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Descripción archivística
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID287 · Unidad documental simple · 1792-07-12
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Transcripción del escrito presentado por Pedro Antonio Torres, en su carácter de alcalde ordinario, ante el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján, en relación con la queja interpuesta por Manuel Mariano Creu ante el señor virrey, con motivo de su separación del cargo de maestro de escuela y de las expresiones agraviantes vertidas por este contra el cuerpo capitular.

En dicho escrito, el alcalde expone la necesidad de dirigir representación al señor virrey, a fin de manifestar con claridad lo ocurrido y suplicarle se sirva declarar que no ha lugar al recurso promovido por el referido Creu. Solicita asimismo que, entretanto la Superioridad resuelve, se le haga saber que este Cabildo no le admitirá gestión ni instancia alguna sobre el particular, bajo apercibimiento de proceder conforme a derecho.

Igualmente, propone que, para la mejor defensa de los fueros y prerrogativas del Ilustre Ayuntamiento, se nombren dos diputados: uno que actúe en la villa en todo lo conducente a su defensa, y otro que ocurra a la capital del reino para atender lo necesario en seguimiento de la causa, confiriéndoseles a ambos las facultades y poderes que resulten precisos para el desempeño de su encargo.

Escrito tratado en la sesión celebrada el 9 de julio de 1792.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID844 · Unidad documental simple · 1797-06-28
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio dirigido a un funcionario superior en respuesta a la comunicación relativa a la reposición de Manuel Mariano Creu en el cargo de maestro de primeras letras. El documento refuta los argumentos presentados por Creu ante la Junta Superior de Real Hacienda, sosteniendo que su representación omite y tergiversa los antecedentes de la causa criminal promovida por doña Felipa Pereyra a raíz de las agresiones cometidas contra una esclava de su propiedad.

Se describen las actuaciones judiciales practicadas por el juzgado, entre ellas la admisión de la querella civil y criminal, la recepción de declaraciones testimoniales y del informe del cirujano que asistió a la víctima, así como las diligencias realizadas para obtener la entrega del acusado por parte de la jurisdicción eclesiástica. Asimismo, se reseñan los oficios remitidos al vicario eclesiástico y al provisor del obispado, la falta de respuesta efectiva por parte de estas autoridades y las presentaciones efectuadas por la parte querellante.

El oficio también explica las razones que motivaron el retiro de Creu del magisterio, señalando su ausencia del cargo, el inventario de los bienes de la escuela y la resolución del Cabildo de disponer su reemplazo, fundada tanto en su conducta como en la insuficiencia de sus aptitudes para el ejercicio de la enseñanza. Finalmente, el juez manifiesta que la presentación elevada por Creu procuraba desacreditar el proceder de la justicia ordinaria y reafirma la legalidad de las actuaciones desarrolladas en la causa.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID867 · Unidad documental simple · 1798-09-26
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio por el cual el Juez ordinario de la Villa de Luján informa a la Real Audiencia sobre los motivos por los cuales Manuel Mariano Creu no ha sido repuesto como maestro de primeras letras, en cumplimiento de una providencia dictada a raíz de una representación presentada por este. Expone que la decisión del Cabildo de separarlo del magisterio no obedeció a la causa criminal seguida por los malos tratos infligidos a una esclava de doña Felipa Pereyra, sino a su notoria falta de idoneidad para el ejercicio de la enseñanza, evidenciada en sus insuficientes conocimientos de lectura, escritura, ortografía y aritmética, así como en los escasos resultados obtenidos durante los más de cuatro años que estuvo al frente de la escuela. Señala, además, que el Cabildo observó reiterados escándalos, tropelías y desacatos cometidos por Creu, lo que motivó su remoción y el nombramiento, previo examen conforme a la normativa vigente, de Andrés Faneca como nuevo maestro. Finalmente, informa que la causa criminal promovida por Felipa Pereyra concluyó con la condena de Creu al pago de doce pesos a favor de la propietaria de la esclava y de las costas procesales, obligaciones que aún no había satisfecho por alegar insolvencia.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID896 · Unidad documental simple · 1799-04-24
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio dirigido a Marcelino Calleja Sanz en el que el alcalde ordinario interino de la Villa de Luján le comunica haber dado cumplimiento a la acordada de la Real Audiencia de 8 de abril de 1799, que ordenaba la venta de bienes embargados a don Manuel Mariano Creu para cubrir la suma de doce pesos que este debía abonar a doña Ana Pereira como indemnización por las lesiones ocasionadas a una esclava de su propiedad. Asimismo, informa que la acreedora quedó íntegramente satisfecha y que el recibo correspondiente obra reservado en el juzgado.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID835 · Unidad documental simple · 1797-05-20
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia de un oficio remitido por el juez ordinario de la Villa de Luján al vicario general con motivo de la querella civil y criminal promovida por doña Felipa Pereyra contra el notario eclesiástico Manuel Mariano Creu. En la presentación se exponen los hechos denunciados, referidos al ingreso violento del acusado en el domicilio de la querellante y a las lesiones ocasionadas a una criada de su servicio.

El documento registra las actuaciones practicadas por la justicia ordinaria a partir de la denuncia, incluyendo la acreditación de los hechos, la solicitud de embargo sobre la persona y bienes del acusado y las diligencias realizadas ante la autoridad eclesiástica para obtener su entrega. Asimismo, consigna los oficios remitidos al vicario foráneo de la Villa, la falta de respuesta a los requerimientos formulados por el juzgado y la posterior reposición de Manuel Mariano Creu en el cargo de notario eclesiástico.

La comunicación incorpora los argumentos presentados por la autoridad judicial respecto de la competencia para intervenir en la causa, las referencias al fuero eclesiástico invocadas en el expediente y los reclamos dirigidos al vicario foráneo por su actuación en el trámite del proceso.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID840 · Unidad documental simple · 1797-06-02
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio en el que el Cabildo de la Villa de Luján se dirige al provisor y vicario en relación con la causa criminal promovida por Doña Felipa Pereyra contra el notario eclesiástico Manuel Mariano Creu por los excesos cometidos en perjuicio de su casa y personas a su servicio. El documento refiere las actuaciones realizadas con anterioridad, la falta de una respuesta formal por parte de la autoridad eclesiástica y la nueva presentación efectuada por la parte agraviada reclamando la pronta administración de justicia.

Asimismo, requiere la entrega del notario a la jurisdicción real para la prosecución de la causa y advierte que, de persistir la negativa o demora, se dará cuenta al superior gobierno remitiendo testimonio de todo lo actuado.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID846 · Unidad documental simple · 1797-08-14
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Copia del oficio dirigido a la autoridad superior judicial con motivo del recurso interpuesto por Manuel Mariano Creu, procesado en una causa criminal iniciada por querella de doña Felipa Pereyra. El documento informa sobre las actuaciones promovidas por Creu ante la Junta Superior de Real Hacienda y posteriormente ante la Real Audiencia, señalando que, pese a las resoluciones dictadas para que la causa continuara y se resolviera con prontitud, el acusado había eludido la acción de la justicia huyendo y promoviendo nuevos recursos.

El remitente sostiene que las presentaciones efectuadas por Creu carecen de fundamento y expone las disposiciones legales que, a su juicio, autorizaban al juez ordinario a continuar la sustanciación del proceso mientras no existiera una orden expresa en contrario. Asimismo, manifiesta remite testimonio íntegro de las actuaciones para su examen, solicitando que se le permita proseguir con la causa hasta su conclusión.

Finalmente, aclara que la separación de Creu del cargo de maestro de primeras letras no fue una decisión del juzgado, sino una resolución adoptada por el Cabildo en consideración a la conducta del acusado y a la falta de idoneidad para el ejercicio de la enseñanza.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
[Acta capitular del 9 de julio de 1792]
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID286 · Unidad documental simple · 1792-07-09
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de julio de 1792, continuada el 10 de julio del mismo año.
Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; Victorino Cheves, regidor defensor general de menores; y Judas Tadeo Abrego, defensor de pobres.

En el curso de la sesión del día nueve, el alcalde ordinario presentó un escrito relativo a Manuel Mariano Creu, quien había sido separado del empleo de maestro de primeras letras por no hallársele suficiente para la enseñanza de los niños. En dicho escrito se hacía constar que el referido Creu, además de haber promovido queja ante el excelentísimo señor virrey contra este Ayuntamiento por su remoción, vertía expresiones consideradas agraviosas y poco decorosas contra el Ilustre Cabildo y la determinación adoptada.

Visto y considerado su contenido, los capitulares acordaron que se hiciese representación formal a fin de que no se le admitiese al mencionado Creu recurso ni gestión alguna en desacato de lo resuelto por este cuerpo. Asimismo, para sostener los derechos y prerrogativas del Ayuntamiento, se propuso el nombramiento de dos diputados: uno que actuase en la Villa en defensa de sus fueros, y otro que compareciese en la ciudad de Buenos Aires para promover lo necesario en favor de la jurisdicción.

Enterados los señores capitulares, y de común acuerdo, resolvieron nombrar como diputado para la ciudad de Buenos Aires al alcalde Pedro Francisco Torres, y para las diligencias que se ofreciesen en la Villa a José Antonio González, confiriéndoles las facultades necesarias para la defensa de los derechos del Cabildo, con las cláusulas y prerrogativas que fuesen menester.

En ese estado, el regidor decano Manuel de la Riva manifestó que suspendía su voto sobre la materia, por querer reflexionar con libertad antes de pronunciarse definitivamente. Por tal motivo, la resolución del acuerdo quedó diferida para el día diez de julio.

Reunidos nuevamente en dicha fecha los mismos señores capitulares, el regidor decano expresó que siempre había sido de dictamen que no se removiese al referido maestro sin previa prevención y amonestación sobre el modo en que debía conducirse en la escuela. En uso de la libertad que las leyes le conceden para emitir su voto, declaró no convenir en las accionesen contra del mencionado Creu, solicitando que su voto en disidencia quedase asentado en el acuerdo, máxime considerando que habrían de emplearse recursos de propios en las diligencias proyectadas.

A lo cual el alcalde hizo presente que el regidor decano había firmado el acuerdo por el cual se dispuso la remoción del referido maestro, según constaba en las actas del Cabildo.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID306 · Unidad documental simple · 1793-08-13
Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 13 de agosto de 1793.

Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.

Reunidos como de costumbre, el regidor decano expuso que, en respuesta al oficio dirigido a Juan de Acebey, alcalde de la Hermandad de la Cañada de la Cruz, relativo a la falta de subordinación y reconocimiento hacia este Cabildo que se había manifestado en dicho juzgado, el mencionado alcalde ofrecía en lo sucesivo prestar la debida obediencia y prometía mantener paz y buena armonía, recomendando que esta circunstancia se hiciese presente al señor virrey.

Los capitulares declararon darse por satisfechos con la promesa realizada por dicho alcalde. No obstante, en lo tocante al alcalde de la Hermandad de Areco, acordaron dar cuenta a la superioridad, remitiendo testimonio de esta providencia junto con la contestación del mencionado alcalde y el correspondiente oficio, a fin de que se determinase lo que se estimase más conveniente.

En el curso de este acuerdo, y con la correspondiente venia, se presentó ante el Ayuntamiento Eugenio Rodríguez, vecino de esta villa, quien entregó un pedimento en nombre de las personas en él expresadas, dirigido a la reposición de Manuel de Creu en el ministerio de maestro de la escuela de esta villa. Leído el escrito, los solicitantes pidieron que el Cabildo, como padre de la república, atendiese su contenido. Considerado el asunto, los capitulares resolvieron que, por tratarse de una materia de reposición, se remitiese a la superioridad para que allí se resolviese lo que se estimase más conveniente.

Seguidamente, el regidor decano presentó dos documentos extrajudiciales relativos al traspaso de dos quintas que poseía, procedentes de las que este Cabildo había concedido en merced al vecindario. Manifestó que, para los efectos que estimaba oportunos, deseaba que dichos documentos fuesen autorizados para darles mayor validez y fuerza. Añadió que, por hallarse en la actualidad ejerciendo funciones de juez y ser parte interesada, solicitaba que el Cabildo realizase dicha autorización. Los capitulares acordaron unánimemente autorizar los mencionados documentos y devolverlos posteriormente al solicitante para los fines que considerase convenientes.

Asimismo, con el mismo objeto y previa venia, comparecieron ante el Ayuntamiento Esteban de Torres y Esteban Fuentes, vecinos de esta villa, quienes presentaron un pedimento en nombre de varios vecinos. En él solicitaban que el Cabildo, en su calidad de padre de la república, atendiese su petición y la dirigiese al ilustrísimo señor obispo, con el propósito de promover al actual cura interino Marcos Cano. Leída la presentación, los capitulares acordaron unánimemente admitirla y remitirla al ilustrísimo señor obispo, para que, como juez competente en la materia, resolviese lo que estimase más conveniente.

Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján