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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID442 · Unidad documental simple · 1802-01-26
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 26 de enero de 1802.

              En dicha fecha se reunieron José Lino Gamboa, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; Pascual Aybar, regidor defensor de menores; y Juan Gregorio Sosa, regidor defensor general de pobres; con la inasistencia de Patricio Peñalba, alguacil mayor.

              Durante la sesión, los capitulares trataron sobre la enseñanza de primeras letras y el desempeño del maestro Andrés Faneca. En este sentido, acordaron establecer una instrucción general para su ejercicio, disponiendo que procure inculcar en los niños principios religiosos, morales y cívicos, junto con la obediencia, el respeto y el amor al bien público, así como aplicar un método adecuado para el adelantamiento de sus discípulos. Asimismo, resolvieron reservarse la facultad de examinar a los alumnos periódicamente para verificar su progreso.

              Del mismo modo, determinaron fijar un horario regular de enseñanza, asignar al maestro una retribución anual de cien pesos, autorizar el cobro de dos reales mensuales a quienes pudiesen contribuir, con la obligación de enseñar gratuitamente a los niños pobres, y ordenar que esta disposición se fije en la escuela y se archive en el libro de acuerdos.

              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID169 · Unidad documental simple · 1780-12-22
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 22 de diciembre de 1780.

              En dicha fecha se reunió el Cabildo con la asistencia de Manuel de Pinazo, alcalde ordinario; Ventura López Camelo, alguacil mayor; Antonio Vargas, regidor decano; y Francisco Aparicio, regidor y defensor general de menores.

              El acuerdo tuvo por objeto considerar un escrito presentado por el maestro de niños Gerónimo de Aguirre, en el que exponía no haber podido percibir de la Superior Junta de Temporalidades los setenta y cinco pesos anuales que le correspondían, cuyo pago se hallaba vencido desde el dieciocho de julio, lo que lo colocaba en la necesidad de abandonar su empleo, con perjuicio del público. Enterado el Cabildo, resolvió que, en atención al buen desempeño del maestro y al beneficio común, se le satisfagan anualmente los cien pesos de su asignación con fondos de propios de la Villa, incluyendo lo devengado desde el dieciocho de julio, disponiéndose asimismo dar vista del escrito a Juan de Lezica, síndico procurador general, para que dictamine al respecto, asentándose su respuesta en el libro de acuerdos.

              Asimismo se trató la conveniencia de que los individuos del Cabildo concurriesen en adelante a las funciones públicas vestidos de manera adecuada, imponiéndose multa de veinte pesos para obras públicas a quien contraviniese lo dispuesto.

              Finalmente, el alcalde dio cuenta de diversos libramientos expedidos para atender gastos de la obra de la Casa Capitular y calabozo; de las limosnas destinadas a medicinas, curación y mortajas de los pobres muertos en el suceso del veintiocho de agosto, por un malón; y de los gastos ocasionados por los presos empleados en trabajos públicos, tales como el puente, la zanja y la composición de bocacalles.

              Con lo cual se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID496 · Unidad documental simple · 1804-08-21
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 21 de agosto de 1804.
              En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; y Ambrosio González, defensor general de menores; no concurriendo Andrés Castillo, defensor general de pobres, por hallarse enfermo.
              Durante la sesión se presentó un escrito del doctor Manuel José Montiel, en el que solicitaba ser nombrado maestro de los jóvenes de la villa, alegando su condición de natural de ella, su instrucción en letras y sus estudios cursados en la ciudad de Buenos Aires, comprometiéndose a la enseñanza de los niños. Considerados sus antecedentes, conducta y aptitudes, los capitulares resolvieron unánimemente nombrarlo preceptor de los niños de la villa. Asimismo, dispusieron que el alguacil mayor le dé inmediata posesión de la escuela, haciéndole entrega de los útiles correspondientes.
              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID278 · Unidad documental simple · 1792-03-20
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 20 de marzo de 1792.
              Asistieron Pedro Francisco Torres, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, regidor decano; José Antonio González, alguacil mayor; y Judas Tadeo Abrego, regidor defensor de pobres.

              Durante la sesión, el alcalde dio cuenta de una carta remitida por Gaspar de Contreras, en su carácter de apoderado de este Ilustre Ayuntamiento. Leída en altas e inteligibles voces, su contenido se reducía a dos puntos principales. El primero, informaba sobre las diligencias practicadas en relación con la secuela y conclusión del pleito pendiente acerca de la jurisdicción de la Villa y el nombramiento de los jueces que debían ser prevenidos por el alcalde ordinario y no por otra autoridad. El segundo, trataba sobre la localización de un sujeto apto para desempeñarse como maestro de escuela, quien pretendía ordenarse de clérigo a título de los cien pesos anuales asignados por este Cabildo como subsidio al magisterio.

              Considerados ambos asuntos, los capitulares, unánimes y de común acuerdo, resolvieron que, en cuanto al pleito jurisdiccional, el apoderado no perdiera tiempo alguno y realizara las presentaciones y postulaciones necesarias ante el excelentísimo señor virrey, a fin de asegurar que el alcalde ordinario de la Villa, y ningún otro, fuese quien nombrara los jueces correspondientes a su jurisdicción.

              Respecto del segundo punto, acordaron asegurar al pretendiente que no le faltarían los cien pesos anuales asignados al magisterio, y que, si el Ilustrísimo Obispo resolviera ordenarlo a título de dicha escuela, se otorgara la escritura de obligación correspondiente, sirviendo esta de fundamento para la colación y expedición del título, cuya copia debería remitirse para tal efecto.

              Finalmente, teniendo presente que el poder conferido a Gaspar de Contreras era general para representar al Cabildo ante el excelentísimo señor virrey en cuantos asuntos se ofrecieran, sin necesidad de expedir uno especial para cada caso, se dispuso comunicarle tal circunstancia por carta del alcalde, archivándose asimismo la misiva recibida para los efectos que correspondan.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID500 · Unidad documental simple · 1804-09-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 8 de septiembre de 1804.
              En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos los señores Manuel de la Riva, alcalde ordinario y presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.
              Durante la sesión se volvió a leer una carta acordada del superior gobierno en la que se disponía que el Cabildo, o en su defecto el procurador síndico, concurra a la información de pobreza promovida en el tribunal superior por don Manuel Fonseca, a quien se le había retirado la escuela que servía interinamente. Considerando la imposibilidad de concurrir personalmente y la falta de poder suficiente del procurador, los capitulares acordaron otorgar poder amplio a don José Ceide, vecino de Buenos Aires, para que represente al Cabildo en este asunto, con facultad de sustituirlo.
              Asimismo, dispusieron que los gastos se sufraguen con los propios, y que se remita al apoderado testimonio de este acuerdo junto con el informe sobre los motivos que justificaron la remoción de don Manuel Fonseca del cargo de maestro, a fin de que gestione lo conveniente.
              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1818-ID824 · Unidad documental simple · 1818-02-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de febrero de 1818.

              En esta sesión se reunieron Salvador Aguirre, alcalde ordinario; Francisco Antonio Sosa, regidor decano; Juan Manuel Quevedo, alguacil mayor; y Severino Piñero, regidor defensor general de pobres.

              Durante el acuerdo, los capitulares trataron asuntos vinculados con la organización de la enseñanza primaria en la jurisdicción. Considerando que el preceptor de primeras letras carecía de un reglamento o formulario que orientara adecuadamente el desempeño de sus funciones, acordaron de manera unánime disponer la elaboración de una normativa destinada a reglar el ejercicio de dicho cargo.

              Para ello encomendaron al alcalde ordinario la redacción, con la mayor brevedad posible, de un formulario que estableciera las pautas para el funcionamiento de la escuela y el cumplimiento de las obligaciones del maestro. Asimismo, determinaron que una vez concluido, el documento fuese presentado al Cabildo para su examen y aprobación.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID510 · Unidad documental simple · 1804-12-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de diciembre de 1804.

              En dicha fecha se reunieron en la sala de acuerdos el señor Manuel de la Riva, capitán de milicias y alcalde ordinario, presidente; Juan José Lobo, regidor decano; Valentín Mariño, alguacil mayor; Ambrosio González, defensor general de menores; y Andrés Castillo, defensor general de pobres.

              Durante la sesión se consideró un escrito presentado por José Gerónimo Colman, Andrés Migoya, Judas Tadeo Abrego y Pedro Bejarano, en el que solicitaban licencia para que sus hijos fuesen educados por Manuel de la Fonseca Vasconcelos. Los capitulares resolvieron no hacer lugar por el momento, en atención a encontrarse pendiente en la Real Audiencia el pleito promovido sobre la materia, debiendo aguardarse su resolución.

              Asimismo, el maestro mayor del puente, Domingo Ábalos, solicitó la provisión de materiales para la construcción de un tajamar destinado a resguardar la obra. Sobre este punto, el Cabildo acordó no acceder por entonces, por no considerarse indispensable y por la falta de fondos, reservando su tratamiento para oportunidad futura.

              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID188 · Unidad documental simple · 1781-08-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 18 de agosto de 1781.

              En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, alguacil mayor; Antonio Pereyra y Mariño, regidor decano; Alonso González, regidor defensor general de menores; y Antonio Perelló, regidor defensor general de pobres.

              El regidor decano dio cuenta de una petición presentada por Gerónimo de Aguirre, maestro de primeras letras de la villa, quien solicitó el cumplimiento de un decreto anterior por el cual se le debía asignar salario por su magisterio. Expuso que la Junta de Temporalidades había cesado en el pago anual de setenta y cinco pesos que le correspondían, lo que le ocasionaba notable perjuicio, hallándose cargado de familia y sin otro medio de subsistencia.

              Visto el expediente obrante en el archivo y el parecer del síndico procurador general Juan de Lezica y Torrezuri, en el que se estimaba conveniente su continuidad en la enseñanza con asignación interina de cien pesos hasta que el juzgado de Temporalidades reanudase la contribución, el Cabildo acordó por unanimidad que se cumpla lo resuelto.

              Mandaron que se le pague lo devengado desde que cesó la pensión de setenta y cinco pesos, atendiendo al celo y eficacia con que ejerce la enseñanza de las primeras letras y doctrina cristiana, incluso a niños pobres de limosna, por redundar en beneficio público y servicio de ambas Majestades.

              Se dispuso que el alcalde provea lo necesario para el pago de lo atrasado y que continúe en su ejercicio hasta nueva determinación de Temporalidades.

              No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID411 · Unidad documental simple · 1800-03-17
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 17 de marzo de 1800. En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Ventura López, regidor decano; Nicolás Escobar, alguacil mayor; y Ambrosio González, regidor defensor general de pobres, dejándose constancia de la inasistencia de Estanislao Aguirre, defensor general de menores, por haberse de tratar y publicar el informe solicitado por el superior gobierno en respuesta a su representación.

              Durante la sesión, el alcalde presidente presentó el informe referido, el cual, leído en alta voz, fue aprobado unánimemente, acordándose su firma y remisión, cerrado y sellado, al superior gobierno, acompañado de oficio suscripto por el propio alcalde.

              Seguidamente, se trató un escrito presentado por Andrés Faneca, maestro de primeras letras, en el que exponía las dificultades ocasionadas por la frecuente inasistencia de los alumnos debido a que los padres los retiraban de la escuela por largos períodos. Enterados de ello, los capitulares acordaron que el alcalde ordene la publicación de un auto que prohíba a los padres retirar a sus hijos sin causa justificada y licencia expresa, previniendo asimismo al maestro que no conceda permisos sin dicha autorización. En cuanto a la certificación solicitada por el maestro, resolvieron diferir su otorgamiento para ocasión más oportuna.

              A continuación, se trató la situación del abasto de carne, cuyos encargados solicitaban ser relevados tras varios años de servicio, sin hallarse reemplazantes voluntarios. Ante ello, los señores acordaron imponer la obligación de dicho servicio a los hacendados en forma rotativa, comenzando por Juan Pablo Méndez por el término de un mes, disponiéndose que el alcalde haga cumplir esta medida bajo apercibimiento de multa, a fin de evitar faltantes.

              Finalmente, se designaron los integrantes de la Junta Municipal del presente año, recayendo los nombramientos en Carlos Tadeo Romero como presidente, acompañado por Ventura López y Ambrosio González.

              No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes, a falta de escribano público y real.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1806-1814-ID618 · Unidad documental simple · 1810-03-16
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 16 de marzo de 1810.

              Reunidos en la sala capitular los señores Andrés de Migoya, alcalde ordinario y presidente; Esteban Torres, regidor decano; Francisco Rocha, alguacil mayor; Estanislao Aguirre, regidor defensor general de menores; y Manuel Ramón de Bazave, regidor defensor general de pobres; trataron asuntos vinculados a la instrucción pública y educación de la juventud.

              Los capitulares consideraron la importancia de mejorar la enseñanza de primeras letras en la villa, advirtiendo que muchos padres no enviaban a sus hijos a la escuela alegando pobreza y dificultad para pagar la mensualidad del maestro. Asimismo, reconocieron que la dotación de cien pesos asignada al preceptor resultaba insuficiente para su sustento y para el adecuado desempeño de sus funciones.

              En consecuencia, acordaron aumentar en veinte pesos la asignación anual del maestro de escuela, con la condición de que no exigiese estipendio alguno a los padres de los alumnos, permitiendo así que los niños pobres pudiesen instruirse gratuitamente. Señalaron además la importancia de la educación cristiana y política para el beneficio de la sociedad y del clero.

              Dispusiéronse las diligencias necesarias para solicitar la aprobación superior de esta medida y ordenaron que, obtenida ésta, se publique por bando para conocimiento del vecindario.

              Igualmente, fueron comisionados el alcalde presidente y el regidor defensor general de pobres para redactar el método y reglamento que debía observar el maestro, estableciendo que antes de las lecciones de lectura se instruyese diariamente a los niños en la doctrina cristiana, conforme a lo dispuesto por la Real Cédula de 7 de agosto de 1807.

              Con lo que concluyeron este acuerdo y firmaron por ante sí.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján