Oficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual remite las actuaciones relativas al pleito seguido durante más de cinco años por Don Pedro Pablo Torres contra Florentino Colman por 354 pesos prestados para la compra de su libertad.
Informa que, concluido el proceso por sentencia definitiva y habiéndose depositado en el juzgado los 354 pesos adeudados, se presentó la cuestión de su destino, debido a que Torres solicitaba su entrega sin que previamente se descontaran las costas judiciales y los 42 pesos que adeudaba a Colman por su conchavo.
Señala que las costas habían quedado pendientes hasta la conclusión de la causa por disposición de la Audiencia y que, encontrándose esta concluida, correspondía proceder a su pago. Refiere que Torres ya había sido notificado de las tasaciones de costas y se había negado a conformarse con ellas, y sostiene que su falta de bienes propios conocidos hacía necesario asegurar el pago con la suma depositada, para evitar que los interesados continuaran sin percibir las costas reclamadas desde 1800.
Finalmente, remite la cuestión en consulta a la superioridad y solicita que apruebe el depósito de los 354 pesos, disponga la tasación de las costas posteriores y ordene que su importe sea descontado de dicha suma antes de entregarla a Torres.
Asimismo, responde a los cuestionamientos formulados por Torres contra Don Domingo Maqueda, escribiente del Cabildo y juzgado, señalando que este se limita a ejecutar las órdenes recibidas y facilitar los documentos y antecedentes requeridos por el juzgado, que cuenta además con un asesor consultor para las cuestiones que requieren dictamen letrado.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján