Oficio dirigido al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante el cual acusa recibo de la disposición relativa al procedimiento para determinar el goce del indulto por parte de los reos sin fuero, cuya aplicación corresponde al juez de la causa y, en los casos de gravedad, debe consultarse con la Real Audiencia. Informa que cumplirá con lo dispuesto cuando existan en la cárcel reos comprendidos en dichas condiciones. Señala asimismo que no hay en la Villa reos aforados ni causas que deban remitirse, sin perjuicio de aplicar el procedimiento indicado cuando se presente una situación similar.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánPresos
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Oficio dirigido al virrey por el Cabildo de la Villa de Luján, mediante el cual informa haber recibido y publicado el Real Indulto de 25 de junio de 1803, y comunica que, en cumplimiento de una orden del virrey, debía remitir una relación de los reos y causas existentes en la Villa para determinar su inclusión en el indulto. Señala que no hay presos en la cárcel y que los detenidos por delitos de consideración durante el año anterior fueron remitidos a disposición de la Real Audiencia junto con sus causas. Informa lo actuado en respuesta a la orden recibida.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la superioridad por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual reitera la solicitud de disponer de un auxilio permanente de tropas para asistir a la justicia en las tareas de prisión, conducción y custodia de presos y otros servicios vinculados al funcionamiento de la cárcel. Recuerda que el 25 de febrero había expuesto la necesidad de contar con personal para estas funciones y que el coronel Don Nicolás de la Quintana había ofrecido disponer de dos blandengues o dos milicianos de la guardia de Luján, aunque señaló que no tenía facultades para establecer su permanencia en la Villa.
Solicita que se disponga que dicho auxilio, ya sea de la guardia o de los milicianos de la Villa, se preste de manera continua y anual, atendiendo a las necesidades de la justicia. Fundamenta el pedido en las dificultades que enfrenta para desempeñar sus funciones y en la necesidad de contar con apoyo para asegurar el ejercicio de la autoridad y el mantenimiento del orden en la jurisdicción.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la Real Audiencia, mediante el cual el alcalde de la Villa de Luján remite a su disposición a Juan de la Cruz, detenido por su condición de vago, jugador, carente de oficio y alborotador de la campaña. Informa que había sido remitido por los comandantes de las guardias y que, ante el temor de que quebrantara las prisiones y escapara de la cárcel, dispone su traslado junto con la sumaria formada hasta el momento, cuya instrucción se vio limitada por la distancia de los testigos.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánOficio dirigido a la Real Audiencia por el alcalde de la Villa de Luján, mediante el cual remite a su disposición a Ignacio Regalado Peralta y a Pascuala Sánchez, señalada como su cómplice, junto con la sumaria que dio mérito a sus prisiones. Remite las actuaciones para que la Audiencia determine el destino que corresponda.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de abril de 1808.
En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a nueve días del mes de abril de mil ochocientos ocho, el Cabildo, justicia y regimiento se reunió en su sala de acuerdos conforme a la costumbre.
Se trató la presentación de Manuel Yáñez, quien, mediante certificación médica, acreditó hallarse imposibilitado para ejercer el empleo de alcalde de la hermandad del partido de Areco. El Cabildo acordó informar favorablemente su relevo por motivos de salud y proponer en su reemplazo a Bartolomé Figueroa y a Ramón Baldres para su confirmación.
Asimismo, se dispuso el cierre del punto para las causas civiles, manteniéndose abierto únicamente para las criminales, conforme a la práctica habitual.
Seguidamente, se practicó visita de cárcel. Se resolvió que Antonio Salinas se retire de la villa en el término de tres días por agresión cometida; que Cosme Correa sea puesto en libertad por no haberse probado el delito imputado; y que Teodoro Oguín permanezca en prisión por haber escalado la cárcel.
Firmaron el acuerdo Manuel de la Riva [alcalde ordinario], Juan Luis Ramírez [regidor y defensor de menores] y Ramón Duro [defensor de pobres].
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján.
En la sesión se trató el remate del paso del puente, perteneciente a los propios de la villa. Se expuso que los interesados en arrendar dicho ramo solo aceptarían hacerlo bajo la condición de no quedar obligados a la compostura del puente ni a otras responsabilidades, comprometiéndose únicamente al pago semestral de la suma ofrecida. Asimismo, solicitaban no cobrar derechos a los vecinos por el tránsito de efectos destinados a sus casas, tales como familias, enfermos, difuntos, leña y alimentos.
Los postores ofrecieron la suma de mil ciento quince pesos en dichas condiciones. Considerada la propuesta, el Cabildo acordó aceptarla, estimando que resultaría más perjudicial dejar sin remate este ramo de propios.
Se dispuso además que las reparaciones necesarias del puente se realizasen con fondos de propios, quedando su ejecución a cargo del alguacil, quien debía emplear para ello a los presos.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 30 de noviembre de 1808.
En la Villa de Nuestra Señora de Luján, a treinta días del mes de noviembre de mil ochocientos ocho años, reunidos los señores capitulares en su sala de acuerdos, con asistencia del alcalde ordinario presidente Manuel de la Riva, el regidor decano Manuel González, el alguacil mayor Mariano Rocha, el defensor de menores Juan Luis Ramírez y el defensor general de pobres Ramón Duro.
El alcalde presidente propuso proceder a la calificación de votos, conforme a la práctica y a lo ordenado por el superior gobierno, a fin de preparar la elección de los empleos concejiles para el año de mil ochocientos nueve. Los capitulares manifestaron hallarse hábiles para votar y, siguiendo el estilo acostumbrado, se inició la propuesta de candidatos para el cargo de alcalde ordinario, proponiéndose a Antonio Casal.
Seguidamente se realizó la visita de cárcel, haciéndose mención de Juan Raimundo Benítez, quien permanece preso a disposición del Cabildo.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 28 de marzo de 1801.
En dicha fecha se reunieron Manuel de la Riva, alcalde ordinario; José Lino Gamboa, regidor decano; e Isidro Irrazábal, alguacil mayor. Se deja constancia de la inasistencia de Juan López Camelo, defensor general de menores, por hallarse ausente, y de Manuel González, defensor general de pobres, por no haberse recibido aún de su empleo.
Durante la sesión, el alcalde propuso proceder al cierre del punto y a la visita de cárcel, conforme a la práctica del Cabildo. Enterados los capitulares, acordaron cerrar el punto para todos los pleitos y causas civiles, dejándolo abierto únicamente para las causas criminales.
A continuación, el alguacil mayor informó que en la cárcel se hallaban dos presos, Calixto Sosa y Pedro Albornoz, sin proceso formal, por tratarse de demandas verbales. En consecuencia, se resolvió intimar a los demandantes para que, dentro del término de tres días, acrediten y justifiquen sus acciones, bajo apercibimiento de que, en caso contrario, se pondrá en libertad a los detenidos.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo, que fue firmado por los capitulares presentes.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de LujánActa de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 28 de marzo de 1795.
Asistieron Manuel de Pinazo, maestre de campo general reformado y alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Esteban de Torres, alguacil mayor.
En la reunión el alcalde ordinario propuso que, con motivo de las próximas Pascuas de la Resurrección de Nuestro Señor Jesucristo, correspondía realizar la visita general de la cárcel, conforme a la práctica acostumbrada en estas festividades. Asimismo, dispuso suspender el trámite de todos los juicios civiles, dejando únicamente el curso de las causas criminales.
Los capitulares, oída la propuesta, acordaron unánimemente cerrar el despacho de las causas civiles y permitir solamente la continuación de los procesos criminales. Seguidamente procedieron a efectuar la visita de la real cárcel y al reconocimiento de los presos existentes.
En dicha visita se examinaron las causas de Ponciano Romero y Josef Antonio lescano, detenidos por causa criminal por haberse resistido con armas a la justicia real; de Agustín Molina y su compañero Pascual Millares, presos a raíz de denuncia presentada ante el juzgado ordinario por sospecha de robo; y de Juan Inocencio Gallo, apresado por el capitán de milicias Francisco Aparicio. Considerando que las causas de todos ellos se hallaban aún pendientes de resolución, no se les concedió indulto alguno.
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