Festividades religiosas

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              [Acta capitular del 12 de abril de 1794]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID319 · Pièce · 1794-04-12
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján celebrada el 12 de abril de 1794.

              Asistieron Gaspar de Contreras, alcalde interino; Tadeo Abrego, regidor decano; Juan Antonio Corro, regidor defensor de pobres; y Francisco Arnaes, alguacil mayor.

              Durante la sesión se dispuso cerrar el punto para el despacho de causas civiles y ejecutivas, manteniéndose abierto únicamente para las causas criminales. A continuación los cabildantes realizaron la visita general a la cárcel, en la que se presentaron cinco reos: cuatro procesados por delitos y uno detenido por corrección. Este último fue puesto en libertad en consideración a la celebración de la Pasión de Jesucristo, con la advertencia de que en adelante se condujese como buen cristiano.

              Asimismo se trató la asistencia del Cabildo a los oficios religiosos que se celebrarían próximamente. Los cabildantes resolvieron de manera unánime no concurrir ese año a dichas funciones, argumentando que al cuerpo capitular se le había negado la paz y que había recibido diversos desaires, entre ellos no haber sido recibido ni despedido en el día de Año Nuevo. Con el propósito de evitar nuevas situaciones semejantes, se acordó abstenerse de asistir a los mencionados oficios religiosos.

              Sans titre
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID882 · Pièce · 1798-12-07
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido al vicario de la parroquia de la Villa de Luján en el que el Cabildo, Justicia y Regimiento responde a la contestación recibida respecto de la celebración de las vísperas de la patrona titular sin la asistencia del ayuntamiento. Rechaza las explicaciones ofrecidas, sostiene que correspondía al cura párroco esperar y recibir al Cabildo antes de dar comienzo a la ceremonia y requiere que se informe de manera expresa el motivo por el cual se inició la función sin la presencia del cuerpo capitular, señalando además que las autoridades eclesiásticas abandonaron el templo antes de la puesta del sol.

              Asimismo, considera improcedentes las referencias efectuadas por el vicario a supuestos antecedentes de desórdenes ocasionados por el Cabildo, por estimarlas ajenas a sus atribuciones y contrarias al decoro debido a la corporación municipal. Finalmente, exhorta a que en lo sucesivo los oficios dirigidos al Cabildo se ajusten a la seriedad correspondiente a su representación institucional, reitera el reclamo de una satisfacción formal por el agravio inferido al ceremonial establecido y comunica que aguardará respuesta hasta la mañana siguiente antes de resolver las medidas que estime convenientes.

              Sans titre
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID884 · Pièce · 1798-12-13
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido al vicario foráneo en el que el presidente del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján responde a la propuesta relativa a la organización de la procesión del Santísimo Corpus Christi. Señala que el Cabildo únicamente tiene a su cargo proveer los fondos asignados por el reglamento de propios y que, conforme a la práctica observada hasta entonces, la organización y distribución de los gastos de la festividad correspondían a las autoridades eclesiásticas, por lo que considera improcedente que se pretenda trasladar esa responsabilidad al ayuntamiento.

              Asimismo, recuerda los montos que el Cabildo ha destinado en años anteriores y para la celebración proyectada, ofrece aportar de su propio peculio la suma necesaria para completar el gasto previsto y propone que la procesión se realice con los setenta pesos disponibles, llevando una cuenta detallada de los gastos indispensables. Finalmente, manifiesta que, si el costo excediera dicha cantidad, el Cabildo resolverá oportunamente sobre su pago, con el propósito de evitar que las diferencias planteadas impidan la celebración de la solemnidad.

              Sans titre
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID888 · Pièce · 1798-12-12
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido al capitán de milicias en el que el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján solicita que informe por escrito, y bajo su honor, sobre diversos hechos vinculados con las ceremonias religiosas celebradas con motivo de la festividad de la patrona titular. Requiere que manifieste si recuerda las condiciones climáticas de la tarde del 7 de diciembre, la hora de inicio y finalización de las vísperas, así como el comportamiento observado del cura párroco durante los días 8, 9 y 10 respecto de la recepción y despedida del Cabildo en la iglesia.

              Asimismo, pide que informe si el Cabildo concurrió puntualmente a las ceremonias y si, pese a ello, las funciones ya habían comenzado al momento de su ingreso al templo. Finalmente, solicita que agregue cualquier otra circunstancia que conozca sobre estos hechos y sobre el ceremonial habitualmente observado por el Cabildo en las funciones públicas religiosas, tanto por experiencia propia como por conocimiento de la práctica establecida.

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              [Acta capitular del 2 de agosto de 1790]
              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID250 · Pièce · 1790-08-02
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 2 de agosto de 1790.
              Asistieron Joaquín Cavot y Montaner, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Gaspar de Contreras, defensor general de menores; y Pablo Hernández, defensor de pobres.

              Abierta la sesión, el alcalde ordinario expuso que la festividad del Santo Cuerpo de Cristo se había celebrado hasta entonces de forma conjunta con la festividad de Nuestra Señora del Rosario, debido a la inexistencia de un fondo específico que permitiese sufragar los gastos propios de la celebración del Corpus Christi en su fecha correspondiente. Señaló la necesidad de asignar recursos de propios suficientes para que dicha festividad pudiera celebrarse de manera independiente y conforme a su carácter solemne.

              Oído el planteo, los capitulares, de manera unánime y conforme, manifestaron que nada era más acorde con la voluntad de este Ilustre Ayuntamiento que celebrar la festividad del Cuerpo de Cristo con el culto y decoro que le son debidos, acordando destinar para ello hasta la suma de ciento veinte pesos de los fondos de propios, por considerarla suficiente para cubrir los gastos de la función.

              Asimismo, atendiendo a que la festividad se desarrolla tradicionalmente en época invernal y a las condiciones climáticas adversas propias de la estación, se resolvió que la celebración se realizase el cuarto día de la festividad de la Purísima Concepción.

              Se determinó también que el Ayuntamiento designaría a un individuo responsable de la administración de los gastos, quien debería rendir cuenta exacta de los mismos, quedando cualquier sobrante en beneficio de los propios de la villa.

              De igual modo, se acordó que la festividad se celebraría solemnemente, con misa cantada, sermón, altares y procesión pública. Se estableció que los excedentes de la celebración, con excepción de lo destinado a la iglesia, quedarían bajo custodia del cura y vicario, y que el resto sería destinado al beneficio del pueblo, conforme a lo tratado y acordado con la autoridad eclesiástica, quedando a favor de la casa del Santísimo.

              Con lo cual se dio por concluido el acuerdo, disponiéndose la elevación del correspondiente tratamiento y oficio a Su Excelencia, a fin de que se dignase confirmar esta nueva determinación..

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID310 · Pièce · 1793-12-08
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 8 de diciembre de 1793.

              Asistieron Gaspar de Contreras, regidor decano y alcalde interino; Bernardo Miranda, alguacil mayor; y Juan Pablo López, regidor defensor de pobres.

              El regidor decano expuso que, en la festividad de la la Santa Patrona de la Villa el cura había omitido dar la paz a los cabildantes. Señaló que, por tratarse de una práctica justa y de costumbre, convenía a la dignidad del Cabildo dirigir oficio al señor cura para que expusiese los motivos que le habían llevado a introducir dicha novedad.

              Enterados de lo expuesto, los capitulares acordaron unánimemente que se le enviase de inmediato el referido oficio solicitando la explicación correspondiente, lo cual se ejecutó en el acto.

              Seguidamente el regidor decano manifestó que este Cabildo tenía acordado que todo individuo que no concurriera a la celebración de las fiestas patronales —salvo en caso de enfermedad u otro motivo legítimo— sería penado con diez pesos, los cuales se aplicarían a la obra de la cárcel. Indicó que, Martín Lobo, regidor defensor de menores, al no asistir no solo había faltado a dicha obligación, sino que tampoco había presentado ante el Ayuntamiento los motivos de su inasistencia, lo cual se interpretaba como falta de la debida consideración hacia el Cabildo.

              Considerado el asunto, los capitulares acordaron unánimemente que se ejecutase lo dispuesto por el Cabildo, haciéndose saber al mencionado regidor que había incurrido en la pena establecida. En consecuencia, se ordenó que pagase la multa de diez pesos, destinada a la obra de la cárcel, conforme a lo acordado previamente.

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se2-L-1772-1809-ID883 · Pièce · 1798-12-14
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Copia del oficio dirigido al vicario foráneo en el que el Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Luján comunica el envío de los veinticinco pesos asignados por el reglamento de propios para la celebración de la festividad de la patrona titular de la Villa.

              Asimismo, informa que el vicario, de común acuerdo con el cura párroco, deberá fijar el día de la procesión del Santísimo Corpus Christi, pudiendo disponer para su celebración de los cincuenta pesos previstos en el reglamento de gastos ordinarios y de otros veinte pesos provenientes del impuesto aplicado al piso de la cancha de bolos. Finalmente, solicita que se comunique previamente al Cabildo la fecha establecida para dicha solemnidad.

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID103 · Pièce · 1775-12-04
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 4 de diciembre de 1775 en la forma acostumbrada. Asistieron Juan Antonio Leguizamón, alcalde ordinario; Juan Pablo López Camelo, regidor decano; y Juan de Irrazábal, regidor y defensor de menores. No concurrió el regidor Miguel de Peñalba, por hallarse enfermo.

              En la sesión, reunidos para tratar asuntos del bien público de la república, los capitulares acordaron, con motivo de la proximidad de la festividad de la Pura y Limpia Concepción, patrona de la villa, la realización de tres días de toros en obsequio de la Santísima Virgen. A tal efecto, resolvieron que los dueños de pulperías vecinos contribuyeran con tres pesos cada uno, los forasteros con cuatro pesos cada uno, y que los demás vecinos colaboraran con palos y cueros según sus posibilidades.

              Asimismo, acordaron que el Cabildo contribuyera con dieciséis pesos de los propios para ayuda de costas. Establecieron como penas que los pulperos vecinos que no contribuyeran no pudieran abrir sus pulperías durante el novenario, con multa de doce pesos, y que los pulperos forasteros debieran salir de la villa o, en su defecto, pagar igual multa.

              Para el cobro de las contribuciones y la ejecución de las penas se diputó al alcalde ordinario Juan Antonio Leguizamón y al regidor decano Juan Pablo López Camelo, disponiéndose la notificación a los obligados.

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1771-1790-ID189 · Pièce · 1781-12-03
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 3 de diciembre de 1781.

              En dicha fecha se reunieron Carlos Tadeo Romero, alcalde ordinario; Manuel de la Riva, alguacil mayor; y Antonio Pereyra y Mariño, regidor decano.

              Se trató el memorial presentado por Francisco Solano del Castillo, cirujano aprobado por el Real Protomedicato de Madrid y refrendado por el protomédico de Buenos Aires, Miguel O´Gorman, quien solicitó ser admitido como facultativo en la villa, con asignación de una pensión anual distribuida entre los vecinos, comprometiéndose a asistir también a los pobres y a ejercer conforme a su título. El Cabildo, reconociendo la necesidad de cirujano, acordó remitir el expediente con sus documentos al teniente de rey y gobernador interino para que resuelva sobre la pensión solicitada.

              Asimismo, se dispuso que los vecinos retiren las vacas a las estancias, permitiéndose solo hasta dos por casa, con obligación de atarlas de noche, bajo las penas del auto de buen gobierno y pago de daños, cuya ejecución se encargó al alguacil mayor.

              Con motivo de la festividad de Nuestra Señora de Luján, se acordó celebrar tres corridas de toros tras los días de cuarenta horas, financiadas con contribuciones de pulperos y vecinos, quedando su organización a cargo del alcalde.

              Finalmente, se comisionó al regidor decano y al alguacil mayor para verificar y sellar las pesas y medidas de las pulperías, a fin de evitar perjuicios al público.

              No habiendo otro asunto que tratar, se dio por concluido el acuerdo, firmando los concurrentes, actuando por ante sí.

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              AR B-CMPEU F-CVNSL-Se1-L-1790-1806-ID254 · Pièce · 1790-11-22
              Fait partie de Fondo del Cabildo de la Villa de Nuestra Señora de Luján

              Acta de la reunión del Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de Nuestra Señora de Luján, celebrada el 22 de noviembre de 1790.
              Asistieron Joaquín Cavot, alcalde ordinario; Alonso González, regidor decano; Manuel de la Riva, alguacil mayor; y Pablo Hernández, defensor de pobres. No concurrió Gaspar de Contreras por hallarse ausente en Buenos Aires.

              Durante la sesión se dio lectura a una carta remitida por Gaspar de Contreras, en su carácter de apoderado del Cabildo, cuyo contenido se estructuraba en dos asuntos principales. En primer término, informó sobre las gestiones realizadas en relación con la festividad del Corpus Christi, señalando que había logrado que se sacara punto fiscal para su tratamiento en vista, quedando pendiente su resolución definitiva a partir de la conformación de la cuenta de propios. En segundo lugar, comunicó la solicitud de pago formulada por el abogado defensor de la jurisdicción, quien manifestó no trabajar por escritos sino por defensa, requiriendo la suma de cien pesos a cuenta de sus honorarios.

              El Cabildo resolvió, por unanimidad, no adoptar por el momento nuevas providencias respecto de la festividad del Corpus, hasta tanto se pronunciase el virrey, a quien ya se había elevado la consulta correspondiente. Asimismo, acordó que se abonasen los gastos al abogado defensor por su intervención en la causa, en atención a la necesidad y urgencia del pleito y a los servicios ya prestados, disponiendo que el pago fuese gestionado por Gaspar de Contreras en su carácter de apoderado del Ayuntamiento.

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