Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 24 de diciembre de 1793.
Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.
El regidor decano propuso que, por ser el día señalado para dar puntos y realizar la visita general de los presos de la cárcel, se procediese conforme a lo acostumbrado. Enterados de ello, los capitulares acordaron unánimemente dar por suspenso y cerrado el punto, disponiendo que durante ese tiempo no corriesen demandas ni causas civiles. No obstante, quedarían habilitados los días necesarios para el curso de aquellas causas que no admitían dilación, como las consideradas piadosas, para las cuales no existía día reservado.
A continuación, el alguacil mayor manifestó que, al hacer entrega de su cargo, se encontraban en la cárcel los siguientes presos:
Marcos Pérez y Roque Jacinto Correa, ambos con causa criminal pendiente, según los autos correspondientes. El primero por el robo de un animal y por consentir amancebamientos públicos en su propia casa con sus hermanas; y el segundo por haber violentado a una mujer casada en despoblado. Estos hechos constaban en las sumarias seguidas por el alcalde de la Santa Hermandad, Juan de Acebey, y remitidas a este juzgado.
Asimismo se hallaba preso José Antonio Mosquiera, a pedimento del alférez Juan de la Cruz Monsalve, por haber insultado el honor de su mujer. Por dicho delito y otros se le estaba instruyendo la correspondiente sumaria por el alcalde de Areco.
Del mismo modo se encontraba en la cárcel Gregorio Villarroel, acusado de blasfemar y de otros delitos, por los cuales el alcalde Juan de Acebey le había seguido sumaria y remitido a esta cárcel.
También se encontraba preso un negro esclavo perteneciente a Juan Antonio Otarola, detenido por haberse fugado. Asimismo estaba preso otro individuo llamado Antonio, a pedimento de Juan Antonio Barrales, quien lo tenía por esclavo de Gregorio Frías, vecino de Montevideo. Se indicó que hacía dos meses se había escrito a dicho dueño para que dispusiese lo conveniente respecto de él, sin haberse recibido respuesta hasta la fecha, y que el referido negro aseguraba encontrarse libre de esclavitud.
Examinados los autos citados por el alguacil mayor los capitulares acordaron unánimemente que la gravedad de los delitos atribuidos a los mencionados presos no permitía conceder la libertad a ninguno de ellos.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján