Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 9 de octubre de 1787.
En dicha fecha se reunieron Francisco de Aparicio, alcalde ordinario; Martín Lobo, regidor decano; José Gerónimo Colman, alguacil mayor; Juan Irrazábal, regidor y defensor general de menores; y Pablo Hernández, regidor defensor de pobres.
Durante la reunión se trataron diversas medidas relativas al orden urbano de la villa, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 de la Real Ordenanza e Instrucción de Intendentes de 1782. El Cabildo dispuso la composición de las calles y de la plaza, obligando a los vecinos a nivelar y terraplenar los frentes de sus propiedades para facilitar el escurrimiento de las aguas y evitar la formación de pantanos, bajo pena de multa.
Asimismo se ordenó que en el término de un mes se reconstruyan las paredes arruinadas y se retiren los cercos de tuna en los frentes de la plaza, debiendo levantarse paredes de adobe crudo con una altura uniforme de dos varas y media. También se estableció que en el plazo de seis meses se reedifiquen las casas en estado ruinoso y se cercen los solares desocupados, bajo apercibimiento de multa o de venta forzosa en caso de incumplimiento.
Igualmente se dispuso que nadie pueda iniciar nuevas edificaciones en los frentes de las calles sin avisar previamente a la justicia para que se determine la alineación correspondiente. Finalmente, se fijó el precio de molienda en las atahonas en cuatro reales por fanega, encargando al regidor Juan de Irrazábal la vigilancia de su cumplimiento.
No habiendo más asuntos que tratar, se dio por concluido el acuerdo y lo firmaron los concurrentes.
Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján