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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID957 · Unidad documental simple · 1804-06-10
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Oficio dirigido a la Real Audiencia por la Junta Municipal de la Villa de Luján, mediante el cual informa los daños ocasionados por la creciente extraordinaria del río tras las intensas lluvias de fines de mayo y comienzos de junio de 1804. Señala que el agua cubrió el puente, único bien propio de la Villa, durante ocho días y que, al retirarse, se constató la destrucción de la tablazón, tirantes y barandas, dejando intransitable el paso real. Comunica las medidas adoptadas para recoger los materiales recuperables y solicitar la asistencia de un maestro carpintero puentista que evalúe las obras necesarias y sus costos. Solicita el dictamen de la Audiencia respecto de las reparaciones, cuyo gasto deberá afrontarse con los fondos de propios.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID988 · Unidad documental simple · 1805-09-10
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Informe del Cabildo, Justicia y Regimiento de la villa de Luján dirigido al virrey, en cumplimiento del decreto marginal de 22 de agosto de 1805, sobre el reclamo presentado por Domingo Ávalos, maestro constructor del puente, por el pago de 39 días festivos y feriados que afirma no haber percibido a razón de 3 pesos diarios.

              El Cabildo expone las condiciones establecidas en la contrata asentada en el libro capitular, en la que se fijaron los jornales de Ávalos y de sus oficiales desde el 30 de julio, sin establecer remuneración para los días feriados. Asimismo, señala que los trabajadores continuaron recibiendo casa y manutención durante dichas jornadas.

              Como antecedente del cumplimiento de las obligaciones económicas, transcribe el último recibo otorgado por Ávalos el 7 de enero de 1805, por 420 pesos, correspondiente al saldo de sus jornales y los de sus oficiales carpinteros. En virtud de ello, sostiene que no existen jornales pendientes de pago y que el reclamo por los días feriados no se encuentra comprendido en la contratación.

              El informe se remite al virrey para que, en vista de los antecedentes y documentación citados, resuelva sobre la procedencia del reclamo formulado por Ávalos.

              Se deja constancia que el informe se repitió en dos oportunidades, con fecha 13 de enero de 1806 y con fecha 27 de enero de 1808

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID963 · Unidad documental simple · 1804-08-17
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Representación dirigida a la superioridad por el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján, mediante la cual expone la falta de recursos de propios para atender las cargas de la Villa y continuar las obras del puente nuevo. Informa que los 1645 pesos existentes en caja se han agotado en la adquisición y transporte de materiales, herramientas y demás gastos de la obra, y que la continuidad de los trabajos requiere afrontar el pago y manutención de seis maestros y otros trabajadores. Señala que, pese a las gestiones realizadas en la Villa y en la ciudad para obtener un préstamo de 2000 pesos a réditos por dos o tres años, no ha sido posible conseguirlo. Solicita al virrey que disponga el auxilio de 2000 pesos de los caudales del Real Erario, ofreciendo otorgar la correspondiente escritura y fianza, garantizar el préstamo con sus bienes y el puente, y pagar los réditos establecidos.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID982 · Unidad documental simple · 1805-06-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Oficio dirigido a la Real Audiencia por el Cabildo de la Villa de Luján, en relacionado con la orden del virrey de construir en el puente de la Villa un malecón o tajamar destinado a protegerlo de las crecientes y facilitar su tránsito en todas las épocas. Informa que, conforme a la estimación realizada por el maestro puentista Don Domingo Ávalos, la obra tendría un costo de 1000 pesos, suma que la Junta de Gobierno del Real Consulado ha dispuesto franquear en calidad de préstamo, según consta en el testimonio que acompaña.

              El Cabildo manifiesta que, aunque considera favorable la medida dispuesta por el virrey, ha decidido no iniciar actuación alguna hasta poner la cuestión en conocimiento de la Audiencia y recibir su determinación. Expone sus dudas respecto de que los 1000 pesos resulten suficientes para ejecutar la obra, atendiendo a la experiencia adquirida durante la construcción del puente y a los elevados gastos que demanda su mantenimiento. Señala particularmente que los jornales y la manutención de los maestros insumen cerca de 24 pesos diarios y que la Villa carece de otros recursos propios fuera de los ingresos provenientes del pontazgo, circunstancia que limita su capacidad para afrontar nuevos gastos y compromisos.

              Finalmente, remite el testimonio relativo a la disposición del préstamo y a la obra proyectada, solicitando que la Audiencia, una vez considerada la situación económica de la Villa y el costo estimado de los trabajos, determine lo que corresponda respecto de su ejecución.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID983 · Unidad documental simple · 1805-06-18
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Oficio dirigido al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, en respuesta a su orden de 11 de junio de 1805 relativa al recibo de los 1000 pesos que el Real Consulado franquea en préstamo para la construcción de un malecón o tajamar en el puente de la Villa, conforme al presupuesto del maestro puentista Don Domingo Ávalos.

              El Cabildo solicita que se suspenda por el momento la ejecución hasta que la Real Audiencia conceda su permiso, para evitar un nuevo cuestionamiento por la contratación de empréstitos sin su autorización, como ocurrió con los 3000 pesos tomados para la construcción del puente. Informa que ya dio cuenta a la Audiencia, acompañando testimonio de la orden del virrey y del presupuesto de Ávalos.

              Expone, a partir de la experiencia adquirida durante la construcción del puente, las circunstancias que hacen dudar de que los 1000 pesos sean suficientes. Señala las dificultades que presenta el trabajo durante el invierno, los jornales del maestro y oficiales, los medios jornales de los días sin trabajo y los gastos de manutención, alojamiento y traslado, que elevan considerablemente el costo diario de la obra. Agrega el valor estimado de las maderas y clavazón, los fletes de las carretas y los gastos necesarios para trasladar al maestro y oficiales con sus herramientas y enseres.

              Ante esta situación, el Cabildo propone que el maestro puentista tome la obra por un precio fijo, quedando a cargo de la Villa únicamente proporcionar las maderas y la clavazón, mientras Ávalos asumiría los gastos de jornales, manutención, alojamiento y traslados de sus empleados. Fundamenta la propuesta en la experiencia previa de contratación de la manutención de los trabajadores, cuyo costo alcanzó los 480 pesos.

              Finalmente, somete estas consideraciones al virrey para que, teniendo en cuenta lo que resuelvan los dos tribunales superiores, pueda determinarse el modo de ejecutar la obra y el Cabildo cumplir las órdenes recibidas con el debido respaldo.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID968 · Unidad documental simple · 1804-10-22
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Representación dirigida al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante la cual solicita autorización para suspender temporalmente la celebración de la festividad de Corpus Christi y destinar los 108 pesos que anualmente insume a la atención de los réditos del préstamo de 2000 pesos contraído para la construcción del Puente Nuevo. Expone que la celebración es costeada por el Cabildo desde 1788 y que, debido a la falta de recursos propios y a las necesidades financieras derivadas de la obra del puente, resulta necesario suspenderla mientras subsista el endeudamiento.

              En la misma representación, el Cabildo solicita nuevamente la concesión de las pulperías de ordenanza como recurso de propios de la Villa, conforme al artículo 138 de la Instrucción de Intendentes. Como antecedente, señala que desde 1788 ha presentado sucesivas solicitudes a los virreyes sin obtener resolución y que, posteriormente, recurrió a la Real Audiencia. Informa que esta, por decreto de 2 de noviembre de 1802, dispuso que el Cabildo continuara la gestión ante el superior gobierno y diera cuenta de sus resultados. Señala que la solicitud fue reiterada ante el virrey Don Joaquín del Pino, sin obtener tampoco resolución. Finalmente, solicita al virrey que atienda la situación económica de la Villa y disponga la concesión de las pulperías de ordenanza para incrementar los recursos destinados a sus propios.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID970 · Unidad documental simple · 1804-12-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Oficio dirigido a la superioridad por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante la cual solicita que se determine la obligación de Don Gaspar Contreras respecto del remate del puente de la Villa. Expone que la construcción del Puente Nuevo ha demandado un gasto cercano a 4000 pesos y que, para concluirla, el Cabildo debió contraer un empréstito de 2000 pesos al 6 % de interés, previendo incluso la necesidad de obtener nuevos recursos, situación que compromete los fondos de propios de la Villa.

              Como antecedente, señala que Contreras había rematado el Puente Viejo por 940 pesos, obligándose a costear hasta 60 pesos en reparaciones menores, y que, tras la ruina del puente, solicitó que se suspendiera el tiempo restante de su remate y que, una vez concluido el nuevo puente, se le entregara este por seis meses y nueve días, correspondientes al período que le faltaba para completar el año de su remate. El Cabildo había accedido inicialmente a esta solicitud mediante el acuerdo de 30 de junio, pero, ante el elevado costo de la nueva construcción y la necesidad de recuperar recursos para los propios, reconsidera la conveniencia de mantener dicha decisión.

              Señala que el Puente Nuevo, por sus características y solidez, ofrece perspectivas de larga duración y que su explotación mediante nuevo remate permitiría obtener mayores ingresos para los propios, mientras se mantiene entretanto el cobro del derecho de paso por el alguacil mayor designado por el Cabildo. Finalmente, solicita a la superioridad que declare si Contreras debe abonar los 60 pesos correspondientes a las reparaciones menores a las que se había obligado y si el Cabildo está obligado a entregarle el Puente Nuevo por seis meses y nueve días, a fin de evitar perjuicios para ambas partes.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján
              [Copia del oficio de junio de 1804]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID959 · Unidad documental simple · 1804-06
              Parte de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Oficio dirigido a la Real Audiencia por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual informa las dificultades surgidas para ejecutar la reparación del puente de la Villa, destruido por la creciente del río. Señala que, en cumplimiento de lo dispuesto por la Audiencia, el maestro puentista Don Domingo Ábalos realizó las mediciones y sondajes necesarios y presupuestó en 1149 pesos las maderas y tablazón requeridas para la construcción del nuevo puente. Expone que los regidores Don Juan José Lobo y Don Ambrosio González, integrantes de la Junta Municipal y custodios de las llaves de la caja de propios, se han negado a concurrir para disponer de los fondos necesarios, retrasando la adquisición y traslado de los materiales. Solicita que se retiren las llaves a dichos regidores y se entreguen a Don Valentín Mariño y Don Andrés Castillo, quienes se encuentran en la Villa y pueden atender con prontitud las obligaciones de sus cargos, y pide a la Audiencia que determine las medidas correspondientes para resolver la situación y evitar mayores demoras en la reconstrucción del puente.

              Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján