Jueces

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID278 · Unidad documental simple · 1792-03-20
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de marzo de 1792.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, regidor defensor de pobres.

              Durante la sesión, el alcalde dio cuenta de una carta remitida por Gaspar de Contreras, en su carácter de apoderado de este Ilustre Ayuntamiento. Leída en altas e inteligibles voces, su contenido se reducía a dos puntos principales. El primero, informaba sobre las diligencias practicadas en relación con la secuela y conclusión del pleito pendiente acerca de la jurisdicción de la Villa y el nombramiento de los jueces que debían ser prevenidos por el alcalde ordinario y no por otra autoridad. El segundo, trataba sobre la localización de un sujeto apto para desempeñarse como maestro de escuela, quien pretendía ordenarse de clérigo a título de los cien pesos anuales asignados por este Cabildo como subsidio al magisterio.

              Considerados ambos asuntos, los capitulares, unánimes y de común acuerdo, resolvieron que, en cuanto al pleito jurisdiccional, el apoderado no perdiera tiempo alguno y realizara las presentaciones y postulaciones necesarias ante el excelentísimo señor virrey, a fin de asegurar que el alcalde ordinario de la Villa, y ningún otro, fuese quien nombrara los jueces correspondientes a su jurisdicción.

              Respecto del segundo punto, acordaron asegurar al pretendiente que no le faltarían los cien pesos anuales asignados al magisterio, y que, si el Ilustrísimo Obispo resolviera ordenarlo a título de dicha escuela, se otorgara la escritura de obligación correspondiente, sirviendo esta de fundamento para la colación y expedición del título, cuya copia debería remitirse para tal efecto.

              Finalmente, teniendo presente que el poder conferido a Gaspar de Contreras era general para representar al Cabildo ante el excelentísimo señor virrey en cuantos asuntos se ofrecieran, sin necesidad de expedir uno especial para cada caso, se dispuso comunicarle tal circunstancia por carta del alcalde, archivándose asimismo la misiva recibida para los efectos que correspondan.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján