Nota al Cabildo de la Villa de Luján, firmada por Antonio Carrasco, referida a los requisitos para la aprobación de cuentas de dicho Cabildo ya que fueron observadas las rendiciones de propios de la Villa de los años 1793, 1801, 1802 y 1803
Carrasco, AntonioOficios
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Nota al Cabildo de la Villa de Luján, firmada por Antonio Carrasco referida a varios temas: Gravamen por compra de terreno; rendiciones de cuentas de los años 90, 91, 92, 93, 98 y 99, donde se encuentran errores y falta acuse de recibo y respuesta que impiden su aprobación.
Carrasco, AntonioOficio dirigido al Ayuntamiento de la Villa de Luján, firmado por Domingo Reynoso, por el cual se le informa que cada año debe presentar un detalle de las cuentas de propios y arbitrios y demás existencias y gastos realizados.
Reynoso y Roldán, Domingo deEsta serie está compuesta por 1 libro y un cuadernillo en los que se consignaron informes, oficios y comunicaciones e inventarios del Cabildo de la Villa de Luján en los períodos 1772-1809 y 1821
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánLibro de inventarios, informes y oficios de los años 1772-1809
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánCopia del oficio de nombramiento dirigido a un comisionado del partido del Pilar, mediante el cual el juez ordinario de la Villa de Luján lo designa para ejercer funciones judiciales y de policía ante la falta de juez en esa jurisdicción y con el objeto de remediar los delitos y escándalos que, según expresa, se cometen con frecuencia e impunidad.
Le confiere facultades para perseguir y aprehender a delincuentes, vagos, ociosos y mal entretenidos en todo el partido, así como para conocer y resolver verbalmente las causas civiles cuyo monto no exceda los diez pesos, además de las demás atribuciones correspondientes a su comisión en los casos que así lo requieran.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánCopia del oficio dirigido a Doña Paula Cheves en el que el juez ordinario de la Villa de Luján le recuerda el vencimiento del plazo establecido para cercar con pared los frentes de los sitios comprendidos en el bando publicado en febrero de ese año, advirtiendo que dicha disposición alcanza a la casa y terreno pertenecientes a la testamentaria de su difunto esposo, Don Juan Pablo López.
Le ordena que, dentro del plazo perentorio de quince días, haga construir el cerco conforme a lo dispuesto en el citado bando, bajo apercibimiento de imponérsele una multa de cincuenta pesos destinada a los fines previstos en dicha disposición. Rechaza como justificación la pendiente división de los bienes hereditarios, por considerar que no debe perjudicar una medida de utilidad pública, indicando que el costo de la obra podrá imputarse al heredero adjudicatario o recuperarse mediante la venta del inmueble, si correspondiera.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánCopia del oficio dirigido al prelado de la Orden de San Francisco en el que el juez ordinario de la Villa de Luján informa que, durante la visita realizada por el Cabildo a la escuela pública de primeras letras sostenida con fondos de propios, se impartieron al maestro instrucciones y apercibimientos destinados a mejorar la enseñanza y el aprovechamiento de los alumnos, en ejercicio de las atribuciones propias de la jurisdicción real sobre dicho establecimiento.
Asimismo, manifiesta que el religioso fray Pedro Quintana cuestionó públicamente las actuaciones practicadas durante esa visita, incluso en presencia de terceros, considerando que tales intervenciones constituyen una injerencia en materias ajenas a la jurisdicción eclesiástica y propias del gobierno secular. Finalmente, solicita al prelado que prevenga al mencionado religioso para que, en lo sucesivo, se abstenga de intervenir o formular críticas sobre asuntos privativos de la jurisdicción real.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio del alcalde ordinario de la villa de Luján dirigido al obispo, sobre la orden del virrey de proceder a la venta de la estancia de Nuestra Señora de Luján, conforme a lo determinado por la Junta Superior de Amortización.
El alcalde comunica al obispo que, mediante oficio de 22 de febrero de 1806, el virrey le ordenó llevar adelante la venta de dicha estancia y solicita que la autoridad eclesiástica exponga su dictamen sobre el asunto, a fin de proceder al cumplimiento de la disposición superior con su debida anuencia.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio del alcalde ordinario de la villa de Luján dirigido al gobernador intendente, sobre la orden de venta de la estancia de Nuestra Señora de Luján, dispuesta por la Junta Superior de Amortización y Consolidación.
El alcalde comunica que el virrey Marqués de Sobremonte, mediante oficio de 22 de febrero de 1806, le ordenó proceder a la venta de la estancia con anuencia del gobernador intendente, en cumplimiento de lo determinado por dicha Junta. Antes de iniciar la operación, pone la disposición en conocimiento del gobernador intendente y solicita que emita su dictamen al respecto, a fin de proceder conforme a la orden recibida.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján