Oficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual remite los autos relativos al despojo de un mulato llamado José, donado por Doña Águeda Bustos a su nieto Don Marcelino Figueroa en 1800 y mantenido por este en su posesión hasta su fallecimiento. Informa que, tras la muerte de Figueroa, el criado regresó al poder de Bustos, quien se negó a entregarlo a Doña Justa Rufina Piñero, viuda de Figueroa, y acudió al juzgado presentando el documento de donación, por el que reclamaba tanto la restitución del mulato como la de otra mulata comprendida en la misma. Señala que, en atención al carácter de la acción de despojo, se dictó el auto correspondiente y remite las actuaciones, compuestas por siete fojas útiles, en cumplimiento de lo ordenado por la Audiencia.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficios
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Oficio dirigido a la Superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual remite los autos del pleito seguido por Don Simón Robredo contra Don Juan de Almeida por sustracción de ganado, compuestos por 33 fojas útiles. Informa sobre la apelación y los recursos interpuestos por Almeida, a los que atribuye el propósito de dilatar el proceso y dificultar su esclarecimiento. Señala que, pese a las objeciones formuladas por Almeida, se concedieron sus recursos por decreto asesorado y sostiene que en el trámite de la causa se han observado las formalidades correspondientes.
Asimismo, rechaza las acusaciones de Almeida respecto de la intervención del escribiente del juzgado en los escritos presentados por Robredo, aclarando que este cuenta con la asistencia letrada de su yerno, el doctor Seide. Desmiente también que Almeida desconociera la recusación de Don Juan José y el nombramiento de Don Valentín Mariño como juez acompañado, indicando que había tenido conocimiento de la providencia correspondiente. Finalmente, señala que las solicitudes de Robredo para prestar declaración ya habían sido atendidas en dos oportunidades y solicita la intervención de la Audiencia para que, mediante la providencia que estime conveniente, se eviten nuevas dilaciones y se encauce el litigio conforme a derecho.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido al obispo, mediante el cual el alcalde ordinario de la Villa de Luján comunica que no puede proporcionar la nómina de los testamentos existentes en el archivo a su cargo, solicitada por orden de la autoridad eclesiástica. Fundamenta la negativa en la Real Cédula de 20 de noviembre de 1801, que excluye a los juzgados eclesiásticos del conocimiento de los testamentos, su validación o nulidad y la ejecución de obras pías, atribuyendo estas materias a la justicia real. Informa que el Cabildo posee dicha resolución y solicita se dispense el cumplimiento de la orden por resultar incompatible con ella.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, en cumplimiento de la orden de recibir a Don Pedro Pablo Torres como teniente comisionado del receptor de multas y penas para la Villa y su jurisdicción. Informa que el Cabildo acordó su recepción, pero que el título exige previamente el otorgamiento de una fianza de 200 pesos corrientes a satisfacción del alcalde y el juramento correspondiente. Señala que Torres presentó como fiadoras a su madre y a dos tías, cuyas condiciones patrimoniales y personales, según expone, no permiten considerarlas suficientes para garantizar la fianza exigida: los bienes de su madre se encuentran indivisos y afectados por una capellanía, una de sus tías está casada con un sujeto que mantiene obligaciones con el erario y la otra es soltera. Ante la negativa de Torres a presentar otro fiador lego y llano, el alcalde suspendió su toma de posesión y eleva el asunto al virrey para evitar responsabilidades por la falta de garantía, solicitando que, con intervención del receptor general de multas y penas, se determine lo que corresponda.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante la cual solicita que se mantenga el auxilio gratuito de los vecinos y soldados para la conducción de presos entre los distintos puestos y jurisdicciones. Expone que, desde los primeros tiempos de la Villa, los vecinos han prestado este servicio a la justicia y que actualmente el teniente coronel Don Carlos Romero exige el pago de los soldados que proporcionan dicho auxilio.
Señala que la Villa no dispone de fondos para afrontar esta nueva carga, debido a las pensiones que debe atender y a la deuda de 3000 pesos contraída al 6 % de interés para la construcción del Puente Nuevo, único recurso de propios con que cuenta. Advierte que, si no se dispone que los reos sean conducidos sin costo, estos deberán permanecer en la cárcel de la Villa, generando gastos para sus propios, o se verá obligada a no recibir a los presos procedentes de otras jurisdicciones destinados a la ciudad.
Informa finalmente que se encontraban preparados tres reos para ser remitidos a disposición del virrey y de la Real Audiencia, pero que su conducción había sido suspendida por esta dificultad, y solicita una resolución al respecto.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual remite a su disposición a Esteban Pérez, reo cuyo total extrañamiento ha sido dispuesto. Acompaña la sumaria que fundamenta la medida, compuesta por diez fojas, para conocimiento y resolución de la autoridad.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio del alcalde ordinario de la Villa de Luján dirigido al virrey, por orden del Cabildo, sobre la resistencia de los regidores Don Juan José Lobo y Don Ambrosio González, integrantes de la Junta Municipal, a firmar las cuentas correspondientes al año anterior.
El oficio informa que ambos regidores formularon diversas objeciones a las cuentas y se negaron a suscribirlas. Señala que dichas objeciones fueron respondidas y satisfechas por Don Manuel de la Riva, quien había ejercido el cargo de alcalde, mediante la documentación justificativa que se adjunta.
La documentación se remite reunida en un expediente compuesto por 95 fojas útiles, para que el virrey, en vista de los antecedentes y comprobantes incorporados, determine lo que corresponda.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio del alcalde ordinario de la villa de Luján dirigido al virrey, en cumplimiento de una orden superior, sobre las actuaciones realizadas a raíz de un incidente entre el alcalde de la Santa Hermandad de Areco, Don Antonio Díaz, y un postillón de aquella posta.
Remite dos sumarias: una instruida por el propio alcalde de la Santa Hermandad contra el postillón y otra formada por orden del virrey por el comisionado Don Manuel Quevedo, a raíz de que el alcalde hiriera al postillón y lo remitiera preso a Luján con un par de grillos.
El alcalde informa que, en cumplimiento de lo ordenado por el virrey, puso prontamente en libertad al postillón y no tomó ninguna medida respecto del empleo del alcalde de la Santa Hermandad. Las actuaciones se remiten para conocimiento de la autoridad superior.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánRepresentación dirigida al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante la cual solicita autorización para suspender temporalmente la celebración de la festividad de Corpus Christi y destinar los 108 pesos que anualmente insume a la atención de los réditos del préstamo de 2000 pesos contraído para la construcción del Puente Nuevo. Expone que la celebración es costeada por el Cabildo desde 1788 y que, debido a la falta de recursos propios y a las necesidades financieras derivadas de la obra del puente, resulta necesario suspenderla mientras subsista el endeudamiento.
En la misma representación, el Cabildo solicita nuevamente la concesión de las pulperías de ordenanza como recurso de propios de la Villa, conforme al artículo 138 de la Instrucción de Intendentes. Como antecedente, señala que desde 1788 ha presentado sucesivas solicitudes a los virreyes sin obtener resolución y que, posteriormente, recurrió a la Real Audiencia. Informa que esta, por decreto de 2 de noviembre de 1802, dispuso que el Cabildo continuara la gestión ante el superior gobierno y diera cuenta de sus resultados. Señala que la solicitud fue reiterada ante el virrey Don Joaquín del Pino, sin obtener tampoco resolución. Finalmente, solicita al virrey que atienda la situación económica de la Villa y disponga la concesión de las pulperías de ordenanza para incrementar los recursos destinados a sus propios.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual remite la sumaria y demás diligencias seguidas contra Santiago Casco, soldado miliciano, por haber herido a Pedro Pérez. Remite las actuaciones, compuestas por nueve fojas útiles, y solicita que se determine si corresponde a la justicia real ordinaria el conocimiento y prosecución de la causa, a fin de precisar el fuero y las prerrogativas que corresponden a los individuos de los cuerpos de milicias conforme a las Reales Ordenanzas.
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