras como apoderado del Ilustre Ayuntamiento para la prosecución de causas pendientes ante el virrey y el tribunal de Su Majestad, se le asignase un peso diario para su manutención en Buenos Aires, durante todo el tiempo de duración de su comisión.

Seguidamente, se dio lectura a un escrito presentado por Luis de Senrra, solicitando autorización para continuar como único encargado de la curación de enfermos en la villa y su jurisdicción, con exclusión de otros curanderos. Considerados el escrito y las certificaciones acompañadas que acreditaban su desempeño, y ante la inexistencia de médico profesional habilitado en la jurisdicción, se resolvió autorizarlo para ejercer en forma exclusiva la atención de enfermos dentro y fuera de la villa, bajo las condiciones de atender gratuitamente a los pobres, dar aviso al juzgado cuando debiese salir a la jurisdicción, y prohibiendo el ejercicio de la curandería a otras personas. En consecuencia, se ordenó la expedición de la licencia correspondiente

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID351 · Unidad documental simple · 1796-09-12
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 12 de septiembre de 1796.

En dicha fecha se reunieron Felipe Antonio Martínez, alcalde ordinario; Esteban de Torres, regidor decano; Martín Lobo, defensor general de menores; Bernardo Miranda, defensor de pobres; y Andrés Migoya, alguacil mayor.

Durante la sesión se trató nuevamente el cumplimiento de la orden superior relativa al pago de los salarios adeudados a Manuel Mariano Creu, maestro de primeras letras. Enterados de su contenido, los capitulares manifestaron el debido acatamiento, aunque se produjo diversidad de pareceres respecto de la oportunidad de efectuar el pago, en atención a consultas pendientes ante la superioridad.

No obstante, por mayoría de votos se resolvió satisfacer al referido maestro los salarios devengados, disponiéndose su pago y ordenándose notificarlo personalmente, con advertencia de que cumpla con exactitud las obligaciones de su ministerio.

Asimismo, se acordó dar cuenta de lo actuado a la superioridad.

Con ello se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID306 · Unidad documental simple · 1793-08-13
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de agosto de 1793.

Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.

Reunidos como de costumbre, el regidor decano expuso que, en respuesta al oficio dirigido a Juan de Acebey, alcalde de la Hermandad de la Cañada de la Cruz, relativo a la falta de subordinación y reconocimiento hacia este Cabildo que se había manifestado en dicho juzgado, el mencionado alcalde ofrecía en lo sucesivo prestar la debida obediencia y prometía mantener paz y buena armonía, recomendando que esta circunstancia se hiciese presente al señor virrey.

Los capitulares declararon darse por satisfechos con la promesa realizada por dicho alcalde. No obstante, en lo tocante al alcalde de la Hermandad de Areco, acordaron dar cuenta a la superioridad, remitiendo testimonio de esta providencia junto con la contestación del mencionado alcalde y el correspondiente oficio, a fin de que se determinase lo que se estimase más conveniente.

En el curso de este acuerdo, y con la correspondiente venia, se presentó ante el Ayuntamiento Eugenio Rodríguez, vecino de esta villa, quien entregó un pedimento en nombre de las personas en él expresadas, dirigido a la reposición de Manuel de Creu en el ministerio de maestro de la escuela de esta villa. Leído el escrito, los solicitantes pidieron que el Cabildo, como padre de la república, atendiese su contenido. Considerado el asunto, los capitulares resolvieron que, por tratarse de una materia de reposición, se remitiese a la superioridad para que allí se resolviese lo que se estimase más conveniente.

Seguidamente, el regidor decano presentó dos documentos extrajudiciales relativos al traspaso de dos quintas que poseía, procedentes de las que este Cabildo había concedido en merced al vecindario. Manifestó que, para los efectos que estimaba oportunos, deseaba que dichos documentos fuesen autorizados para darles mayor validez y fuerza. Añadió que, por hallarse en la actualidad ejerciendo funciones de juez y ser parte interesada, solicitaba que el Cabildo realizase dicha autorización. Los capitulares acordaron unánimemente autorizar los mencionados documentos y devolverlos posteriormente al solicitante para los fines que considerase convenientes.

Asimismo, con el mismo objeto y previa venia, comparecieron ante el Ayuntamiento Esteban de Torres y Esteban Fuentes, vecinos de esta villa, quienes presentaron un pedimento en nombre de varios vecinos. En él solicitaban que el Cabildo, en su calidad de padre de la república, atendiese su petición y la dirigiese al ilustrísimo señor obispo, con el propósito de promover al actual cura interino Marcos Cano. Leída la presentación, los capitulares acordaron unánimemente admitirla y remitirla al ilustrísimo señor obispo, para que, como juez competente en la materia, resolviese lo que estimase más conveniente.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 9 de julio de 1792]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID286 · Unidad documental simple · 1792-07-09
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de julio de 1792, continuada el 10 de julio del mismo año.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; Victorino Cheves, regidor defensor general de menores; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

En el curso de la sesión del día nueve, el alcalde ordinario presentó un escrito relativo a Manuel Mariano Creu, quien había sido separado del empleo de maestro de primeras letras por no hallársele suficiente para la enseñanza de los niños. En dicho escrito se hacía constar que el referido Creu, además de haber promovido queja ante el excelentísimo señor virrey contra este Ayuntamiento por su remoción, vertía expresiones consideradas agraviosas y poco decorosas contra el Ilustre Cabildo y la determinación adoptada.

Visto y considerado su contenido, los capitulares acordaron que se hiciese representación formal a fin de que no se le admitiese al mencionado Creu recurso ni gestión alguna en desacato de lo resuelto por este cuerpo. Asimismo, para sostener los derechos y prerrogativas del Ayuntamiento, se propuso el nombramiento de dos diputados: uno que actuase en la Villa en defensa de sus fueros, y otro que compareciese en la ciudad de Buenos Aires para promover lo necesario en favor de la jurisdicción.

Enterados los señores capitulares, y de común acuerdo, resolvieron nombrar como diputado para la ciudad de Buenos Aires al alcalde Pedro Francisco Torres, y para las diligencias que se ofreciesen en la Villa a José Antonio González, confiriéndoles las facultades necesarias para la defensa de los derechos del Cabildo, con las cláusulas y prerrogativas que fuesen menester.

En ese estado, el regidor decano Manuel de la Riva manifestó que suspendía su voto sobre la materia, por querer reflexionar con libertad antes de pronunciarse definitivamente. Por tal motivo, la resolución del acuerdo quedó diferida para el día diez de julio.

Reunidos nuevamente en dicha fecha los mismos señores capitulares, el regidor decano expresó que siempre había sido de dictamen que no se removiese al referido maestro sin previa prevención y amonestación sobre el modo en que debía conducirse en la escuela. En uso de la libertad que las leyes le conceden para emitir su voto, declaró no convenir en las accionesen contra del mencionado Creu, solicitando que su voto en disidencia quedase asentado en el acuerdo, máxime considerando que habrían de emplearse recursos de propios en las diligencias proyectadas.

A lo cual el alcalde hizo presente que el regidor decano había firmado el acuerdo por el cual se dispuso la remoción del referido maestro, según constaba en las actas del Cabildo.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID846 · Unidad documental simple · 1797-08-14
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio dirigido a la autoridad superior judicial con motivo del recurso interpuesto por Manuel Mariano Creu, procesado en una causa criminal iniciada por querella de doña Felipa Pereyra. El documento informa sobre las actuaciones promovidas por Creu ante la Junta Superior de Real Hacienda y posteriormente ante la Real Audiencia, señalando que, pese a las resoluciones dictadas para que la causa continuara y se resolviera con prontitud, el acusado había eludido la acción de la justicia huyendo y promoviendo nuevos recursos.

El remitente sostiene que las presentaciones efectuadas por Creu carecen de fundamento y expone las disposiciones legales que, a su juicio, autorizaban al juez ordinario a continuar la sustanciación del proceso mientras no existiera una orden expresa en contrario. Asimismo, manifiesta remite testimonio íntegro de las actuaciones para su examen, solicitando que se le permita proseguir con la causa hasta su conclusión.

Finalmente, aclara que la separación de Creu del cargo de maestro de primeras letras no fue una decisión del juzgado, sino una resolución adoptada por el Cabildo en consideración a la conducta del acusado y a la falta de idoneidad para el ejercicio de la enseñanza.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID840 · Unidad documental simple · 1797-06-02
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio en el que el Cabildo de la Villa de Luján se dirige al provisor y vicario en relación con la causa criminal promovida por Doña Felipa Pereyra contra el notario eclesiástico Manuel Mariano Creu por los excesos cometidos en perjuicio de su casa y personas a su servicio. El documento refiere las actuaciones realizadas con anterioridad, la falta de una respuesta formal por parte de la autoridad eclesiástica y la nueva presentación efectuada por la parte agraviada reclamando la pronta administración de justicia.

Asimismo, requiere la entrega del notario a la jurisdicción real para la prosecución de la causa y advierte que, de persistir la negativa o demora, se dará cuenta al superior gobierno remitiendo testimonio de todo lo actuado.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID835 · Unidad documental simple · 1797-05-20
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia de un oficio remitido por el juez ordinario de la Villa de Luján al vicario general con motivo de la querella civil y criminal promovida por doña Felipa Pereyra contra el notario eclesiástico Manuel Mariano Creu. En la presentación se exponen los hechos denunciados, referidos al ingreso violento del acusado en el domicilio de la querellante y a las lesiones ocasionadas a una criada de su servicio.

El documento registra las actuaciones practicadas por la justicia ordinaria a partir de la denuncia, incluyendo la acreditación de los hechos, la solicitud de embargo sobre la persona y bienes del acusado y las diligencias realizadas ante la autoridad eclesiástica para obtener su entrega. Asimismo, consigna los oficios remitidos al vicario foráneo de la Villa, la falta de respuesta a los requerimientos formulados por el juzgado y la posterior reposición de Manuel Mariano Creu en el cargo de notario eclesiástico.

La comunicación incorpora los argumentos presentados por la autoridad judicial respecto de la competencia para intervenir en la causa, las referencias al fuero eclesiástico invocadas en el expediente y los reclamos dirigidos al vicario foráneo por su actuación en el trámite del proceso.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján